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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de julio de 2010 422437 Artículo Cuarto.- El plazo para acogerse al presente benefi cio será de Sesenta (60) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La deuda tributaria que resulte del acogimiento al presente benefi cio podrá ser fraccionada de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto de Alcaldía Nº 0013 del 21/09/09, que regula los “Procedimiento para el Otorgamiento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias”, en cuanto no se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- El presente benefi cio también alcanza a los contribuyentes (personas naturales y jurídicas), que se encuentren en proceso de fi scalización tributaria y/o en proceso de cobranza coactiva, resultado del mismo. Artículo Sétimo.- Los pagos por concepto de Impuesto Predial, Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, Multas Tributarias, así como los recargos e intereses moratorios, que se hayan efectuado con anterioridad a la publicación de la presente Ordenanza, no serán materia alguna de compensación o devolución. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Vencido el plazo establecido en el artículo Cuarto de la presente Ordenanza y de no haber regularizado el pago de las obligaciones tributarias generadas de Impuesto Predial y Tasa de Arbitrios Municipales, como producto de acogimiento a la misma, la Sub Gerencia de Registro y Orientación Tributaria en coordinación con la Ofi cina de Informática, procederá a actualizar las deudas con los intereses moratorios establecidos en el artículo 33º del TUO del Código Tributario. Artículo Noveno.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, realizar las acciones de su competencia orientadas a la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. La Secretaría de Imagen Institucional será la encargada de la difusión respectiva conjuntamente con la Gerencia de Servicios Sociales y la Ofi cina de Informática, encargada de los respectivos procesos en el Sistema RECATRIB; así como las demás áreas de la Corporación Municipal en lo que fuera pertinente. Artículo Décimo.- Facúltese al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias, para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza y eventualmente prorrogue los benefi cios tributarios establecidos en la misma. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 520170-2 Aprueban Himno Oficial y Escudo Oficial de la Municipalidad Distrital de Ate ACUERDO DE CONCEJO Nº 028 Ate, 8 de julio de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 08 de julio de 2010, el Informe Final de la Comisión Organizadora del Concurso Público para la elaboración de los Símbolos del distrito de Ate – Letra y Música del Himno y diseño del Escudo representativo, el Informe Nº 402-2010-MDA/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 2420-2010/MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme a lo normado por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 14º de la referida Carta Magna, establece el deber del Estado de promover la formación cívica, en tanto el artículo 38º de la citada Norma, señala que todos los peruanos tiene el deber de honrar al Perú, hecho que implica el respeto a los Símbolos Patrios dentro de los que se encuentra comprendido el Escudo y el Himno Nacional. Que, de acuerdo al artículo 195º de la Constitución Política y el numeral 20) del artículo 82º de la Ley Nº 27972, las municipalidades promueven el desarrollo local que comprende el desarrollo de la cultura cívica de los vecinos, entre otros, a través del respeto y enaltecimiento de los Símbolos Patrios. Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, la Municipalidad Distrital de Ate, teniendo en cuenta el carácter general y de interés que reporta para el vecindario, los aspectos considerados dentro del ámbito histórico y cultural del Distrito en el ejercicio de sus atribuciones y conforme al marco jurídico vigente, incentiva el amor a los símbolos que representan en alguna medida la historia y la cultura de la colectividad, así como el trabajo de todos sus pobladores, que tiene el objetivo de promover para contribuir con el desarrollo del Distrito mediante la participación de todos los vecinos del Distrito y público en general en la elaboración del Himno y el diseño de un Escudo con la fi nalidad de afi anzar la identidad del Distrito de Ate. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 038 de fecha 08 de julio de 2009, se dispuso la celebración del Concurso Público para la elaboración de los Símbolos del Distrito de Ate – Letra y Música del Himno y Diseño del Escudo representativo, facultándose al Alcalde Distrital para que mediante Decreto de Alcaldía, disponga la convocatoria y conformación de la Comisión Organizadora encargada de designar al jurado califi cador y elaborar las bases y demás medidas complementarias. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 006 de fecha 10 de agosto de 2009, se convocó a Concurso Público para la elaboración de los Símbolos del Distrito de Ate – letra y música del Himno y diseño del Escudo, conformándose además la Comisión Organizadora encargada de designar al jurado califi cador y elaborar las bases y demás medidas complementarias. Asimismo, en el Portal Institucional de esta Municipalidad se encuentran publicadas las Bases para dicho Concurso Público convocado desde setiembre de 2009 para la recepción de trabajos, la misma que inicialmente iba a tener lugar hasta el 31 de diciembre del 2009. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 073 de fecha 16 de diciembre de 2009, se dispuso la postergación de la fecha de recepción de trabajos para el Concurso Público convocado para la elaboración de los Símbolos del Distrito de Ate – letra y música del Himno y diseño del Escudo – hasta el 31 de marzo de 2010, con la fi nalidad que participen la totalidad de los vecinos y ciudadanos del Distrito, así como el público en general, teniendo como resultado la presentación de mayor cantidad de trabajos que representen y ejemplifi quen la voluntad y el interés general del Distrito, en defensa de su historia, cultura y verdaderas raíces. Que, por Informe Final de fecha 04 de junio del presente año y en cumplimiento de las Bases del Concurso y luego de haberse recibido la cantidad de ciento veintiséis propuestas para HIMNO, la Comisión del Concurso del Himno y Escudo de Ate seleccionó – previa evaluación preliminar, catorce propuestas en el etapa fi nal, procediéndose a escuchar los trabajos de cada uno de ellos, con la fi nalidad de determinar los ganadores. Tras escuchar estas propuestas y califi cación respectiva, de manera unánime, los integrantes del jurado decidieron premiar los trabajos detallados en dicho Informe. Que, igualmente, por Informe Final de fecha 04 de junio del presente año y en cumplimiento de las Bases del Concurso y luego de haberse recibido la cantidad