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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2010 (22/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de julio de 2010 422599 Ofi cial Superior, participe como Asesor de la Clase 50 del Colegio Interamericano de Defensa, ciudad de Washington D.C. - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 22 de julio de 2010 al 18 de julio de 2011; Que, el cargo de Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa fortalece la posición de nuestro país dentro del contexto académico hemisférico, contribuyendo al logro de los objetivos planteados por el Estado y el Sector, en relación a la proyección internacional del Perú, constituyendo una excelente oportunidad en la formación de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, con experiencia signifi cativa en relaciones internacionales, obteniendo una mejor capacitación para adoptar los nuevos planteamientos relacionados a la Seguridad y Defensa Nacional, acceder a nuevos discernimientos, nociones y experiencias que contribuyan a elevar el nivel profesional del participante, para luego ser vertidos en provecho de la Marina de Guerra del Perú; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta necesario nombrar al Capitán de Navío David Rafael Antonio ALVA Olavarría, en Comisión Especial en el Exterior para que participe como Asesor de la Clase 50 del Colegio Interamericano de Defensa, ciudad de Washington D.C. - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, el viaje antes citado se encuentra incluido en el Anexo 1, Rubro 7: Representación Nacional en Organismos Internacionales, Item 11 (RO) del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del Año Fiscal 2010, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 130-2010-DE/SG de fecha 1 de abril de 2010; Que, la duración de la Comisión incluye los años fi scales 2010 y 2011, por lo que el pago del 22 de julio al 31 de diciembre de 2010, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, para el período del 1 de enero al 18 de julio de 2011 se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Componentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios, por un período mayor de SEIS (6) meses, por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23º de la presente Ley, más el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la Comisión; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto de Urgencia Nº 001-2010 de fecha 6 de enero de 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión Especial al Exterior del Capitán de Navío David Rafael Antonio ALVA Olavarria, CIP. 00804277 y DNI. 43321310, para que participe como Asesor de la Clase 50 del Colegio Interamericano de Defensa, ciudad de Washington D.C. - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 22 de julio de 2010 al 18 de julio de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Washington D.C. (EE.UU.) US$. 1,211.18 x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 31.00 x 1 persona El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 3º.- El pago correspondiente al año 2011 se efectuará con cargo al presupuesto del Año Fiscal respectivo. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- El mencionado Ofi cial Superior revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión Especial en el Exterior. Artículo 6°.- De conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, el citado Ofi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23º de la referida Ley, más el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la Comisión. Artículo 7º.- El referido Ofi cial Superior deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 522568-6 Autorizan viaje de personal militar FAP a Ecuador para realizar visita a la Escuela de Aerotécnicos de la Fuerza Aérea Ecuatoriana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 321-2010-DE/FAP Lima, 21 de julio de 2010 Visto, la Papeleta de Trámite NC-50-EMED-Nº 0608 de fecha 28 de abril de 2010, del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-50-SGFA-Nº 2300 de fecha 29 de abril de 2010, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, en el Acuerdo Cuarto “Instrucción” realizado en la V Reunión de Conversaciones entre los Jefes de los Estados Mayores de la Fuerza Aérea Ecuatoriana y de la Fuerza Aérea del Perú, se confi rmó efectuar una visita recíproca