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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (02/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de junio de 2010 420004 CODIGO INFRACCION MULTA UIT SANCION COMPLEMENTARIA 01.072.09 Exhibir propaganda política en las calzadas (pistas) y aceras (veredas) adyacentes y muros de las Ofi cinas Públicas, los Cuarteles de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, los Locales de la Municipalidad, los Locales de los Colegios de Profesionales, Sociedades Públicas de Benefi cencia, Entidades Ofi ciales, Instituciones Educativas Estatales o Particulares y los Locales de las Iglesias de cualquier Credo y demás Bienes de Servicio Público en general. 20% por cada Bien afectado Retiro y/o Restitución al estado original 01.072.10 Pintado o pegado de afi ches en muros de terrenos sin construir o en propiedades privadas. 15% por cada Bien afectado Retiro y/o restitución al estado original 01.072.11 Cualquier modalidad de propaganda que obstaculice señales de tránsito u otros elementos. 20% Retiro y/o Restitución al estado original 01.072.12 Cuando se contravenga el orden público y las buenas costumbres o dañe de alguna forma el mobiliario urbano de la ciudad u otros Bienes de Entidades Públicas o Privadas. 20% Retiro y/o Restitución al estado original 01.072.13 Cuando afecten las condiciones estructurales de las edifi caciones o que puedan comprometer la seguridad de los ocupantes y vecinos o de quienes circulen por las vías públicas circundantes. 15% por cada Bien afectado Retiro y/o Restitución al estado original Artículo Quinto.- Modifi car el Artículo 21º de la Ordenanza Nº 006-2006-MDLP, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Presentación de Descargo: Los Descargos se presentarán de acuerdo al Artículo 18º de la Ordenanza Nº 020-2008-MDLP. Artículo Sexto.- Modifi car la Disposición Final: Primera de la Ordenanza Nº 006-2006-MDLP, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Incorpórese en el Cuadro de Régimen de Sanciones Administrativas Municipales aprobada mediante la Ordenanza Nº 020- 2008, el Cuadro de Infracciones y Sanciones establecidas en el Artículo 20º de la Ordenanza Nº 006-2006-MDLP. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- La Presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 501491-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Autorizan viaje de servidores a España para participar en el III Congreso Internacional de Alfombristas y la Festividad del Corpus Christi ACUERDO MUNICIPAL N° 033-2010-MPA Arequipa, 3 de mayo de 2010 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 30 de abril de 2010 la invitación remitida por el Ayuntamiento de Ponteareas Galicia España, por el cual invita al III Congreso Internacional de Alfonbristas y a la Festividad del Corpus Christi, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Arequipa, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680 de Reforma Constitucional, es una entidad de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y se rige por la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades. Que, mediante documento remitido por el Ayuntamiento de Ponteareas Galicia –España, a las ciudades de Cajamarca, Tarma y Arequipa con el fi n de que participen cada una con una delegación de tres representantes, de los cuales uno de ellos expondrá en referido Congreso un tema relacionado con la fl oricultura y el arte de Alfombra de Flores, los dos representantes restantes tendrán a su cargo el armado de un tapiz de fl ores que represente un atributo turístico-religioso de nuestra ciudad de Arequipa en un área de 10m2 a ser exhibido durante la festividad del Corpus Christi; Que, los tres representantes de la Municipalidad Provincial de Arequipa que participen en el “III Congreso Internacional de Alfonbristas y a la Festividad del Corpus Christi el mismo que se realizará entre los días 01 y 06 de junio del año en curso, en la ciudad de Ponteareas Galicia España, organizado por el Ayuntamiento de Ponteareas que recientemente suscribió un Convenio con la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Galicia; Que, de acuerdo con las características del evento convocado, la labor que debe cumplir la delegación invitada y la política de la gestión actual de promover la capacitación del personal que muestra efi ciencia en su record laboral se ha coordinado con la Sub Gerencia de Recursos Humanos quien ha presentado los prospectos para representar a la Municipalidad Provincial de Arequipa, recayendo en los servidores: Cirilo Martín Pérez Gonzales Jefe del Área de Parques y Jardines, Oscar Alberto Cusi Quispe encargado del Parque Ecológico de Chilpinilla y Jorge Enrique Chunga Méndez Jefe de la Cuadrilla de Áreas Verdes; Que, la invitación cursada por el Alcalde de Pontereas al la Alcaldía de Arequipa, se precisa que la delegación participante tiene cubierto sus pasajes y estadía de acuerdo al Programa del Evento lo que no representaría gasto para la Municipalidad; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, Artículo 9º Inc. 11, son atribuciones del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Estando a lo acordado por mayoría, el Pleno del Concejo en Sesión Ordinaria de fecha 30 de Abril de 2010. ACUERDA: Artículo 1°.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, a la ciudad de Ponteareas Galicia – España, a los servidores: CIRILO MARTÍN PÉREZ GONZALES Jefe del Área de Parques y Jardines, OSCAR ALBERTO CUSI QUISPE encargado del Parque Ecológico de Chilpinilla y JORGE ENRIQUE CHUNGA MÉNDEZ Jefe de la Cuadrilla de Áreas Verdes, los días 01 al 06 de junio del año 2010, para participar en el III Congreso Internacional de Alfombristas y la Festividad del Corpus Christi. Artículo 2°.- Los gastos de pasajes de las personas designadas en el artículo precedente, así como del alojamiento y traslados durante los días de duración del evento, serán asumidos por la Junta de Galicia; correspondiendo a la Municipalidad Provincial de Arequipa sufragar los gastos de Seguro de Viaje y Tasas de Embarque Nacional e Internacional, asignándoles la suma de S/. 900.00 (Novecientos Nuevos Soles con 00/100) para cada uno.