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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (02/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de junio de 2010 419995 Artículo 9°: La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. CESAR LUYO RAMIREZ Subgerente Subgerencia de Regulación del Transporte Gerencia de Transporte Urbano 501046-3 Autorizan y regulan la implementación de paraderos de transporte regular en la Av. Revolución, Av. Micaela Bastidas, Av. Pastor Sevilla y la Av. Separadora Industrial, distrito de Villa El Salvador RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 2825-2010-MML/GTU-SRT Lima, 19 de mayo de 2010 VISTOS.- El Documento Simple Nº 54333-2010 de fecha 15 de abril de 2010; el Informe N° 699-2010- MML/GTU-SETT de fecha 14 de mayo de 2010 de la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte; y CONSIDERANDO: Que, el acápite 7.1 del inciso 07 del artículo 161° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que: “La Municipalidad Metropolitana de Lima tiene las siguientes competencias y funciones metropolitanas especiales: 7.1) Planifi car, regular y gestionar el transporte público”; Que, la Ordenanza N° 341-MML, en su artículo 7° establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vías del Cercado de Lima; Que, la Ordenanza N° 1338-MML, en su numeral 31 del artículo 5A° defi ne al Paradero de Transporte Regular como “el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o señalización, localizado en las vías que forman parte del recorrido autorizado de una determinada ruta, utilizada para el embarque y desembarque de pasajeros”; Que, la Ordenanza N° 131-MML en sus artículos 2° y 3°, menciona que es política de la Municipalidad Metropolitana de Lima en materia de transporte terrestre, la promoción de la consolidación, efi ciencia, modernización, desarrollo y expansión del servicio de transporte terrestre y de la infraestructura necesaria que se requiera, así como velar por el cumplimiento de las condiciones de calidad, continuidad, mantenimiento y seguridad en la prestación de los servicios públicos de transporte y de infraestructura necesaria para el mismo, correspondiéndole formular objetivos y directrices con el fi n de procurar una efi caz prestación y organización del servicio; Que, el artículo 100° de la Ordenanza Nº 812-MML (Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima), establece que: “La Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte es el órgano responsable de la formulación de estudios, proyectos, programas y planes estratégicos en materia de transporte regular y no regular de tránsito y viabilidad para la provincia de Lima”; Que, el artículo 102° de la Ordenanza N° 812- MML establece que: “La Subgerencia de Regulación del Transporte es el órgano responsable del registro y expedición de las autorizaciones para la circulación del servicio de transporte público y para el uso especial de vías en la provincia de Lima”; Que, de conformidad con el Informe N° 699-2010- MML/GTU-SETT de fecha 14 de mayo de 2010, se considera técnicamente factible la implementación de paraderos de transporte regular en la Av. Revolución, Av. Micaela Bastidas, Av. Pastor Sevilla y la Av. Separadora Industrial, conforme a la evaluación realizada acerca de los aspectos normativos y físicos de las vías, así como los parámetros técnicos concernientes a distancia entre paraderos; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ordenanza N° 1338-MML, la Ordenanza N° 812- MML, y la evaluación técnica contenida en el Informe Nº 699-2010-MML/GTU-SETT, y demás normas vigentes; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la implementación de paraderos de transporte regular en la Av. Revolución, Av. Micaela Bastidas, Av. Pastor Sevilla y la Av. Separadora Industrial, distrito de Villa El Salvador, cuya ubicación se detalla a continuación: EJE UBICACIÓN SENTIDO N-S S-N LEYENDA AC DC AC DC AC Antes del cruce AV. REVOLUCION ( AV. MARIA REICHE - 1RO DE MAYO ) Av. 1ero de Mayo 1 MC Mitad de Cuadra Ca. Pacto Andino 1 DC Despúes del Cruce Av. Los Angeles 1 Av. El Sol 1 1 Av. Villa del Mar 1 1 Av. Arriba Peru 1 1 Av. Velasco Alvarado 1 1 Av. Jorge Chavez 1 1 Av. Cesar Vallejo 1 1 Av. Simon Bolivar 1 1 Av. 3 de Octubre 1 1 Av. J. C. Mariategui 1 1 Av. Jose Olaya 1 1 Av. Talara 1 1 Av. 200 Millas 1 Ca. S/N Altura del Lote 23 Mz P’/ Pachacamac 4ta Etapa - 1er Sector ) 1 Ca. S/N Altura del Lote 20 Mz Q’/ Pachacamac 4ta Etapa - 1er Sector ) 1 Ca. S/N Altura del lote 23 Mz K’ / Agrup. Pachacamac 4to Sector - 2da Etapa ) Ca. S/N Altura del lote 44 Mz J’ / Agrup. Pachacamac 4to Sector - 2da Etapa ) Av. Universitaria 1 1 Av. Las Lomas 1 1 Ca. S/N ( Altura del Lote 28 Mz. J` / Agp. Pachacamac Sec. 2do Etapa 4ta ) 1 Av. Maria Reiche 1 EJE UBICACIÓN SENTIDO N-S S-N AC DC AC DC AV. MICAELA BASTINAS ( AV. 200 MILLAS 1RO DE MAYO ) Av. 1ero de Mayo 1 1 Ca. Pacto Andino 1 1 Av. Los Angeles 1 1 Av. El Sol 1 1 Av. Villa del Mar 1 1 Av. Arriba Peru 1 1 Av. Velasco Alvarado 1 1 Av. Jorge Chavez 1 1 Av. Cesar Vallejo 1 1 Av. Simon Bolivar 1 1 Av. 3 de Octubre 1 1 Av. J. C. Mariategui 1 1 Av. Jose Olaya 1 1 Av. Talara 1 1 Altura de la Mz. A lt. 1 1 Altura de la Mz. A lt. 1 ( Frente ) 1 Av. 200 Millas 1