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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (10/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de junio de 2010 420462 Condonación del 100% de los intereses moratorios y factor de reajuste. B) Multas Tributarias por omisión a la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial y/o Vehicular: Condonación del 100% de los intereses moratorios. Condonación del 100% de la obligación principal. C) Multas Tributarias por no comparecer ante la Administración Tributaria o comparecer fuera del plazo establecido: Condonación del 100% de los intereses moratorios. Condonación del 100% de la obligación principal. D) Multas Tributarias por Subvaluación en la Declaración Jurada del Impuesto Predial: Condonación del 100% de los intereses moratorios. Condonación del 100% de la obligación principal. E) Multas Administrativas por incumplimiento a la Ordenanza Nº 006-2005-MPH: Condonación del 100% de intereses moratorios. Condonación del 100% de la obligación principal. El pago de la Sanción Tributaria y/o Administrativa no exime al administrado de cumplir con la obligación pendiente. No podrán acogerse a la presente Ordenanza, las Multas que se encuentren en proceso de reclamación judicial y/o administrativo, salvo que presenten el escrito de desistimiento. Artículo 5º.- REQUISITO PARA ACOGERSE. Para acogerse al benefi cio descrito en el artículo anterior, bastará con presentar la fotocopia del Recibo de Pago de los arbitrios municipales correspondiente al período 2009 o previamente cancelar en la Caja de la Municipalidad Provincial de Huaral el referido período. Excepcionalmente la Gerencia de Administración Tributaria podrá otorgar fraccionamiento. Artículo 6º.- DE LOS PAGOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD. Los montos pagados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, no serán materia de devolución o compensación alguna. Artículo 7º.- REGLAS PARA EL FRACCIONAMIENTO. La cuota inicial mínima es del veinticinco por ciento del total de la deuda. El número máximo de cuotas aplicables es de 12 cuotas de acuerdo a los tramos señalados: Monto Total Insoluto de la Deuda Nº de cuotas De S/. hasta S/. 500 4 De S/. 501 hasta S/. 1,000 6 De S/. 1,001 hasta S/. 2,000 8 De S/. 2,001 hasta S/. 3,500 10 De S/. 3,501 hasta S/. 6,000 12 El Gerente de Administración Tributaria excepcionalmente podrá autorizar el otorgamiento de un mayor número de cuotas o la modifi cación del monto de la cuota inicial. Artículo 8º.- DESISTIMIENTO DE RECLAMACIONES. El acogimiento a la presente Ordenanza por los contribuyentes que cuenten con expedientes en reclamo o impugnación pendientes de Resolución, genera presunción para la Administración Municipal, sin admitir prueba en contrario, del desistimiento de los mismos, enviándose dichos expedientes a su archivamiento defi nitivo. Artículo 9º.- FACULTAD DISCRECIONAL. El incumplimiento en el pago de dos cuotas seguidas o alternadas (Entendiéndose por incumplimiento, el pago parcial de una de las cuotas o la falta de pago de la última cuota del fraccionamiento) da lugar a la pérdida de la Amnistía Tributaria 2010; en aplicación al Reglamento de Fraccionamiento, vigente. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Queda establecido que la presente norma es de acogimiento voluntario; en consecuencia la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva seguirá recepcionando y tramitando los valores consentidos y las medidas cautelares proseguirán su curso, las que sólo serán suspendidas, si el administrado se acoge a la presente Campaña de Amnistía Tributaria 2010. Segunda.- Suspéndase, por el plazo de vigencia de la presente Ordenanza Municipal, toda disposición que se oponga a lo dispuesto a la presente norma, Facultándose al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue los plazos y dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la aplicación de la presente norma. Tercera.- La Gerencia de Administración Tributaria, está facultada a dictar, mediante Resolución de Gerencia, los aspectos operativos administrativos para promover la aplicación de la presente Ordenanza. Cuarta.- La Gerencia de Administración Tributaria, a través de sus Subgerencias; la Ofi cina de Contabilidad y Finanzas mediante su Subgerencia de Tesorería y la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto, Racionalización, Sistemas y Cooperación Internacional, a través de su Subgerencia de Sistemas y Cooperación Internacional; quedan encargados para la ejecución de la presente Ordenanza. Encárguese a Secretaria General la publicación y a Imagen Institucional la respectiva difusión de la presente Ordenanza. Quinta.- Encomendar a la Sub Gerencia de Sistemas y Cooperación Internacional, la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Corporación Edil (www. munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 504502-1 PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto del “Procedimiento para la Supervisión de la Operatividad de la Generación en Sistemas Eléctricos Aislados” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 114-2010-OS/CD Lima, 27 de mayo de 2010 VISTO: El Memorando Nº GFE-712-2010 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, la aprobación de la prepublicación del “Procedimiento para la Supervisión de la Operatividad de la Generación en Sistemas Eléctricos Aislados”; y , CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y las normas de carácter