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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (18/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de junio de 2010 420848 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA. Aprueban el Estatuto del Servicio de Administración Tributaria de Huamanga - Ayni Municipal ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2010-MPH/A Ayacucho, 31 de mayo del 2010 EL SEÑOR ALCALDE DE LA HONORABLE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA. VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 064-2010-MPH/CM de fecha 29 de Abril del 2010, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional; Que, de conformidad a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, mediante el cual se modifi ca el capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Estado, establece en el artículo 194º, que las Municipalidades Provinciales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorga potestad tributaria; correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del artículo 200º de nuestra carta magna; Que, los artículos 74º y 194º de la Constitución Política del Perú reconocen a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 039-2007- MPH/A de fecha 05 de Setiembre del 2007 se creó el Servicio de Administración Tributaria de Huamanga como Organismo Público Descentralizado de la Municipalidad Provincial de Huamanga con personería jurídica de derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera; Que, el artículo 2º de la Ordenanza Municipal Nº 023- 2008-MPH/A del 05 de junio del 2008 que aprueba el Estatuto del Servicio de Administración Tributaria de Huamanga – Ayni Municipal establece que, el estatuto es el instrumento normativo de gestión institucional, de carácter dinámico y perfectible, por lo que su contenido puede ser parcial o totalmente modifi cado por el Concejo Municipal de Huamanga; Que, a la fecha resulta necesaria la reestructuración del Servicio de Administración Tributaria de Huamanga – Ayni Municipal a fi n de racionalizar y optimizar el recurso humano, sin que ello signifi que disminuir la operatividad; asimismo se ha considerado generar lineamientos de transparencia institucional; Que, en uso de las facultades conferidas en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, el Concejo Municipal de Huamanga en Sesión Ordinaria por Mayoría de Votos, aprueba la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL ESTATUTO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE HUAMANGA – AYNI MUNICIPAL Artículo Primero.- APROBAR el Estatuto del Servicio de Administración Tributaria de Huamanga el mismo que consta de V Títulos, Siete Capítulos y 35 Artículos cuyo texto debidamente rubricado y sellado, forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración para los fi nes legales correspondientes. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza, a los demás órganos estructurados de la Municipalidad Provincial de Huamanga. Artículo Quinto.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y será publicado en el portal de la Municipalidad Provincial de Huamanga (www.munihuamanga.gob.pe) en la misma fecha. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General, Sub Gerencia de Sistemas e Imagen Institucional de la Municipalidad Provincial de Huamanga la difusión de la presente ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GERMAN S. MARTINELLI CHUCHÓN Alcalde 507828-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Autorizan viaje de funcionario para participar en evento a realizarse en Argentina (Se publica el presente Acuerdo a solicitud de la Municipalidad Provincial de Piura, mediante Ofi cio Nº 271- 2010-OSG/MPP, recibido el 16 de junio de 2010) ACUERDO MUNICIPAL Nº 309-2009-C/CPP San Miguel de Piura, 21 de setiembre de 2009 Visto, el Informe Nº 129-2009-GM/MPP de fecha 14 de setiembre de 2009, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, a través de documento de fecha 02 de setiembre de 2009, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) invita a la Econ. Helen Luna Córdova, Gerente de Planifi cación y Desarrollo, a participar de! Taller denominado: “Cómo Monitorear la Calidad de Vida Urbana”, el mismo que se desarrollará en la ciudad de Buenos Aires - Argentina los días 28 y 29 de setiembre de 2009, con el apoyo de la Universidad Torcuato Di Tella y el CEDLAS de la Universidad de la Plata y con el auspicio del Banco lnteramericano de Desarrollo (BID); Que, conforme se indica en la referida comunicación, el BID cubrirá el costo del pasaje aéreo, hospedaje por tres noches y los viáticos para cubrir los gastos de alimentación; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 1606-2009-GAJ/MPP de fecha 08 de setiembre de 2009, en mérito a que la Econ. Helen Luna Córdova ha sido invitada por el BID para que asista al evento mencionado y que será esa institución la que asuma los gastos que impliquen los pasajes aéreos, hospedaje y alimentación, considera que para este caso no es aplicable la restricción establecida en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, por cuanto los recursos que genere el viaje serán asumidos por el BID; En ese sentido, la Gerencia de Asesoría Jurídica se pronuncia por la procedencia del viaje de la Econ. Helen Luna Córdova a fa ciudad de Buenos Aires; no obstante ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º