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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de junio de 2010 420840 proyectos de inversión estén claramente articulados a productos específi cos que la población demande, especialmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo inefi ciencias en la asignación de los recursos públicos; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorando Nº 363-2010-GPP/MDSM, presenta la propuesta de ordenanza que regula el proceso del presupuesto participativo para el año fi scal 2011, la misma que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Informe Nº 180-2010-GAJ/ MDSM; Estando a lo expuesto, con el voto UNÁNIME de sus miembros y en uso de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal por los artículos 20º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2011 EN EL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Consejo de Coordinación Local, Equipo Técnico, Comité de Vigilancia, agentes participantes y órganos competentes de la Municipalidad Distrital de San Miguel, el fi el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL PARA EL AÑO FISCAL 2011 TÍTULO I FINALIDAD, ÁMBITO DE APLICACIÓN, ALCANCE, OBJETIVOS Y BASE LEGAL CAPÍTULO I Artículo 1º.- Finalidad El presente reglamento regula las fases del proceso del Presupuesto Participativo 2011 en el distrito de San Miguel. Artículo 2º.- Ámbito Se encuentra comprendido en la jurisdicción del distrito de San Miguel. Artículo 3º.- Alcance El presente reglamento es de obligatorio cumplimiento para el alcalde, el Concejo Municipal, el Consejo de Coordinación Local Distrital, los agentes participantes, el equipo técnico del proceso del Presupuesto Participativo, el comité de vigilancia, la sociedad civil organizada, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y para todo aquel que participe en el proceso de presupuesto participativo del año fi scal 2011. Artículo 4º.- Objetivos El proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2011, tiene los siguientes objetivos: a) Contribuir al fortalecimiento de la democracia y la gobernabilidad en el distrito de San Miguel. b) Comprometer a la sociedad civil en las acciones orientadas al cumplimiento de los objetivos estratégicos de la circunscripción. c) Crear conciencia sobre los derechos y obligaciones, y la responsabilidad compartida del gobierno local y las organizaciones sociales del distrito a fi n de lograr el bienestar de la población sanmiguelina. d) Mejorar la calidad del gasto municipal orientando recursos escasos hacia los objetivos estratégicos de la circunscripción. e) Establecer la programación del presupuesto participativo para el año fi scal 2011, fi jando prioridades de inversión en el distrito, de acuerdo a la normatividad vigente. f) Fortalecer el seguimiento, control y vigilancia de resultados del proceso del presupuesto participativo para el año fi scal 2011. Artículo 5º.- Base Legal í Constitución Política de Perú. í Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y modifi catorias. í Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modifi catorias. í Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modifi catorias. í Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y modifi catorias. í Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. í Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del presupuesto participativo. í Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que precisa criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo. í Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. í Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 Instructivo para el presupuesto participativo basado en resultados, y sus anexos. DEFINICIONES: Agentes Participantes Con voto en las asambleas del presupuesto participativo, y toman decisiones sobre priorización de resultados y de proyectos de inversión. Son indistintamente, los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, los representantes de la sociedad civil debidamente identifi cados y acreditados y el equipo técnico. Tienen voz y voto en las asambleas del presupuesto participativo y toman decisiones sobre priorización de resultados y proyectos de inversión Comité de Vigilancia Ente encargado de supervisar el proceso del presupuesto participativo, es elegido anualmente por los agentes participantes en la asamblea del presupuesto participativo. Consejo de Coordinación Local Distrital Órgano de coordinación y concertación del distrito de San Miguel; está conformado por el alcalde, quien lo preside, pudiendo delegar su función en el primer regidor, los regidores y los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, instituciones y cualquiera otra forma de organización a nivel distrital. Facilitadores Miembros del equipo técnico encargados de coordinar los talleres de trabajo y brindar las facilidades y la orientación indispensable a los agentes participantes en los talleres de trabajo temático. Presupuesto Participativo Es el proceso a través del cual las autoridades locales y la población organizada concertan el destino y la prioridad de los recursos escasos, teniendo en cuenta los objetivos estratégicos de la circunscripción.