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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de junio de 2010 420831 Regional de Ica, interponga las acciones de restitución de dinero demandando al MEF, cautelando los intereses de la Región, para lo cual se hace imperativo recomendar que el Presidente de la Región Ica, pueda interponer las acciones legales respectivas, previo los trámites establecidos por Ley; Que, en atención a las consideraciones precedentes, las deliberaciones realizadas por los señores Consejeros Regionales durante la Sesión Extraordinaria Descentralizada, el Consejo Regional acordó con el quórum de ley, dictar la presente Ordenanza Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria Descentralizada del once de mayo del año dos mil diez, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica; así como el Dictamen Nº 009-2010- GORE-ICA/CRAL favorable, en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modifi catorias, con la dispensa y aprobación del acta de la fecha; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- DESCONOCER el punto número 02 del acta de acuerdos suscrito por autoridades de la Región Ica y otros, con fecha 18 de octubre de 2004. Artículo Segundo.- RECOMENDAR al Presidente de la Región Ica, interponga a través del Procurador Público del Gobierno Regional de Ica, la respectiva Demanda de Inconstitucionalidad contra la Ley Nº 28374, además de la restitución de dinero en manos del Ministerio de Economía y Finanzas, previo los trámites establecidos por ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración de la Región y la Secretaría del Consejo Regional, a realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Diario de Mayor Circulación de la Región; asimismo disponer su inclusión en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica, de conformidad a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgación. JUAN F. CABREJAS HERNÁNDEZ Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. ROMULO TRIVEÑO PINTO Presidente del Gobierno Regional de Ica 508577-3 Aprueban modificación del Cuadro de Asignación de Personal de la Red de Salud de Ica - Palpa - Nazca ORDENANZA REGIONAL Nº 0017-2010-GORE-ICA Ica, 02 JUN. 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria de fecha veintiocho de mayo del año dos mil diez, visto la propuesta de modifi cación del Cuadro de Asignación de Personal de la Red Ica- Palpa-Nasca, presentado por la Presidencia Regional en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social y la Dirección Regional de Salud de Ica, mediante Ofi cio Nº 481-2010-GORE-ICA/PR y el Dictamen Nº 001-2010- CSPVS/CRI. CONSIDERANDO: Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Estado, y sus modifi catorias, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, activas y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes y locales de desarrollo. Que, los literales a), b), f), k) y l) del artículo 49º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece entre sus funciones del Gobierno Regional en materia de salud formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales; así como coordinar las acciones de salud integral en el ámbito regional; organizar los niveles de atención y administración de las entidades de salud del Estado que brindan servicios en la región, en coordinación con los gobiernos locales; organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinación con los gobiernos locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación del Personal-CAP de las Instituciones Públicas, ya sean del Gobierno Nacional, Regional o Local, normas que deben observarse en la elaboración, y su consiguiente aprobación del Cuadro para Asignación de Personal, en adelante CAP; Que, conforme al artículo 2º del D.S. Nº 043-2004- PCM, constituye una fi nalidad generar la aprobación de un CAP que contenga una correcta defi nición de los cargos, acorde con la estructura orgánica de la Entidad y con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos, en atención a esta fi nalidad la Red de Salud Ica-Palpa- Nazca, inicia el trámite de la modifi cación del CAP, conforme así se desprende de los documentos referidos en los antecedentes del Informe Nº 031-2010-SGDS y los antecedentes referidos en el Dictamen Nº 001-2010- CSPVS/CRI, los mismos que forman parte del Expediente Administrativo; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 4º de la indicada norma legal, en que se establecen defi niciones conceptuales, entre otros el “Cuadro de Asignación de Personal-CAP”, entendiéndose por tal como: “… Documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF….” Que, así conforme a lo dispuesto por el artículo 11º del D.S. Nº 043-2004-PCM, que contiene los criterios para la elaboración del CAP, los mismos que han sido evaluados, por razón de función, Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la Dirección Regional de Salud de Ica; Ofi cina de Asesoría Legal de la Dirección Regional de Salud de Ica; Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional; y la Sub Gerencia de Desarrollo Sistémico del Gobierno Regional, conforme así se desprende de los documentos citados del numeral 1.1 al 1.7 de los antecedentes del Dictamen Nº 001- 2010-CSPVS/CRI, los que forman parte del expediente administrativo. Resultando por consiguiente justifi cada su aprobación, la que fuera sustentada durante la Sesión Extraordinaria; Que, en atención a las consideraciones precedentes, las deliberaciones realizadas por los señores Consejeros Regionales durante la Sesión Extraordinaria, el Consejo Regional aprobó con el quórum de ley, dictar la presente Ordenanza Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del veintiocho de mayo del dos mil diez, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modifi catorias, con la dispensa y aprobación del acta de la fecha; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: