Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2010 (24/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

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web) de la Municipalidad (www.stamariadelmar.gob.pe) y en el del Gobierno Peruano (www.peru.gob.pe). POR TANTO La promulgo en MORDAZA MORDAZA MORDAZA a los once (11) dias del mes de junio del 2010 y mando que se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA

Infantil Municipal, para ir desarrollando sus actividades conforme a lo establecido. Que, despues de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Articulo 17º y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el MORDAZA UNANIME de los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA EL CENTRO DE PARTICIPACION ADOLESCENTE Y JUVENIL DE BARRANCA

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PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban creacion del Centro de Participacion Adolescente y Juvenil de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2010-AL/CPB
EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO; En Sesion Ordinaria de Concejo celebrada el dia 27 de Enero del 2010 en la estacion Orden del Dia, respecto al Proyecto de Ordenanza Municipal de Creacion del "Centro de Participacion Adolescente y Juvenil de Barranca", presentado por los senores regidores: Srta MORDAZA MORDAZA Carrascal MORDAZA, Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Lic. MORDAZA MORDAZA Quineche Arteaga. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades son organos de gobierno local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, por mandato del Articulo 195° de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economia local, la prestacion de servicios publicos de su responsabilidad; y, que asi mismo, en su inciso 8 senala deben desarrollar y regular actividades y/o servicios en la materia de educacion, etc. conforme a ley. Considerando que el Articulo 82 de la Ley N° 27472 ­ "Ley Organica de Municipalidades" en su inciso 1, considera que es labor de las Municipalidades promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local, propiciando el Desarrollo de Comunidades Educadoras, que asi mismo, en su inciso 11 es responsabilidad de las Municipalidades organizar y sostener Centros Culturales, Bibliotecas, Teatros y Talleres arte en Provincias, Distritos y Centros Poblados. Que, en tal sentido se ha previsto la Creacion del Centro de Participacion Adolescente y Juvenil de Barranca como espacio para la realizacion de diversas actividades educativas, culturales, sociales y deportivas, donde se desarrollara la participacion y el protagonismo adolescente y juvenil a traves del analisis, del desarrollo de iniciativas y de la accion. El CEPAJ buscara la participacion activa de los adolescentes y jovenes, en un espacio donde la promocion de liderazgo, la practica de valores, el desarrollo personal y social y la constitucion de una identidad sera su principal objetivo. Que, en el contexto de la presente iniciativa el CEPAJ dependera administrativamente de la Gerencia de Desarrollo Humano, la Sub Gerencia de Educacion, Cultura, Deporte y Turismo; la misma que debera elaborar sus estatutos, reglamento, planes y demas instrumentos administrativos que haga viable la ejecucion de actividades en forma permanente. Asi mismo provisionalmente la Municipalidad Provincial de Barranca debera acondicionar una infraestructura que se haga ocupando el Comedor

Articulo 1º.- APROBAR, la CREACION DEL CENTRO DE PARTICIPACION ADOLESCENTE Y JUVENIL DE BARRANCA, como un espacio de participacion que articule sus iniciativas, mediante el desarrollo de diversas actividades educativas, culturales, sociales y deportivas; y que a su vez sera generadora de ideas y propuestas. Articulo 2º.- DESIGNAR al CEPAJ, como programa dependiente de la Gerencia de Desarrollo Humano, Sub Gerencia de Educacion, Cultura, Deporte y Turismo. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal a los Veintisiete dias del mes de Enero del 2010. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial

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Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de terreno para mejoramiento y ampliacion de gestion de residuos solidos municipales para diversos distritos de la provincia de Barranca
ACUERDO DE CONCEJO N° 064-2010-AL/CPB
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA; VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 03 de Junio del 2010, Memorandum N° 182-2010-GDUR-MPB, Informe N° 0806-SGOPISP-MPB, Informe N° 0121-2010SGL-MPB, Informe N° 0201-2010-SGPTO-MPB, Dictamen N° 159-2010-PP-MPB, Memorandum N° 0569-2010-GM/ MJBB-MPB, Informe N° 0014-2010-CE-MPB, Informe Legal N° 0955-2010-OAJ-MPB con relacion a la compra de un terreno para el "Mejoramiento y Ampliacion de la Gestion de Residuos Solidos Municipales para los distritos de Paramonga, Pativilca, Supe, Supe Puerto y Barranca, Provincia de Barranca, Lima" CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru, establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, se ha considerado para los proyectos de inversion para el ano 2010 conforme lo senalado en el anexo del Acuerdo de Concejo N° 078-2009-AL/CPB de fecha 21 de Octubre del 2009, se apruebe en el presupuesto de inversiones del presupuesto participativo del 2010 de la Provincia de Barranca un monto comprometido de S/.180.000.00 para el Mejoramiento y Ampliacion de la Gestion de Residuos Solidos Municipales para los distritos de Paramonga, Pativilca, Supe, Supe Puerto y Barranca, Provincia de Barranca, Lima. Que, se ha elaborado el expediente tecnico para el Mejoramiento y Ampliacion de la Gestion de Residuos Solidos Municipales para los distritos de Paramonga,

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