Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2010 (24/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

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el Diario Oficial El Peruano el 15 de los corrientes, que el procedimiento denominado "Expedicion del Certificado de Antecedentes Penales", correspondiente a los numerales 16 y 03 de las Unidades Organicas: Cortes Superiores de Justicia y Gerencia General, respectivamente, rubro derecho de tramitacion; que el porcentaje aplicable sobre la Unidad de Referencia Procesal (URP) es 14.59%, en ambos casos. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la Republica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

511062-4

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Amplian permanencia de magistrado como Juez Superior Provisional de la Sexta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de MORDAZA y disponen permanencia de magistrado como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Penal de MORDAZA Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 512-2010-P-CSJLI-PJ MORDAZA, 18 de junio del 2010 VISTA: Resolucion Administrativa: 402-2010-P- CSJLI/PJ, de fecha 10 de MORDAZA del 2010; y, CONSIDERANDO: Que, en merito a la resolucion administrativa de la vista, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dispuso designar como integrante de la Sexta Sala Penal para Procesos con Reos Libres, al doctor MORDAZA MORDAZA Magallanes Aymar, en razon a la licencia por capacitacion del Presidente del referido organo jurisdiccional, Senor Doctor MORDAZA MORDAZA Antezano, del dieciocho de MORDAZA al diecinueve de junio del ano en curso. Que, mediante el ingreso Nº 47202-2010, de fecha 18 de junio de los corrientes, la senora Presidenta encargada del Colegiando MORDAZA senalado, Senora Doctora MORDAZA Quintana- Gurt MORDAZA, sostiene que estando al termino de la promocion del doctor Magallanes Aymar y como consecuencia de ello el retorno a su Juzgado de origen del cual es titular, ocasiona un grave perjuicio en la prosecucion de las causas en las cuales interviene como integrante del mencionado Colegiado, razon por la cual solicita su permanencia por un periodo de quince dias a fin de concluir con los juicios orales pendientes.

Que, de lo expuesto, debemos precisar que efectivamente debido a la resolucion de vista el magistrado Magallanes Aymar, se avoco al conocimiento de procesos tanto de tramite sumario asi como ordinarios, muchos de ellos denominados como procesos complejos que exigen una especial dedicacion, razon por la que, estando a las labores inherentes de las mencionadas causas que se ventilan en dicho organo jurisdiccional y en atencion a las diligencias de alta complejidad y trascendencia social que ellas demandan y a efectos de evitar quiebres de audiencias; la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, considera menester conceder lo solicitado y ampliar la permanencia del referido magistrado en dicho organo jurisdiccional desde el dia 22 de junio hasta el 06 de MORDAZA del presente ano, con la finalidad de optimizar el servicio de justicia a favor de los justiciables; debiendo retornar concluido el presente periodo a su Juzgado de origen, sin perjuicio que en adicion a sus funciones, continue conociendo las causas que no habria finalizado en la referida Sala Penal. Que, asimismo, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el inciso tercero del citado articulo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que "[...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al articulo doscientos treinta y nueve de la Ley Organica del Poder Judicial...]". Que, bajo este contexto, de conformidad con la MORDAZA MORDAZA referida, se desprende que en adelante se denominara como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que MORDAZA eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las caracteristicas de los MORDAZA denominados Jueces Titulares y Provisionales, aun se mantiene en la "Ley de MORDAZA Judicial". Que, no obstante ello, la MORDAZA MORDAZA acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarian en implementacion por parte de los entes encargados de ello; razon por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos organos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la finalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solucion de sus conflictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal; MORDAZA si en el presente caso el magistrado supernumerio designado es servidor de la Corte y cumple con los requisitos exigidos por Ley. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional, en aplicacion extensiva de lo establecido en los articulos 219º y 220º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- AMPLIAR la permanencia del senor magistrado, doctor MORDAZA MORDAZA MAGALLANES AYMAR, como Juez Superior Provisional de la Sexta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de MORDAZA, desde el 22 de junio al 06 de MORDAZA del ano en curso, a fin de concluir los procesos en tramite que viene conociendo. Articulo Segundo.- DISPONER la permanencia del senor magistrado EDVIN MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Juez Supernumerario del Primer Juzgado Penal de MORDAZA Este, mientras dure la promocion del doctor Magallanes Aymar, esto es, del 22 de junio al 06 de MORDAZA

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