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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de junio de 2010 421159 en las sesiones de consejo para informar los asuntos relacionados con su competencia. e) Expresar libremente su opinión sin limitación alguna sobre asuntos relacionados con sus funciones. Artículo 13º.- Son obligaciones de los Gerentes de la Municipalidad que conforman el COMIPLANDC: a. Brindar las facilidades y apoyar a sus miembros bajo responsabilidad, en el cumplimiento de los acuerdos que conste en actas del COMIPLANDC. b. Asesorar técnicamente a los delegados de la sociedad civil que conforman el COMIPLANDC. c. Desempeñar la Secretaria de actas del COMIPLANDC Artículo 14º.- Son obligaciones de los delegados: a. Cumplir con los compromisos adquiridos para los cuales fueron elegidos. b. Canalizar los pedidos y preocupaciones de la Sociedad civil en materias de su competencia. c. Contribuir en la elaboración de los informes correspondientes. d. Suscribir las actas respectivas. e. Asistir a las sesiones del COMIPLANDC permanentemente, en caso de no asistir consecutivamente a tres sesiones continuas y notifi cadas por la Subgerencia de Participación Vecinal, será vacado de su cargo. Artículo 15º.- Los miembros vacados serán reemplazados por dirigentes de la zonal (sin representante) que serán elegidos en Asamblea Zonal organizada por la Subgerencia de Participación Vecinal, previo informe fi rmado por el Regidor Presidente del COMIPLANDC y el Coordinador de la Sociedad Civil. TITULO IV DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La Municipalidad, en la medida de sus posibilidades facilitará un ambiente para las reuniones de trabajo de los representantes del COMIPLANDC para el mejor desempeño de sus funciones Segunda.- Los Cargos de los Delegados de la sociedad Civil elegidos por los agentes participantes son ad-honorem. TITULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El lugar, fecha y hora donde se realizarán las sesiones ordinarias, serán conocidas por los miembros del COMIPLANDC, con ocho días calendario de anticipación, a través de la Subgerencia de Participación Vecinal con la fi rma del cargo de recibo correspondiente. Segunda.- La Secretaria General del Concejo mantendrá el Libro de Actas en custodia, en el que se anotarán los acuerdos tomados en cada Sesión del COMIPLANDC. Este libro al fi nal de cada periodo de gestión será entregado al nuevo COMIPLANDC. Tercera.- Para el mejor desempeño de sus funciones la Municipalidad de Carabayllo apoyará al COMIPLANDC con el Asesor que ellos necesiten. 510982-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 420-2010-GM/MDSMP San Martín de Porres, 27 de mayo de 2010 VISTO: El Expediente Nº 46726-01-2009 de fecha 03 de noviembre de 2009 y sucedáneos, promovido por la empresa Inversiones Tres Horizontes S.A.C, sobre Habilitación Urbana Nueva. CONSIDERANDO: Que, a través del Expediente Nº 46726-01-2009 de fecha 03 de noviembre de 2009 y sucedáneos, la empresa Inversiones Tres Horizontes S.A.C, peticiona la aprobación de la Habilitación Urbana Nueva, con zonifi cación Residencial de Densidad Media – RDM (Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 145-2010-MML-GDU-SPHU del 09/02/2010), del predio de 30,000.00 m2, conformado por el Lote Uno de la Parcelación Fundo Chuquitanta, denominado Programa de Vivienda Residencial Primavera, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima, inscrita a favor de la citada empresa en el Asiento C00001 de la Partida Nº 43324993 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, en cuyo procedimiento administrativo se verifi có la concurrencia de los requisitos y condiciones legales, que sustentarían su aprobación, tal como se colige del Informe Nº 401-2010-GDU-MDSMP de fecha 14 de mayo de 2010 e Informe Nº 0570-2010-SGCHU- GDU-MDSMP de fecha 14 de mayo de 2010, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, y la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, respectivamente, resultando de la inspección ocular realizada por ésta última la existencia de áreas disponibles para aportes reglamentarios; Que, del Acta de Sesión Nº 03-2010 de fecha 18 de marzo de 2010 y del instrumento denominado Acta de Verifi cación y Dictamen de fecha 18 de marzo de 2010, se colige que la Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, conformada mediante Resolución de Alcaldía Nº 196-2009-MDSMP de fecha 16 de abril de 2009, emitió dictamen favorable para aprobar la habilitación urbana nueva del predio descrito en el párrafo precedente, donde los aportes reglamentarios y défi cit se determinaron en función a la zonifi cación Residencial de Densidad Media – RDM (Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 145-2010-MML-GDU-SPHU del 09/02/2010), así como de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 10 de la Ordenanza Nº 836 de fecha 15 de septiembre de 2005, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, y; Estando a lo dispuesto en el numeral 3.6.1 del inciso 3 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones – Ley Nº 29090 y Decreto Supremo Nº 024-2008-Vivienda, así como de conformidad a lo previsto en el literal a) del Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 136-2009/MDSMP de fecha 19 de marzo de 2009. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Habilitación Urbana Nueva, Tipo B, con construcción simultánea y venta garantizada, y con zonifi cación Residencial de Densidad Media – RDM (Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 145-2010- MML-GDU-SPHU del 09/02/2010), del predio de 30,000.00 m2, conformado por el Lote Uno de la Parcelación Fundo Chuquitanta, denominado Programa de Vivienda Residencial Primavera, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima, inscrita a favor de la empresa Inversiones Tres Horizontes S.A.C, en el Asiento C00001 de la Partida Nº 43324993 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, que deberá sujetarse al Plano de Lotización Nº 060-2010-SGCyHU-GDU- MDSMP y la Memoria Descriptiva debidamente aprobadas por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa Inversiones Tres Horizontes S.A.C para que, dentro de los dieciocho (18) meses de notifi cado el presente acto administrativo, ejecute las obras necesarias para culminar con su Habilitación Urbana Nueva, como son la obra de electrifi cación, agua potable, alcantarillado, veredas (aceras), pistas (calzadas), señalización y ornamentación de parque, los cuales deberán sujetarse a los planos y memoria descriptiva debidamente aprobados por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, así como a las características y especifi caciones técnicas siguientes: