Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2010 (20/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de marzo de 2010

De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 0012010, la Ley N° 27790, de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje a las ciudades de MORDAZA y Guayaquil, Republica del Ecuador, del siguiente personal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que en su representacion participara en el evento "EXPOPERU ECUADOR 2010", en las fechas que a continuacion se indica:
Fechas de viaje: Del 22 al 25 de marzo de 2010 Senores: MORDAZA Ferreyros Kuppers MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz MORDAZA MORDAZA Bedoya MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Loredo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Del 23 al 26 de marzo de 2010

Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Sres. MORDAZA Ferreyros Kuppers, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz, MORDAZA MORDAZA Bedoya MORDAZA y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Loredo (del 22 al 25 de marzo de 2010): Pasajes aereos (US$ 685,89 x 5) : US $ 3 429,45 Viaticos (US$ 200,00 x 4 dias x 5) : US $ 4 000,00 Tarifa Corpac (US$ 31,00 x 5) : US $ 155,00 Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (del 23 al 26 de marzo de 2010): Pasaje aereo (Quito-Guayaquil) : US $ 80,59 Viaticos (US$ 200,00 x 4 dias) : US $ 800,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza en el articulo 1° de la presente Resolucion, presentara al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 471405-6

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal; Que, de acuerdo a los articulos 4º y 8° de los procedimientos aprobados mediante el citado Decreto Supremo, la estimacion anual de los montos correspondientes a cada Municipalidad y la determinacion del monto MORDAZA de los recursos que les corresponde se efectuan aplicando un indice de distribucion elaborado sobre la base de lo establecido por el articulo 87º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias y el articulo 146º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, asimismo, el literal c) de la Primera Disposicion Transitoria de los procedimientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF senala que en marzo del 2010, los recursos del Plan se asignan aplicando unicamente un indice de distribucion elaborado de conformidad con el articulo 87º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias y el articulo 146º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 060-2010-EF se aprobaron los criterios, procedimientos y metodologia para la distribucion del Fondo de Compensacion Municipal -FONCOMUN, sobre la base de los cuales el Ministerio de Economia y Finanzas aprobara los Indices de Distribucion del FONCOMUN; Que, resulta conveniente que el monto MORDAZA de los recursos que corresponde a cada Municipalidad, asi como los montos que se asignen en marzo del presente ano, incorporen los criterios y metodologia de distribucion del FONCOMUN, por lo que dichos montos deben ser determinados aplicando los indices de distribucion del FONCOMUN que el Ministerio de Economia y Finanzas apruebe; Que, de otro lado, las metas especificas de recaudacion minima del Impuesto Predial para las municipalidades distritales de Tamburco (Codigo de Ubigeo 030109), MORDAZA MORDAZA (Codigo de Ubigeo 050115) MORDAZA (Codigo de Ubigeo 110113), Eten (Codigo de Ubigeo 140103), Patapo (Codigo de Ubigeo 140117), MORDAZA (Codigo de Ubigeo 160112) y Ananea (Codigo de Ubigeo 211002), consideradas en el Anexo 9: Metas especificas para las Municipalidades periodo 2010-2011, del Decreto Supremo Nº 003-2010-EF, presentan inconsistencias con relacion a la informacion obtenida del SIAF-SP al 31 de diciembre de 2009; Que, de acuerdo con lo senalado en los considerandos precedentes resulta necesario modificar los procedimientos aprobados con el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de los procedimientos aprobados con el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF Modifiquense el articulo 4º, el inciso a) del articulo 8º y el MORDAZA parrafo del inciso c) de la Primera Disposicion Transitoria de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, aprobados con Decreto Supremo N° 003-2010-EF, conforme a lo siguiente: "Articulo 4°.- De los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal El Plan de Incentivos se financia con recursos del Tesoro Publico por un monto equivalente a la detraccion del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) a que se refiere el articulo 76º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias. La Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas estima el monto total anual para el financiamiento del Plan correspondiente al ano fiscal siguiente, en funcion a

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF
DECRETO SUPREMO N° 093-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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