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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2010 (20/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de marzo de 2010 415868 De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 001- 2010, la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a las ciudades de Quito y Guayaquil, República del Ecuador, del siguiente personal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que en su representación participará en el evento “EXPOPERÚ ECUADOR 2010”, en las fechas que a continuación se indica: Fechas de viaje: Señores: Del 22 al 25 de marzo de 2010 Eduardo Ferreyros Küppers María Magdalena Seminario Marón Luis Alberto Torres Paz Gustavo Alberto Bedoya Robinson María del Rocío Merino Loredo Del 23 al 26 de marzo de 2010 Paul Dennis Vega Torres Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Sres. Eduardo Ferreyros Küppers, María Magdalena Seminario Marón, Luis Alberto Torres Paz, Gustavo Alberto Bedoya Robinson y María del Rocío Merino Loredo (del 22 al 25 de marzo de 2010): Pasajes aéreos (US$ 685,89 x 5) : US $ 3 429,45 Viáticos (US$ 200,00 x 4 días x 5) : US $ 4 000,00 Tarifa Corpac (US$ 31,00 x 5) : US $ 155,00 Sr. Paul Dennis Vega Torres (del 23 al 26 de marzo de 2010): Pasaje aéreo (Quito-Guayaquil) : US $ 80,59 Viáticos (US$ 200,00 x 4 días) : US $ 800,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza en el artículo 1° de la presente Resolución, presentará al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 471405-6 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF DECRETO SUPREMO N° 093-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; Que, de acuerdo a los artículos 4º y 8° de los procedimientos aprobados mediante el citado Decreto Supremo, la estimación anual de los montos correspondientes a cada Municipalidad y la determinación del monto máximo de los recursos que les corresponde se efectúan aplicando un índice de distribución elaborado sobre la base de lo establecido por el artículo 87º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modifi catorias y el artículo 146º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, asimismo, el literal c) de la Primera Disposición Transitoria de los procedimientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF señala que en marzo del 2010, los recursos del Plan se asignan aplicando únicamente un índice de distribución elaborado de conformidad con el artículo 87º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modifi catorias y el artículo 146º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 060-2010-EF se aprobaron los criterios, procedimientos y metodología para la distribución del Fondo de Compensación Municipal -FONCOMUN, sobre la base de los cuales el Ministerio de Economía y Finanzas aprobará los Índices de Distribución del FONCOMUN; Que, resulta conveniente que el monto máximo de los recursos que corresponde a cada Municipalidad, así como los montos que se asignen en marzo del presente año, incorporen los criterios y metodología de distribución del FONCOMUN, por lo que dichos montos deben ser determinados aplicando los índices de distribución del FONCOMUN que el Ministerio de Economía y Finanzas apruebe; Que, de otro lado, las metas específi cas de recaudación mínima del Impuesto Predial para las municipalidades distritales de Tamburco (Código de Ubigeo 030109), Jesús Nazareno (Código de Ubigeo 050115) Tate (Código de Ubigeo 110113), Eten (Código de Ubigeo 140103), Patapo (Código de Ubigeo 140117), Belén (Código de Ubigeo 160112) y Ananea (Código de Ubigeo 211002), consideradas en el Anexo 9: Metas específi cas para las Municipalidades período 2010-2011, del Decreto Supremo Nº 003-2010-EF, presentan inconsistencias con relación a la información obtenida del SIAF-SP al 31 de diciembre de 2009; Que, de acuerdo con lo señalado en los considerandos precedentes resulta necesario modifi car los procedimientos aprobados con el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación de los procedimientos aprobados con el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF Modifíquense el artículo 4º, el inciso a) del artículo 8º y el segundo párrafo del inciso c) de la Primera Disposición Transitoria de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, aprobados con Decreto Supremo N° 003-2010-EF, conforme a lo siguiente: “Artículo 4°.- De los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal El Plan de Incentivos se fi nancia con recursos del Tesoro Público por un monto equivalente a la detracción del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) a que se refi ere el artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modifi catorias. La Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas estima el monto total anual para el fi nanciamiento del Plan correspondiente al año fi scal siguiente, en función a