Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2010 (20/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de marzo de 2010

del Programa REVALORA PERU y del Proyecto MTPE ­ FONDOEMPLEO, que consta de once (11) articulos, los mismos que forman parte de esta Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- El Plan de Trabajo a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion se publica en el MORDAZA del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, www.mintra.gob.pe, en la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha accion la Oficina de Estadistica e Informatica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 471383-1

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28237, la Ley Nº 29370, el Decreto Supremo Nº 043-2005-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 060-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar al Procurador Publico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la representacion del Ministro de Transportes y Comunicaciones; designado por el Presidente de la Republica; para que presente la demanda de inconstitucionalidad y lo represente en el MORDAZA, contra las Ordenanzas Municipales Nº 038-MPC expedida por la Municipalidad Provincial de Canta; Nº 015-2004-A-MPY emitida por la Municipalidad Provincial de Yauyos, y, Nº 004-2004-MPC y Nº 0042005-MPC expedidas por la Municipalidad Provincial de Cajatambo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion asi como los antecedentes del caso al Procurador Publico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 471402-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Delegan a procurador la MORDAZA de demanda de inconstitucionalidad contra diversas Ordenanzas expedidas por las Municipalidades Provinciales de Canta, Yauyos y Cajatambo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 135-2010-MTC/01 MORDAZA, 19 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 908-2010MTC/15 el Director General de la Direccion General de Transporte Terrestre remite y hace MORDAZA el Informe Tecnico Nº 053-2010-MTC/15.01 de la Direccion de Regulacion y Normatividad y con Informe Legal Nº 7012010-MTC/08 la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sustentaron la necesidad de interponer un MORDAZA de inconstitucionalidad contra las Ordenanzas Municipales Nº 038-MPC expedida por la Municipalidad Provincial de Canta; Nº 015-2004-AMPY emitida por la Municipalidad Provincial de Yauyos, y, Nº 004-2004-MPC y Nº 004-2005-MPC expedidas por la Municipalidad Provincial de Cajatambo, al haber declarado la inaplicacion de la Ley Nº 28325, Ley que regula el traslado de las inscripciones de vehiculos menores y su acervo documentario de las municipalidades a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP y dispuesto la inscripcion de los vehiculos menores (mototaxis) en sus registros municipales, asi como expedir tarjetas de propiedad y placas de rodaje a dichos vehiculos; Que, la Ley Nº 28237, que aprobo el Codigo Procesal Constitucional, en sus articulos 98 y 99 establece entre otros que, la demanda de inconstitucionalidad se interpone ante el Tribunal Constitucional, estando el Presidente de la Republica facultado para presentarla, para lo cual se requiere el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, previendo a su vez que concedida la aprobacion, el Presidente de la Republica designa a uno de sus Ministros para que presente la demanda de inconstitucionalidad y lo represente en el MORDAZA, pudiendo el Ministro designado delegar su representacion en un Procurador Publico; Que, el Consejo de Ministros en su Sesion Ordinaria de fecha 17 de marzo de 2010, aprobo la interposicion de la demanda de inconstitucionalidad contra las Ordenanzas Municipales Nº 038-MPC expedida por la Municipalidad Provincial de Canta; Nº 015-2004-A-MPY emitida por la Municipalidad Provincial de Yauyos, y, Nºs. 004-2004MPC y 004-2005-MPC expedidas por la Municipalidad Provincial de Cajatambo, por las razones expuestas precedentemente, habiendo designado el Presidente de la Republica al Ministro de Transportes y Comunicaciones como su representante en la MORDAZA de la mencionada demanda de inconstitucionalidad;

Delegan a procurador la MORDAZA de demanda de conflicto de competencia contra el Poder Judicial por la expedicion de medidas cautelares referentes al ingreso de vehiculos usados con antiguedad mayor a la establecida en el D. Leg. Nº 843
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 136-2010-MTC/01 MORDAZA, 19 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 879-2010-MTC/15 y Nº 907-2010-MTC/15 el Director General de la Direccion General de Transporte Terrestre remite y hace suyos los Informes Tecnicos Nºs. 049-2010-MTC/15.01 y 051-2010-MTC/15.01 de la Direccion de Regulacion y Normatividad y con Informe Legal Nº 700-2010-MTC/08 la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sustentaron la necesidad de interponer un MORDAZA de conflicto de competencia contra el Poder Judicial, por cuanto dicho poder del Estado ha expedido medidas cautelares permitiendo el ingreso de vehiculos usados al MORDAZA excediendo la antiguedad MORDAZA establecida en el Decreto Legislativo Nº 843, que restablecio la importacion de vehiculos automotores usados a partir del 1 de noviembre de 1996; Que, la Ley Nº 28237, que aprobo el Codigo Procesal Constitucional, en su articulo 109 establece que, el Tribunal Constitucional conoce de los conflictos que se susciten sobre las competencias o atribuciones asignadas directamente por la Constitucion o las leyes organicas que delimiten los ambitos propios de los poderes del Estado, los organos constitucionales, los gobiernos regionales o municipales, y que opongan entre otros a los poderes del Estado entre si o con cualquiera de los demas organos constitucionales, o a estos entre si; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2005-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 060-2006-PCM, que establece los procedimientos para utilizar mecanismos constitucionales en situaciones de atribucion incorrecta de competencias o quebrantamiento del ordenamiento juridico, senala en su articulo 1, que el Sector del Poder Ejecutivo cuya competencia se vea afectada por una MORDAZA o acto emanado de otro Poder del Estado u organo

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