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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de marzo de 2010 415874 Que, mediante el artículo 7º de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, se creó el Comité Consultivo de Turismo, el cual estará integrado, entre otros, por un representante del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario efectuar la designación del representante, Titular y Alterno, ante el Comité Consultivo de Turismo; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del interior; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2005- IN, y modifi cado por Decreto supremo Nº 003-2007-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la designación de los Comandantes de la Policía Nacional del Perú - Región Policial Arequipa: Jorge FUENTES BRIONES, Jefe de la División de Turismo y Ecología; y, Jorge MEDINA MORAN, Jefe de la División de Tránsito, como representantes, Titular y Alterno respectivamente del Ministerio del Interior, ante el Comité Consultivo de Turismo - CCT. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Director de la Dirección de Turismo y Ecología como representante titular del Ministerio del Interior ante el Comité Consultivo de Turismo — CCT; y, al Jefe del Estado Mayor de la Dirección de Turismo y Ecología, como representante alterno ante el Comité Consultivo de Turismo — CCT. Regístrese, comuníquese y publíquese. OCTAVIO E. SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior 470265-1 Designan Comisión de Acreditación para el proceso eleccionario del pensionista de la PNP que integra el Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial del período 2010-2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0251-2010-IN/0601 Lima, 17 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto ley Nº 21021 se crea la Caja de Pensiones Militar Policial como persona jurídica de Derecho Público Interno destinada a administrar el régimen de pago de las pensiones y compensaciones de sus miembros, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 19846; administrar los recursos de la Caja con la fi nalidad de incrementarlos, administrar otros fondos y prestar otros servicios que se aprueben por Decreto Supremo; Que, mediante Ley Nº 28541 y Ley Nº 28962, se modifi có el artículo 12º del Decreto Ley Nº 21021, en el sentido que la Dirección de la Caja estará a cargo del Consejo Directivo, el mismo que se conforma, entre otros, por un Director pensionista de la Policía Nacional del Perú elegido por sus asociaciones y designado por el Ministró del Interior; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2006-DE/SG del 02 de marzo del 2006, se aprueba el Reglamento del artículo 12º del Decreto Ley Nº 21021, que regula la conformación del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial; Que, el numeral 2) del artículo 6º del referido Decreto Supremo, establece que la Comisión de Acreditación del Ministerio de Interior será designada mediante Resolución Ministerial y estará conformada por un representante de. la Ofi cina de Asesoría Jurídica y un representante de la Ofi cina Previsional de la Policía Nacional del Perú; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2006-DE/SG del 12 de junio 2006, se modifi caron los artículos 4º, 5º, 9º y 14º del Reglamento del artículo 12º del Decreto Ley Nº 21021, modifi cado por la Ley Nº 28541; Que, resulta necesario designar a los integrantes de la Comisión de Acreditación del Ministerio del Interior; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 21021, modifi cado por la Ley Nº 28541 y Ley Nº 28962; el Reglamento del artículo 12º de la Ley Nº 21021, modifi cado por la Ley Nº 28451, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2006-DE/SG; Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar la Comisión de Acreditación del Ministerio del Interior, para el proceso eleccionario del pensionista de la Policía Nacional del Perú que integra el Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar — Policial, durante el período 2010-2011, la misma que estará integrada por los siguientes miembros: - Señor JOSE RAMIREZ RAMIREZ Representante. de la Ofi cina de Personal del Ministerio del Interior. - Señor Abogado MARIANO CASTAÑEDA FERRADAS Representante de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior. - Señor General PNP JOSE RAUL UBALDO ALIAGA Representante de la Dirección de Pensiones de la Policía Nacional del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. OCTAVIO E. SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior 470265-2 Designan representante del Ministerio ante Comité Electoral encargado de proceso eleccionario de pensionistas de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que integrarán el Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial en el período 2010-2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0252-2010-IN Lima 17 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 21021 se crea la Caja de Pensiones Militar Policial como persona jurídica de Derecho Público Interno destinada a administrar el régimen de pago de las pensiones y compensaciones de sus miembros, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 19846; administrar los recursos de la Caja con la fi nalidad de incrementarlos, administrar otros fondos y prestar otros servicios que se aprueben por Decreto Supremo; Que, mediante Ley Nº 28541 y Ley Nº 28962, se modifi có el artículo 12º del Decreto Ley Nº 21021, en el sentido que la Dirección de la Caja estará a cargo del Consejo Directivo, el mismo que se conforma, entre otros, por un Director pensionista de la Policía Nacional del Perú elegido por sus asociaciones y designado por el Ministro del Interior; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2006-DE/SG del 02 de marzo del 2006, se aprueba el Reglamento del artículo 12º del Decreto Ley Nº 21021, que regula la conformación del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial; Que, el artículo 13º del citado Reglamento, establece que el Comité Electoral es la máxima autoridad del proceso electoral y está conformado, entre otros, por