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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2010 (25/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de marzo de 2010 416116 hasta S/. 36 345 108,20 (TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHO Y 20/100 NUEVOS SOLES); Que, asimismo, a través de la Sexagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 se prorrogó hasta el 31 de enero de 2010 el plazo establecido en el numeral 7.2 del Artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 179-2009-EF/75, para acceder al fi nanciamiento a que se refi ere el Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y sus modifi catorias; Que, posteriormente, el Decreto de Urgencia Nº 010- 2010 autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas a culminar el trámite de autorización para el acceso al fi nanciamiento a que se refi ere el Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y sus modifi catorias, correspondientes a las solicitudes presentadas por los Gobiernos Regionales dentro del plazo indicado en el considerando precedente; Que, con anterioridad al 31 de enero de 2010, el Gobierno Regional del Departamento de Tacna ha presentado a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, los documentos requeridos para acceder al fi nanciamiento a que se refi ere el Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y sus modifi catorias, hasta por un monto de S/. 36 345 108,20 (TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHO Y 20/100 NUEVOS SOLES), para fi nanciar tres (03) proyectos de inversión pública a su cargo denominados “Mejoramiento del Servicio Educativo en la IE Lastenia Rejas del Distrito Tacna – Tacna” (Código SNIP 43098), “Mejoramiento de la I.E.I. Nº 427 Jesús Divina Misericordia del Distrito de Ciudad Nueva – Tacna” (Código SNIP 81580); y “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable e Instalación del Sistema de Alcantarillado en las Localidades de Boca del Río, Vila Vila y Llostay” (Código SNIP 102528); así como para cofi nanciar un (01) proyecto de inversión pública denominado “Construcción Embalse Huacollo-Sitajara – Tarata” (Código SNIP 80527); Que, de otro lado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 058-2009, en el caso de las solicitudes de fi nanciamiento para la ejecución de proyectos de inversión en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040-2009, los cuales requieran además de un cofi nanciamiento con cargo al presupuesto institucional del Gobierno Regional, el referido Gobierno debe priorizar dicho cofi nanciamiento en su Presupuesto Institucional y sus modifi catorias del año fi scal respectivo, según corresponda; asimismo, tal cofi nanciamiento sólo puede ser efectuado con la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el septuagésimo noveno tramo de la emisión interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y sus modifi catorias, destinado a fi nanciar tres (03) proyectos de inversión pública y cofi nanciar un (01) proyecto de inversión pública, mencionados en el octavo considerando, de esta norma legal, cuya ejecución se encuentra a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Tacna; Que, han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modifi catoria; la Sexagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 complementada con el Decreto de Urgencia Nº 010-2010; el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, modifi cado por los Decretos de Urgencia Nº 058-2009, 080-2009 y 103-2009; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización del septuagésimo noveno tramo de la emisión interna de bonos soberanos Autorícese el septuagésimo noveno tramo de hasta S/. 36 345 108,20 (TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHO Y 20/100 NUEVOS SOLES) de la emisión interna de bonos soberanos aprobada en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y sus modificatorias, que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a financiar tres (03) proyectos de inversión pública a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Tacna denominados “Mejoramiento del Servicio Educativo en la IE Lastenia Rejas del Distrito Tacna – Tacna” (Código SNIP 43098), “Mejoramiento de la I.E.I. Nº 427 Jesús Divina Misericordia del Distrito de Ciudad Nueva – Tacna” (Código SNIP 81580); y “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable e Instalación del Sistema de Alcantarillado en las Localidades de Boca del Río, Vila Vila y Llostay” (Código SNIP 102528); así como para cofinanciar un (01) proyecto de inversión pública a su cargo denominado “Construcción Embalse Huacollo-Sitajara – Tarata” (Código SNIP 80527). Artículo 2º.- Características generales de la emisión interna de bonos Para los fi nes de la emisión del septuagésimo noveno tramo que se autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, los bonos soberanos contarán con las siguientes características: - Monto máximo a emitir : Hasta S/. 36 345 108,20 - Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público. - Estructurador : Dirección Nacional del Endeudamiento Público. - Moneda : Nuevos Soles. - Negociabilidad de los Bonos : Libremente negociables. - Modalidad de Colocación : A través de subastas. - Plazo de Colocación : En varias fechas, hasta el 31 de diciembre de 2011. - Registro : Los bonos serán registrados mediante anotación en cuenta en CAVALI S.A. ICLV y listados en la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 3º.- De la emisión y colocación del septuagésimo noveno tramo autorizado Para los fi nes de la emisión del septuagésimo noveno tramo que se autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, se aplicará lo dispuesto en el “Reglamento de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno” aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004- EF, excepto por lo establecido en los ítems i), ii) y iii) del literal b) y el literal e) del numeral 3 de dicho Reglamento, los mismos que para efectos de la emisión y colocación del referido tramo, se reemplazarán de acuerdo al siguiente texto: “Subasta Única La adjudicación por tasa o precio utilizando la modalidad de subasta Holandesa, se realizará mediante el procedimiento que se describe a continuación: - Una vez recibidas las propuestas, éstas serán ordenadas por el sistema de manera ascendente, cuando la variable a subastar sea la tasa de interés (correspondiente al cupón del bono), o descendente, en el caso que la variable a subastar sea el precio del bono. - La adjudicación se realizará en forma ascendente, iniciándose con la tasa más baja (o el precio más alto) a la cual se le asignará la cantidad de los bonos soberanos demandados, siguiendo con la segunda menor tasa (o mayor precio) y así sucesivamente hasta agotar la cantidad de Bonos Soberanos que corresponda, pudiendo quedar un saldo sin colocar. - La tasa (o precio) de liquidación será determinada por la última cantidad de bonos soberanos adjudicados y se aplicará a todas las operaciones resultantes. - En caso dos o más propuestas coincidan con la tasa (o precio) de liquidación y éstas excedan el último monto