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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2010 (25/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de marzo de 2010 416126 VISTO: el Parte Diario Nº 086097 presentado por la empresa denominada ”ENTIDAD CAPACITADORA VON NEUMANN E.I.R.L. - ECAVN E.I.R.L.” en adelante La Empresa, que solicita autorización como Escuela de Conductores Integrales, para impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III, actividades que propone realizar en sus sedes ubicadas en la ciudad de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante el Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º que establece las condiciones de acceso, así como el artículo 51º que señala los requisitos documentales; Que, mediante Ofi cio Nº 9037-2009-MTC/15.03, se comunicó a la Empresa los defectos advertidos en su solicitud, observándose el incumplimiento en la presentación de los documentos detallados en los literales a), d), e), f), g), h), i) y j) del artículo 51º del Reglamento, a fi n que sean subsanados, por lo que según Parte Diario Nº 135383, Expedientes Nºs 2009-021893, 2009-023944 y 2009-025514 la Empresa subsana las observaciones, conforme se verifi ca de los actuados; Que, es preciso indicar que el artículo 117º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 040- 2008-MTC, dispone que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas de las Escuelas de Conductores, establecidas en los artículos 47º, 48º, 49º y 50º del acotado Reglamento, se aplicarán las sanciones administrativas correspondientes, señaladas en el Cuadro de Tipifi cación y Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder, y por ende la ejecución de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del artículo 43º del Reglamento antes citado; Que, con el Informe Nº 1229-2009-MTC/15.03, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que la Empresa cumple con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ”ENTIDAD CAPACITADORA VON NEUMANN E.I.R.L. - ECAVN E.I.R.L.” para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ENTIDAD CAPACITADORA VON NEUMANN E.I.R.L. - ECAVN E.I.R.L. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSEÑANZA Y AULA TEORICO PRACTICA DE MECANICA Av. Independencia Nº 350 – Cercado Arequipa CIRCUITO DE PRACTICAS DE MANEJO Asociación de Ladrilleros del Cono Sur Alcosa, Lote Nº 6, Manzana H, Distrito de Mollebaya - Arequipa Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. FLOTA VEHICULAR: N Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 VOLVO F-10 REMOLCADOR (N3) YV2H0A4A7FA030679 TD101F756173883 1984 YK-1195 2 MERCEDES BENZ OF-1721/59 OMNIBUS (M3) 9BM3840736B460694 377973U0664983 2005 VG-7778 3 TOYOTA YARIS AUTOMOVIL (M1) JTDBW933691155337 2NZ5283721 2008 COC-171 4 HYUNDAI CARGO 5TON CAMION (N2) KMFLA17JPMU001576 D6BJM059110 1991 XP-5904 5 HYUNDAI H1 M/BUS CMTA RURAL (M2) KMJWAH7HP8U030639 D4BH7521936 2007 RHC-175 HORARIO DE ATENCION: Lunes a Sábado de 7:00 a.m. a 10:00 p.m. PROGRAMA DE ESTUDIOS.- Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos. Cursos específi cos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestación del servicio de transporte de personas.