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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2010 (25/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de marzo de 2010 416131 arco de piedra labrada de medida de 3 m. y 55 cm. de altura y 2 m. y 40 cm. de ancho”. Por su parte la Casa Parroquial tiene un área 1750m2, ocupada por la escuela fi scal y local municipal. Dividido en 4 fracciones incorpora a ocho habitaciones, un salón, despensa donde depositan cebada y legumbres, un corral, patio y huerto. El Templo no posee coro, por la izquierda se accede a la torre a través de escalinatas de adobe. Hacia la derecha está el ambiente del bautisterio donde se halla la pila bautismal en piedra labrada y encima de la puerta se encuentran tres tirantes de tablas adecuados para el piso del coro. Así mismo se levantó un pilar de adobes incorporado en la pared lateral donde se sostiene el púlpito y a continuación se observa el altar mayor acomodado con nichos tallados dedicados al Señor de la Misericordia, San Antonio de Padua, Vírgen del Carmen, Señor de la Exaltación y a los Santos Cosme y Damián y en medio del altar el Liborio cubierto de madera tallada donde se halla el Santísimo. Hacia el lado izquierdo se encuentra la Sacristía donde acostumbran guardar los objetos, ornamentos y enseres constituida por una puerta de madera de dos golpes con armellas, tiene dos ventanas con reja de madera” ; Que, el Templo de San Cosme y Damián se encuentra emplazado en la Plaza principal de Lares, sobre elevado con respecto a la plaza. Está constituido por nave única alargada, torre campanario, sacristía hacia el muro del evangelio y atrio frontal y laterales. Se accede al atrio desde la plaza, mediante un arco de ingreso de medio punto ubicado a eje de la nave. La delimitación del atrio frontal y laterales está conformada por cercos de adobe ubicados frontal (frente a la plaza) y lateralmente (Av. Natividad lado izquierdo), así como por los volúmenes de las edifi caciones ajenas al templo, que se encuentran dentro del atrio, hacia el lado derecho; Que, la nave presenta sotocoro, coro alto, área de fi eles y presbiterio; cuenta con dos accesos, el primero en el muro de pies y el segundo en el muro la epístola. El sotocoro de forma rectangular, tiene por cielo raso una austera viguería de madera sobre la cual descansa el entablado de madera del piso del coro, de muros o paramentos lisos, presenta en el muro del evangelio el vano de acceso a la torre. Se accede al coro alto a través de una escalera de un solo tramo, cuyo arranque se ubica al inicio de la nave hacia el lado derecho; los peldaños de la escalera actualmente no existen, observándose únicamente la baranda de madera; la balaustrada del coro está conformada por pequeñas tablas de madera sin ninguna ornamentación; además del vano que abre hacia la fachada del muro de pies existe en el muro de la epístola otro vano tapiado, aparentemente ventana u hornacina de bastante profundidad; Que, el área de fi eles presenta en los muros de la epístola tres altares secundarios, de bancos de factura de cemento y nichos (planta rectangular) donde colocan las imágenes; en el muro del evangelio, el vano correspondiente al ingreso lateral del templo ha sido tapiado e implementado como altar secundario similar a los antes citados. Cercano al presbiterio, el área de fi eles presenta un sector a desnivel donde actualmente se ubican también las bancas; Que, el presbiterio ubicado en un nivel superior a la nave, se halla separado de ésta por una grada de piedra, no existiendo cancela ni arco triunfal. Hacia el muro del evangelio se halla el vano de ingreso a la sacristía que a semejanza de los vanos de ingreso del muro de pies y demás vanos correspondientes a las ventanas del templo, son abocinados; Que, los muros que forman la cabecera del presbiterio se presentan de forma ochavada, el Altar Mayor que los antecede, está conformado por banco, dos cuerpos y tres calles; el nicho central es ocupado por la Virgen del Rosario, mientras que en los laterales se ubican los santos Cosme y Damián. Exteriormente el presbiterio muestra dos contrafuertes, ubicados en el muro que presenta vano, actualmente tapiado. Por su parte, la sacristía presenta planta rectangular y dos ventanas de vanos abocinados; exteriormente presenta dos contrafuertes en el muro paralelo al muro del evangelio; Que, la torre del campanario posee planta cuadrada donde se ubica la escalera de cuatro tramos y gradas de adobe, está constituida por tres cuerpos delimitados por una suerte de fi lete conformado por lajas de piedra que rodea todo el volumen. El primer cuerpo presenta vano rectangular más alto que ancho, el segundo y tercer cuerpo en sus cuatro lados, poseen dos y un vano en arco de medio punto respectivamente, donde se ubican las campanas. A modo de ornamentación, los vanos citados se encuentran enmarcados por una moldura plana; el techo es de estructura de madera con cubierta de tejas; Que, la fachada correspondiente al muro de pies presenta paramento liso, con ingreso en arco de medio punto y capilla abierta adherida a la parte superior del muro, tipo balcón corrido de balaustrada de madera, y sustentado por diez ménsulas de madera rolliza; se accede a esta capilla mediante el vano que se halla en el coro. Por su parte, las fachadas laterales del templo no poseen ornamentación alguna, de paramentos lisos, solo el muro del evangelio presenta un ingreso en arco aparentemente carpanel, de dovelas de piedra, actualmente tapiado; Que, las ventanas altas de los muros laterales presentan carpintería de madera con vidrio. Adosado al muro de la epístola se encuentra una batería de lavaderos de concreto, con cubierta de madera y calaminas, la cual se prolonga a lo largo y paralela a la nave, sustentándose en postes de metal; el espacio así formado es utilizado como tendal; Que, entre el volumen de la sacristía y la torre, se ubica una construcción contemporánea correspondiente a la habitación de niños del oratorio salesiano, y adosado a éste una batería de cinco urinarios. Asimismo, la fachada posterior del templo, está conformado por el testero del presbiterio, de paredes en ochavo; Que, respecto a la fábrica del templo, los muros de la nave, sacristía y torre son de adobe, la estructura del techo es de madera con cubierta de calamina en la nave y de teja en el resto de volúmenes; los pisos son de madera; Que, el templo posee valores arquitectónicos, artísticos, históricos, tecnológicos y simbólicos, constituyendo un testimonio singular de la edilicia religiosa rural del período virreinal en la región que debe ser preservado y conservado en su integridad, por lo que tiene los méritos sufi cientes para su declaración como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nación; Que, en virtud de lo expuesto en los párrafos precedentes, la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, se declare bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nación al templo de San Cosme y San Damián, atrio frontal y laterales, arco frontal y cerco perimétrico de acuerdo al plano DBI-003- 2010-INC/DPHCR-SDR, ubicado en el distrito de Lares, provincia de Calca, departamento de Cusco; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director (e) de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-ED. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nación al templo de San Cosme y San Damián, atrio frontal y laterales, arco frontal y cerco perimétrico de acuerdo al plano DBI-003-2010-INC/ DPHCR-SDR, ubicado en el distrito de Lares, provincia de Calca, región Cusco, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- SOLICITAR a la Dirección Regional de Cultura de Cusco la elaboración de la propuesta del marco circundante de protección correspondiente con el fi n de proteger el contexto inmediato del templo. Artículo 3º.- RECOMENDAR la liberación de las construcciones ajenas al templo que se hallan dentro del atrio. Artículo 4º.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución, a las autoridades locales, regionales y