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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de marzo de 2010 416129 Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE. Artículo 1°.- Aprobar la “Norma para determinar los Valores Unitarios Ofi ciales de Terrenos Urbanos a Nivel Nacional”, que consta de seis (6) títulos y cuarenta y siete (47) artículos, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 104-2006-VIVIENDA. Artículo 3°.- Publíquese el Anexo de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 473149-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Aprueban Directiva que establece los procedimientos para la Inscripción, Renovación de Vigencia, Cambio de Denominación Social y Baja en el Registro de Instituciones Privadas Sin Fines de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior (IPREDA) que conduce la APCI RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 028-2010/APCI-DE Mirafl ores, 22 de marzo de 2010 VISTO: El Memorándum Nº 0173-2010/APCI-DOC, del 16 de marzo de 2010, emitido por la Dirección de Operaciones y Capacitación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). CONSIDERANDO: Que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) es el ente rector de la cooperación técnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado en función de la política nacional de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la APCI – Ley Nº 27692 y sus modifi catorias; Que de conformidad con lo establecido en el literal m) del artículo 4º de la mencionada Ley, la APCI tiene, entre otras, la facultad de conducir y actualizar el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA), siendo de carácter obligatorio la inscripción en el citado Registro para aquellas instituciones que deseen ejecutar cooperación técnica internacional bajo la modalidad de recepción de mercancías en calidad de donaciones de carácter asistencial u educacional; Que la conducción del citado Registro es función de la Dirección de Operaciones y Capacitación, órgano de línea que cuenta con el apoyo de la Subdirección de Registros para el cumplimiento de sus fi nes, conforme lo establece el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE; Que mediante Resolución Suprema Nº 035-2010-PCM han sido derogadas la Directiva de Procedimientos de Aceptación y Aprobación, Internamiento de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del exterior, así como la norma que la aprobaba, la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que la citada Directiva establecía los requisitos y procedimientos para la inscripción de las instituciones privadas sin fi nes de lucro receptoras de mercancías en calidad de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior constituidas dentro del territorio nacional o en el extranjero en el Registro de IPREDA, así como los requisitos y procedimientos para la renovación de vigencia; Que, en ese sentido, la Dirección de Operaciones y Capacitación a través del documento de Visto ha propuesto un proyecto de Directiva de alcance nacional que apruebe dichos procedimientos, así como los procedimientos de cambio de denominación social y solicitud de Baja de las personas jurídicas sin fi nes lucro que se encuentran registradas en el Registro de IPREDA; Que, por lo antes expuesto, es necesario aprobar el proyecto de “Directiva que establece los procedimientos para la Inscripción, Renovación de Vigencia, Cambio de Denominación Social y Baja en el Registro de Instituciones Privadas Sin Fines de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior (IPREDA) que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)”; Con las visaciones de la Dirección de Operaciones y Capacitación, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley de Creación de la APCI – Ley Nº 27692 y sus modifi catorias, y por el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI – aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2010/APCI- DOC “Directiva que establece los procedimientos para la Inscripción, Renovación de Vigencia, Cambio de Denominación Social y Baja en el Registro de Instituciones Privadas Sin Fines de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)”, que como Anexo Único en veinte (20) folios, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral Ejecutiva. Artículo 2º.- Establecer que la Dirección de Operaciones y Capacitación de la APCI es el órgano de línea responsable de verifi car el cumplimiento de la Directiva que se aprueba mediante la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer que la Dirección de Operaciones y Capacitación de la APCI, proponga la Directiva interna complementaria a la aprobada por la presente Resolución, que establezca las competencias y responsabilidades de las unidades orgánicas de la APCI involucradas en los procedimientos a que se refi ere la mencionada Directiva. Artículo 4º.- Establecer que la presente Resolución Directoral Ejecutiva y la “Directiva que establece los procedimientos para la Inscripción, Renovación de Vigencia, Cambio de Denominación Social y Baja en el Registro de Instituciones Privadas Sin Fines de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)”, sean publicadas en el portal institucional de la APCI: www.apci.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PANDO SÁNCHEZ Director Ejecutivo Agencia Peruana de Cooperación Internacional 472401-1