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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de marzo de 2010 416128 para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 038-2010-MTC/15.03 de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada mediante Parte Diario Nº 188681 de fecha 28 de diciembre, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa LIMA WORLD S.R.L., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para la instalación del kit de conversión correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058- 2003-MTC y sus modifi catorias; y la Directiva Nº 001- 2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005- MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa LIMA WORLD S.R.L., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, para la instalación del kit de conversión correspondiente, en el local ubicado en la Avenida República de Venezuela Nº 1353 - 1359, distrito de Breña, provincia y departamento de Lima, por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa LIMA WORLD S.R.L., deberá presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de Presentación Primera Inspección anual del taller 24 de diciembre de 2010 Segunda Inspección anual del taller 24 de diciembre de 2011 Tercera Inspección anual del taller 24 de diciembre de 2012 Cuarta Inspección anual del taller 24 de diciembre de 2013 Quinta Inspección anual del taller 24 de diciembre de 2014 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa LIMA WORLD S.R.L., deberá presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 23 de noviembre de 2010 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 23 de noviembre de 2011 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 23 de noviembre de 2012 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 23 de noviembre de 2013 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 23 de noviembre de 2014 En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. El costo por la publicación de la presente la Resolución será asumida por la empresa recurrente. Regístrese, publíquese y cúmplase. ROBERTO HIPÓLITO GÓMEZ BACA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 464670-1 VIVIENDA Aprueban la “Norma para determinar los Valores Unitarios Oficiales de Terrenos Urbanos a Nivel Nacional” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 056-2010-VIVIENDA Lima, 23 de marzo del 2010 CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del artículo 11° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que a efectos de determinar el valor total de los predios, se aplicará los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios ofi ciales de edifi cación vigentes al 31 de octubre del año anterior y las tablas de depreciación por antigüedad y estado de conservación, que formula el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA y aprueba anualmente el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2006- VIVIENDA se dispuso la fusión del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicha fusión se realizó bajo la modalidad de fusión por absorción, correspondiéndole al citado Ministerio la calidad de entidad incorporante; Que, la Resolución Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA dispuso la absorción por parte de la Dirección Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo de los órganos y dependencias a cargo de la función normativa de competencia del CONATA; Que, la Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA establece que la Dirección Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, tendrá a su cargo la función normativa a que hace referencia la Resolución Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA; Que, con Resolución Ministerial Nº 104-2006- VIVIENDA, se aprobó la “Norma para determinar los Valores Unitarios Ofi ciales de Terrenos Urbanos a Nivel Nacional”, siendo necesario actualizar los criterios para determinar los referidos valores unitarios; Que, el artículo 28° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002- 2002-VIVIENDA, establece que la Dirección Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, diseña, formula y propone la política nacional urbana y evalúa su ejecución; motivo por el cual, con Informe Técnico Legal Nº 001-2010-VMVU/DNU-JBVV recomienda la aprobación de la propuesta de nueva “Norma para determinar los Valores Unitarios Ofi ciales de Terrenos Urbanos a Nivel Nacional”; De conformidad con la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Reglamento de