Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2010 (06/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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DISPOSICIONES FINALES

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2010

Primera.- Asignacion para desplazamiento y logros de docentes a capacitar. Autorizase al Ministerio de Educacion a otorgar una asignacion economica excepcional, por el monto de DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250,00), por concepto de gasto de desplazamiento, a favor de los docentes que participen en el Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente creado mediante Decreto Supremo Nº 007-2007-ED, y una asignacion economica excepcional, por los montos de CIENTO CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150,00) y DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250,00), a los docentes que logren el nivel de suficiente o destacado, respectivamente, en el referido Programa Nacional. Para el pago de la asignacion economica excepcional a cargo del Ministerio de Educacion, dicho Pliego queda exceptuado de lo dispuesto por el numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 29465 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010. El Ministerio de Educacion transfiere mediante Decreto Supremo los recursos correspondientes a los Gobiernos Regionales via modificaciones presupuestarias en el nivel institucional. Dichas asignaciones economicas excepcionales, no tienen caracter remunerativo ni pensionable, no estan afectas a cargas sociales, no son base para el calculo de beneficios sociales, ni para efectos de descuentos oficiales y personales, y se atiende con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Educacion, sin generar demandas adicionales al Tesoro Publico. Segunda.- Transferencia de Partidas Establezcase que para efecto de la aplicacion de la Sexagesima Tercera Disposicion Final de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, el pliego Ministerio de Educacion queda autorizado, para que mediante Decreto Supremo, efectue modificaciones presupuestarias a nivel institucional a favor del pliego Universidad Nacional de San MORDAZA a fin de repotenciar los laboratorios de dicho centro de estudios, y hasta por el monto senalado en la citada disposicion final. Tercera.- Modificacion del numeral 1.3 del articulo 1º de la Ley Nº 29465-Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 Modifiquese el numeral 1.3 del articulo 1º de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, conforme al siguiente texto: "Articulo 1º.- El Presupuesto Anual de Gastos (...) 1.3 Los creditos presupuestarios aprobados al Ministerio de Educacion por la presente Ley, comprenden recursos hasta por la suma de TRESCIENTOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 305 808 422,00) para la adquisicion de computadoras y sus respectivos accesorios, equipos y servicios complementarios en el MORDAZA del Programa "Una Laptop por Nino" (OLPC) los cuales seran determinados por el Ministerio de Educacion mediante Resolucion Ministerial, para cuyo efecto se autoriza al Ministerio de Educacion a suscribir el correspondiente convenio de cooperacion con la Asociacion One Laptop Per Child (OLPC). (...)" Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 490255-1

DECRETO DE URGENCIA Nº 035-2010 DECRETO DE URGENCIA QUE MODIFICA EL MORDAZA PARRAFO DE LA TERCERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY Nº 29467, LEY DE EQUILIBRIO FINANCIERO DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2010
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29467 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, establecio que la Reserva de Contingencia incluye hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para destinarla a realizar acciones durante el Ano Fiscal 2010, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico, declarado por el organismo publico tecnico-cientifico competente, y rehabilitar la infraestructura publica; Que, asimismo, la citada Disposicion Complementaria exceptuo de la declaracion de viabilidad y autorizo al Ministerio de Economia y Finanzas a aplicar un procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad, como requisito previo a la ejecucion de los proyectos de inversion publica que apruebe la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 015-2010 se dictaron medidas extraordinarias y urgentes destinadas a brindar atencion oportuna e inmediata en las zonas afectadas por desastres de gran magnitud, declaradas en estado de emergencia por la autoridad competente, asi como la rehabilitacion de la infraestructura publica danada; Que, entre dichas medidas, el articulo 5° del Decreto de Urgencia N° 015-2010 modifico la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29467 estableciendo que los proyectos de inversion previstos en dicha disposicion, serian aprobados por la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de su Secretaria de Coordinacion Multisectorial; Que, la funcion encomendada no es propiamente una que pueda ser asumida por la Secretaria de Coordinacion, por cuanto la misma se encuentra relacionada a las funciones que cumple la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, la cual constituye un organo de enlace entre el gobierno nacional y los gobiernos sub nacionales; Que, segun el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, la Secretaria de Descentralizacion tiene entre sus funciones la de expedir informe previo favorable y realizar la determinacion de los montos que refiere el numeral 5 incisos a) y c) del articulo 15º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, a fin de garantizar la atencion oportuna e inmediata en las zonas afectadas por desastres de gran magnitud, declaradas en estado de emergencia por la autoridad competente, es necesario modificar nuevamente la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29467, estableciendo que los respectivos proyectos de inversion publica seran aprobados por la Secretaria de Descentralizacion; De conformidad con el inciso 19) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica;

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