Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2010 (06/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de los acuerdos comerciales de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion Suprema; De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 0012010, la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Colan, Asesora Legal del Viceministerio de Comercio Exterior, y de las senoritas MORDAZA MORDAZA Li Carmelino, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, del 09 al 16 de MORDAZA de 2010, para que en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en la MORDAZA reunion de revision legal del texto final del Acuerdo Comercial entre la Union Europea ­ UE y las Republicas de Colombia y Peru. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, estaran a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Sras. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Colan, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (del 09 al 16 de MORDAZA de 2010): Pasajes (US $ 1 982,16 x 3) : US $ 5 946,48 Viaticos (US $ 260,00 x 7 dias x 3) : US $ 5 460,00 Tarifa CORPAC (US $ 31,00 x 3) : US $ 93,00 Srta. MORDAZA MORDAZA Li Carmelino (del 09 al 16 de MORDAZA de 2010): Pasajes : US $ 1 998,12 Viaticos (US $ 260,00 x 7 dias) : US $ 1 820,00 Tarifa CORPAC : US $ 31,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, debera presentar al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunion a la que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 490255-13

Visto el Oficio N° 146-2010-SUNAT/1A0000, de la Secretaria General de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, sobre autorizacion de viaje. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta 10.EL-0076E/M.O. de fecha 25 de marzo de 2010, el Secretario General de la Organizacion Mundial de Aduanas (OMA), solicita se designe un delegado de la SUNAT, para que participe en la II Reunion del Grupo de Falsificacion y Pirateria (CAP) de la OMA, a llevarse a cabo los dias 20 y 21 de MORDAZA de 2010, en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica; Que, la citada Reunion tiene como objetivos discutir y compartir experiencias y practicas de los Miembros sobre la Lucha contra la Falsificacion de MORDAZA Registradas y Pirateria de Derechos de Autor, asi como Actividades de Capacitacion para los Miembros que requieran asistencia en la Lucha contra la Falsificacion de MORDAZA Registradas y Pirateria de Derechos de Autor; Que, la participacion de la SUNAT como miembro de la OMA se enmarca en el objetivo estrategico institucional de contribuir a la competitividad del MORDAZA mediante la facilitacion del comercio exterior, reduciendo el tiempo de despacho asi como, combatiendo la competencia desleal y el contrabando; asimismo, posibilitara cumplir con la comunidad internacional y con los compromisos adquiridos en materia de la aplicacion de las medidas en frontera establecidas en el Decreto Legislativo N° 1092 y el Decreto Supremo N° 003-2009-EF; Que en ese sentido, se ha estimado conveniente la asistencia del senor MORDAZA MORDAZA Patino, Oficial Aduanero II de la Division Anticontrabando de la Gerencia de Operaciones de la Intendencia de Prevencion del Contrabando y Control Fronterizo, a fin de que participe en el referido evento, por lo que siendo de interes institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje del citado trabajador, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y N° 29465, en el Decreto de Urgencia N° 001-2010 y en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, por excepcion, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Patino, Oficial Aduanero II de la Division Anticontrabando de la Gerencia de Operaciones de la Intendencia de Prevencion del Contrabando y Control Fronterizo de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, del 17 al 22 de MORDAZA de 2010, a la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de 2010 de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos TUUA US$ 2,112,99 US$ 1,040,00 US$ 31,00

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de representante de la SUNAT a Belgica para participar en la II Reunion del Grupo de Falsificacion y Pirateria (CAP) de la OMA
RESOLUCION SUPREMA Nº 055-2010-EF MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2010

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 490255-8

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