Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2010 (12/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2010

Puscan y 4) Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en el MORDAZA del articulo 2° del Decreto Supremo N° 043-2004-PCM. Por tal motivo dicha Sub Gerencia recomienda que los actuados se remita a la Oficina Regional de Asesoria Legal para su dictamen y sea remitido al Consejo Regional para su aprobacion mediante Ordenanza Regional, tal como los dispone el articulo 15° del Decreto Supremo N° 043-2004-PCM; Que, con Informe Legal Nº 066-2010-GRSM/ORAL, de fecha 03 de Febrero del 2010, la Oficina Regional de Asesoria Legal opina favorablemente por la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), del Proyecto Especial Alto MORDAZA ­ PEAM, para su discusion y aprobacion correspondiente; Que, mediante Acta N° 003-2010-GRSM/CR-CPPYAT, de fecha 14 de MORDAZA del presente ano, la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial se reunio para analizar la propuesta que realiza el Proyecto Especial Alto MORDAZA - PEAM, sobre su Cuadro de Asignacion de Personal, donde se encontraron algunas observaciones en su formulacion, las cuales fueron levantadas y justificadas en su debida oportunidad, por lo que la referida Comision derivo los actuados al Pleno del Consejo Regional para su debate correspondiente; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria, desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San MORDAZA ­ Moyobamba, llevado a cabo el dia Viernes 16 de MORDAZA del 2010, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR la propuesta de Modificacion del Cuadro de Asignacion de Personal ­ CAP, del Proyecto Especial Alto MORDAZA (PEAM), la cual formara parte integrante de la presente Ordenanza Regional y cuyo anexo que se publicara en la pagina Web del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Proyecto Especial Alto MORDAZA ­ PEAM, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. DERTIANO MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional de San MORDAZA Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los veinte dias del mes de MORDAZA de 2010. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 491509-1

y Salud, se pronuncia favorablemente sobre el Proyecto de Ordenanza que crea la Comision Ambiental Municipal en el Distrito de Carabayllo; CONSIDERANDO: Que, son atribuciones del Concejo Municipal el Promulgar Ordenanzas y disponer su publicacion; someter al Concejo Municipal la aprobacion del Sistema Local de Gestion Ambiental y de sus instrumentos, dentro del MORDAZA del Sistema Nacional y Local de Gestion Ambiental; y proponer espacios de concertacion y participacion vecinal, de conformidad con el Articulo 20º, numerales 5, 13 y 34, respectivamente de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972; Que, el Sistema de Planificacion Local tiene como principios la participacion ciudadana, a traves de sus vecinos y organizaciones vecinales, la transparencia, la gestion moderna y rendicion de cuentas, la inclusion, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia con las politicas nacionales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion, tal como lo indica el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972; Que, las competencias y funciones especificas municipales se cumplen en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, tal como lo senala el Articulo VII de la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972; razon por la cual es necesario crear una Comision Ambiental Municipal de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que coordine acciones entre las Instituciones locales y el Ministerio correspondiente, formule participativamente el Plan y la Agenda Ambiental Local, elabore propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales, promueva diversos mecanismos de participacion de la sociedad civil en la gestion ambiental, entre otros; Que, el Articulo 25º de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, Ley Nº 28245, dispone que las Comisiones Ambientales Municipales MORDAZA las instancias de gestion ambiental, encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental municipal. Promueven el dialogo y el acuerdo entre el sector publico y el sector privado. Articulan sus politicas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el MINAM; Que, en virtud al MORDAZA seguido, promovido por el MINAM, a traves de su Secretaria Ejecutiva y la Municipalidad Distrital, en coordinacion con diversas organizaciones publicas, privadas y mixtas del Distrito, asi como con la amplia participacion de los actores locales vinculados a los recursos naturales y gestion ambiental, acordaron por consenso la conformacion de la Comision Ambiental Municipal para fortalecer su gestion y lograr la articulacion con los procesos de gestion ambiental local, regional y nacional, de conformidad con los Articulos 2° y 3° de la Ley N° 28245 - Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM. Que, con la constitucion de la Comision Ambiental Municipal, conformada por representantes de las organizaciones e instituciones representativas del Distrito de Carabayllo, se inicia un MORDAZA de concertacion para la gestion ambiental compartida, lo que ha permitido un espacio de discusion de la problematica del distrito y particularmente de la situacion ambiental; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; la Ley General del Ambiente Nº 28611, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores; se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE CREA LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL-CAM DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO: Articulo 1°.- CREASE la Comision Ambiental Municipal - CAM como la instancia de gestion ambiental del Distrito de Carabayllo, encargada de coordinar y concertar la politica Ambiental local, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico, privado y sociedad civil, articulando sus politicas ambientales con la Comision Ambiental Municipal ­ CAM del Distrito de Carabayllo y el MINAM. Articulo 2°.- La Comision Ambiental Municipal CAM del Distrito de Carabayllo, tiene como funciones las siguientes: I Funciones Generales a) Ser la instancia de coordinacion y concertacion de la politica ambiental local distrital con la participacion

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Crean la Comision Ambiental Municipal CAM
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 196-A/MDC Carabayllo, 28 de MORDAZA del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; VISTO: El Dictamen N° 002-2010-CSSS/MDC, mediante el cual, la Comision de Saneamiento, Salubridad

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