Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2010 (12/05/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

418797

tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, la Ley Nº 28716 "Ley de Control Interno de las Entidades del Estado", tiene por finalidad que las entidades del Estado implanten obligatoriamente sistemas de control interno en sus procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales. Que, al respecto, las diversas unidades organicas del RENIEC, en su MORDAZA compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobacion de nuevos documentos de gestion o en otros casos, se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas. Que, en ese sentido la Gerencia de Registros Civiles mediante los documentos del visto, solicita la aprobacion de las Directivas DI-222-GRC/007 "Reconstitucion de Actas Registrales", MORDAZA Version; DI-263-GRC/017 "Rectificacion administrativa de actas por error y omision no atribuibles al Registrador ", Primera Version; DI-272-GRC/019 "Depuracion Registral", Primera Version y DI-273-GRC/020 "Regularizacion de Actas de Nacimiento con Codigo Unico de Identificacion (CUI) preimpreso o numeracion preimpresa que no correspondan", Primera Version; Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto mediante los documentos del visto, precisa que los documentos normativos acotados en el parrafo precedente, han sido elaborados teniendo en cuenta lo establecido en la Directiva DI-200-GPP/001 "Lineamientos para la Formulacion de Documentos Normativos del RENIEC", MORDAZA Version, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 116-2009-JNAC/RENIEC (02MAR2009); Que, asimismo la Sub Gerencia de Racionalizacion mediante los documentos del visto, senala que se encuentran vigentes las Directivas DI-010-GO/005 "Depuracion ­ Registros del Estado Civil", aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 845-2004-JEF/RENIEC y DI-222-GRC/007 "Reconstitucion de Actas Registrales", Primera Version, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 666-2009-JNAC/ RENIEC (16OCT2009); sugiriendo se dejen sin efecto; Que, mediante el Informe Nº 000498-2010/GAJ/ RENIEC (22MAR2010) la Gerencia de Asesoria Juridica, concluye que resulta viable legalmente la aprobacion de los documentos normativos remitidos por la Gerencia de Registros Civiles, por presentar la consistencia legal pertinente; Que, en virtud a lo estipulado en el numeral 1) del articulo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, corresponde la publicacion obligatoria de las resoluciones administrativas cuando su contenido proporcione informacion relevante y sea de interes para los usuarios de los servicios que presta la administracion publica; Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, al Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, al Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 0852010-JNAC/RENIEC (10FEB2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto las Directivas DI-010-GO/005 "Depuracion ­ Registros del Estado Civil", MORDAZA Edicion, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 845-2004-JEF/RENIEC y DI-222-GRC/007 "Reconstitucion de Actas Registrales", Primera Version, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 666-2009JNAC/RENIEC (16OCT2009). Articulo Segundo.- Aprobar las Directivas DI-222GRC/007 "Reconstitucion de Actas Registrales", MORDAZA Version; DI-263-GRC/017 "Rectificacion administrativa de actas por error y omision no atribuibles al Registrador", Primera Version; DI-272-GRC/019 "Depuracion Registral", Primera Version y DI-273-GRC/020 "Regularizacion de Actas de Nacimiento con Codigo Unico de Identificacion (CUI) preimpreso o numeracion preimpresa que no correspondan", Primera Version. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Registros Civiles el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional, www.reniec.gob.pe, el texto de los documentos normativos aprobados en el articulo segundo.

Articulo Quinto.- Las directivas aprobadas mediante la presente resolucion entraran en vigencia al trigesimo dia de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 492169-2

Establecen gratuidad en el procedimiento de cancelacion de actas de nacimiento, para casos de vulnerabilidad, extrema pobreza y para la poblacion registrada en cualquiera de los distritos determinados por la Estrategia Nacional CRECER
RESOLUCION JEFATURAL Nº 407-2010/JNAC/RENIEC MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2010 VISTOS: Los Oficios Nºs. 000655-2010/GOR/RENIEC y 001197-2010/GOR/RENIEC (19FEB y 30MAR2010 respectivamente) e Informe Nº 000077-2010/GOR/RENIEC (29MAR2010), emtidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Oficio Nº 000491-2010/GRIAS/RENIEC (05ABR2010), emitido por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; el Oficio Nº 000980-2010/ GPP/RENIEC (09ABR2010), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 000544-2010//SGP/ GPP/RENIEC, emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe Nº 000713-2010/GAJ/RENIEC (19ABR2010), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, conforme lo dispuesto en el articulo 183º de la Constitucion Politica del Estado corresponde al RENIEC emitir los documentos que acrediten la identidad de las personas, habiendo implementado con tal proposito una politica social de acercamiento a la ciudadania orientada a atender las necesidades de documentacion de la poblacion menos favorecida y en situacion de vulnerabilidad; Que, el inciso c) del articulo 98º del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01598-PCM, senala que son gratuitos los demas servicios que determine la Jefatura Nacional del Registro"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 333-2008-EF/15 de fecha 30MAY2008, se aprobo el MORDAZA Macroeconomico Multianual 2009-2011 denominado "Del Crecimiento Economico al Bienestar Social", el cual, se constituye en un documento declarativo en donde se establecen entre otros factores, el de la reduccion de la pobreza y la pobreza extrema a traves de una mayor generacion de oportunidades economicas y de gasto social focalizado; Que, el RENIEC dentro del contexto social de su vision y mision institucional, procura constantemente la mejora de los servicios ofrecidos a la poblacion, es por ello que mediante propuestas de los organos de la Institucion involucrados en la ejecucion de los diversos procedimientos registrales, emite resoluciones jefaturales en beneficio de los sectores mas vulnerables de la poblacion peruana; Que, en las campanas de documentacion en desplazamientos dispuestos por la Gerencia de Operaciones Registrales y de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social para documentar a los sectores de la poblacion vulnerable y de extrema pobreza, se ha evidenciado que las actas de nacimiento de algunos pobladores adolecen de observaciones insalvables, requiriendose la cancelacion de las actas, a efectos de proceder a realizar una nueva inscripcion de nacimiento, para tramitar su documento nacional de identidad (DNI);

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.