Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2010 (13/05/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

418884
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2010

El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 085 de fecha, 28 de MORDAZA del 2010 y Visto el Informe Nº 68-2010/ALE-MDC de Asesoria Legal Externa. CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas, las cuales se materializan a traves de Ordenanzas Municipales que tiene rango de Ley. Que, el Art. 79º numeral 3.6.4 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que las municipalidades regulan en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funcion especifica exclusiva para normar, regular y autorizar derechos y licencias, realizar fiscalizacion de establecimientos comerciales, industriales y de actividad profesional. Que, el Art. 80º numeral 3.2 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece como funcion especifica y exclusiva en materiales de saneamiento, salubridad y salud, ejercen controlar y regular, el aseo, higiene y salubridad de los establecimientos comerciales y otros. Que, el Art. 89º numeral 3.1 y 3.6 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece como funcion especifica y exclusiva de las municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, controlar el cumplimiento de normas de higiene y ordenamiento de comercializacion de alimentos y bebidas entre otros, asi como otorgar Licencias de Apertura y Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y profesionales. Que, frente a las normas MORDAZA expuestas, la autoridad municipal ha observado un alto consumo de bebidas alcoholicas en la via publica, parques y plazas dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA, hecho que atenta contra la seguridad, la salud, la moral y las buenas costumbres de la poblacion de nuestra jurisdiccion, ademas que las constantes quejas de los vecinos. Que, esta situacion incide directamente en el crecimiento de accidentes de MORDAZA y acciones delictivas contra la MORDAZA, salud y patrimonio de terceros, hechos que generan un clima de riesgo e inseguridad para nuestra poblacion y para quienes transitan por el. Que, el municipio ha recogido el sentir de los vecinos quienes constantemente expresan su malestar con respecto a la venta indiscriminada de bebidas alcoholicas y su consumo en la via publica, lo que en muchos casos es facilitado por locales que no cuentan con la debida Licencia Municipal, en tal sentido se ha decidido dar MORDAZA legal a politicas orientadas a prevenir y controlar conductas que atentan contra la paz, tranquilidad, disfrute del tiempo libre, descanso y gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Que, en tal sentido y atendiendo a la realidad descrita, en concordancia con los objetivos de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, y la Ley Nº 28681 - Ley que Regula la Comercializacion y Publicidad de Bebidas Alcoholicas, por tanto, corresponde adoptar las medidas necesarias para regular y controlar la venta de bebidas alcoholicas dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA, sin que ello afecte el libre MORDAZA y resguardando los derechos de las personas. De conformidad con lo establecido en los articulos 9º numeral 8, 40 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, POR UNANIMIDAD se ha emitido lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO PARA LOS LOCALES DE EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN ESTABLECIMIENTOS Y VIA PUBLICA DEL DISTRITO DE MORDAZA, la cual esta conformada por (02) Titulos, (18) Articulos, anexandose formando parte de este cuerpo de Leyes. Articulo Segundo.- INCORPORESE, las Sanciones Administrativas contempladas en la presente Ordenanza

al Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (CUIS), tal como se detalla en el Anexo 01, y que forma parte del presente cuerpo de leyes Articulo Tercero.- El Area de Rentas y Comercializacion, con el apoyo de la Policia Nacional y Serenazgo, de ser el caso, debera realizar las acciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Facultese al MORDAZA regular mediante Decretos de Alcaldia, las disposiciones complementarias y/o reglamentarias necesarias para adecuar y mejor aplicacion de la Ordenanza. Articulo Quinto.- Deroguese toda disposicion municipal que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y se aplica a los procedimientos de tramite existentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 492102-2

Aprueban el MORDAZA de la Municipalidad y los Formularios correspondientes
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2010-MDC-ALC MORDAZA 29 de MORDAZA del 2010 POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 085 de fecha, 28 de MORDAZA del 2010, el Informe Nº 052-2010-MDC-JR. De jefatura de Rentas y Informe Nº 52 de Asesoria Legal Externa. CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas, las cuales se materializan a traves de Ordenanzas Municipales que tiene rango de Ley. Que, el articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, son las nomas de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion supervision de los servicios publicos locales y las materias en las que la Municipalidades tienen competencia normativa; que por lo mismo el concejo municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos a traves de las ordenanzas municipales, las cuales conforme el Art. 200 Inc. 4 de la Constitucion Politica del Peru tienen rango de Ley. Mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se aprueban los lineamientos para elaboracion y aprobacion de MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo. Conforme al Art. 38º.1 de la Ley Nº 27444, de procedimiento administrativo General, concordante con el Art. 15º del D.S. Nº 079-2007-PCM, el MORDAZA es aprobado por Ordenanza Municipal. Que, esta entidad cumplio con remitir a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, el proyecto del MORDAZA debidamente sustentado tecnica y legalmente habiendo levantado las observaciones se encuentra habilitado para su aprobacion, puesto que se incurrio en la omision de la publicacion en el diario oficial de esta Nacion. Que, habiendose aprobado mediante Ordenanza la estructura Organica y el reglamento de Organizacion y Funciones, por tanto el MORDAZA institucional debe responder a las funciones del orden Municipal. Que mediante Ordenanza Nº 006-2010-MDCCM, se aprueba el texto unico de tasas por servicios

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.