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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2010 (13/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de mayo de 2010 418875 conforme a lo señalado por la Ofi cina de Racionalización y Estadística, guarda relación con las funciones asignadas por el Decreto Supremo N° 087-2004-PCM y la Microzonifi cación Ecológica Económica de la Provincia Constitucional del Callao, así como por el artículo 53 de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, siendo legalmente viable su aprobación; Que, estando a lo dispuesto por la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; DECRETA: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento de la Microzonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2.- El texto del reglamento será publicado en la página Web del Gobierno Regional del Callao www.regioncallao.gob.pe. Regístrese y comuníquese. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 492722-1 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Declaran de interés el proyecto de inversión, reconocen los gastos del proponente y aprueban el resumen ejecutivo de la iniciativa privada “Proyecto Virú Mar” (Se publica el Acuerdo Regional de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de La Libertad, mediante Ofi cio Nº 036-2010-GRLL/CR-CD, recibido el 11 de mayo de 2010) ACUERDO REGIONAL N° 007-2009-GR-LL/CR EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993 modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27687, sus modifi catorias Ley Nº 27902 y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD, ha adoptado el siguiente Acuerdo Regional: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 20 de Enero del año 2009, el dictamen sobre las observaciones formuladas por el Presidente Regional del Gobierno Regional La Libertad al Acuerdo Regional Nº 068-2008-GR-LL/CR, relativo a declarar de Interés el Proyecto de Inversión de Iniciativa Privada, reconocer los gastos del proponente y aprobar el resumen ejecutivo del proyecto; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado de 1993, concordante con el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional La Libertad emitir acuerdos regionales conforme a lo prescrito en el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante Acuerdo Regional Nº 044-2007-GR-LL/ CR, de fecha 28 de Diciembre del año 2007, el Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, acordó admitir a trámite la iniciativa privada presentada por CONSORCIO VIRU MAR, denominada “Proyecto Virú Mar”, en mérito al acuerdo del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional La Libertad, adoptado en Sesión de fecha 18 de Diciembre del 2007, que consta en el Acta Nº 010-2007-CEPIP-GRLL. Que, el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional de La Libertad - CEPIP- GR-LL, en Sesión de Trabajo celebrada el día 12 de Diciembre del año 2008, mediante Acta Nº 007-2008- CEPIP-GRLL, ha acordado declarar de interés el proyecto de inversión, reconocer el gasto del proponente, aprobar el resumen ejecutivo del proyecto y elevar al Consejo Regional para su pronunciamiento. Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.2.5 de la Directiva Nº 001-2007-GRLL aprobada por Decreto Regional Nº 001-2007-GRLL/PRE y modifi cada por Decreto Regional Nº 003-2007-GRLL/PRE, una vez aprobado el respectivo Acuerdo por parte del CEPIP-GRLL, corresponde al Consejo Regional emitir su pronunciamiento sobre: a. La declaración de Interés el Proyecto de Inversión, b. El reconocimiento de los gastos del proponente, conforme a lo indicado en el Numeral 7 de la Directiva Nº 001-2007- aprobada por Decreto Regional Nº 001- 2007-GRLL/PRE y modificada por Decreto Regional Nº 003-2007-GRLL/PRE. c. La aprobación del Resumen Ejecutivo; o, d. La desaprobación de la Iniciativa Privada. Que, de conformidad con la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2004- PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 013-2007- PCM y la Directiva Nº 001-2007-GR-LL aprobada por Decreto Regional Nº 001-2007-GR-LL/PRE, modifi cada por Decreto Regional Nº 003-2007-GRLL/PRE. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de Diciembre del año 2008 se acordó declarar de interés de interés el Proyecto de Inversión de Iniciativa Privada denominada “PROYECTO VIRU MAR”, reconocer los Gastos del Proponente ascendente a US$ 57,115.00 de acuerdo a la Declaración Jurada presentada por el representante legal del CONSORCIO VIRU MAR; y aprobar el Resumen Ejecutivo de la Iniciativa Privada. Que, con Ofi cio Nº 1335-2008-GRLL/CR-S, de fecha 17 de enero del año 2008, se envía a la Presidencia Regional el Acuerdo Regional Nº 068-2008-GR-LL/CR para su promulgación. Que, dentro del plazo de ley y de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 62º del Reglamento Interno del Consejo Regional, el Presidente del Gobierno Regional La Libertad, mediante Oficio N° 017-2009-GRLL-PRE observa el Acuerdo Regional Nº 068-2008-GR-LL/CR. Que, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional se reunió y emitió dictamen sobre las observaciones formuladas al mencionado Acuerdo Regional, dentro del plazo establecido en el cuarto párrafo del Artículo 60º del acotado Reglamento Interno, planteando un texto sustitutorio, modifi cando el ITEM IX: Elementos esenciales del proyecto de contrato del Resumen Ejecutivo en el Artículo Primero del mencionado Acuerdo Regional observado por la Presidencia Regional del Gobierno Regional La Libertad.