TEXTO PAGINA: 22
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de mayo de 2010 419140 Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Modifi car la Resolución Rectoral Nº 02870-R-09 de fecha 25 de junio del 2009, en el extremo de incluir el resolutivo según se indica: Agregar como 8vo. Resolutivo según el texto que se indica: 8º Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Quedando vigente todo lo demás que ella contiene Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese LUIS FERNANDO IZQUIERDO VASQUEZ Rector 494873-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aprueban modificación del Cuadro para Asignación de Personal de la Gerencia Subregional Luciano Castillo Colonna y de la Sede Central del Gobierno Regional Piura ORDENANZA REGIONAL N° 185-2010/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralización – Ley N° 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867, sus modifi catorias – Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28961; Ley N° 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cado por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Nº 27680, establece, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192° en su inciso 1., establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35° de la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, en el literal a) del artículo 15° establece que son atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, con Ordenanza Regional N° 118-2006/GRP-CR, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 30 de diciembre de 2006, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la Sede, Gerencias Sub Regionales, y Centros de Servicios del Gobierno Regional Piura, en sus respectivos formatos y anexos; Que, con Ordenanza Regional N° 113-2007/GRP-CR, del 05 de setiembre de 2007 se suprime el término “vacante” del Formato N° 01 del Cuadro para Asignación de Personal de la Sede, Gerencias Sub Regionales y Centros de Servicios del Gobierno Regional Piura, aprobado con Ordenanza Regional N° 118-2006/GRP-CR; Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 297-2009/ GOB.REG.PIURA-PR del 30 de abril de 2009, se resuelve autorizar la modifi cación presupuestaria, entre unidades ejecutoras, en el nivel funcional programático del Presupuesto Institucional del Pliego 457: Gobierno Regional Piura, para el año Fiscal 2009, de acuerdo al detalle de los anexos Nros. 01 y 02, a nivel de Fuente de Financiamiento, Función, Programa Funcional, Sub Programa Funcional, Programa, Actividad/ Proyecto y Genérica del Gasto; luego, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 328-2009/GRP-PR del 14 de mayo de 2009, se autoriza la transferencia de la plaza presupuestada, cargo N° 007, Técnico Administrativo II; Secretaría del Consejo Regional, cargo previsto en el CAP y debidamente provisto en la Sede Regional – Unidad Ejecutiva N° 001 (Formato N° 1); Que, la acción administrativa de transferencia de personal se encuentra regulada en el Decreto Legislativo N° 276, Ley N° 27557, artículos 84° y 85° del Decreto Supremo N° 005-90- PCM, artículo 13° inciso c) del Decreto Supremo N° 018-85- PCM y Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP; Que, el artículo 16° del Decreto Supremo N° 043-2004, establece en forma clara y precisa las causales que habilitan a las entidades de la Administración Pública a modifi car el Cuadro para Asignación de Personal, entre otras, por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación del Presupuesto Analítico de Personal – PAP; y de conformidad al inciso c) de este artículo la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, mediante Informe N° 085-2009/GRP- 410300, en armonía con el estado situacional respecto al trámite, recomienda QUE ES CONVENIENTE EXPEDIR LA Ordenanza Regional que ofi cialice la modifi catoria del caso; Que, con Informe N° 099-2009/GRP-401200 del 30 de junio de 2009, la Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna”, solicita la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal de la Gerencia Sub Regional a fi n de que se incluya el cargo estructural de Técnico Administrativo II y legitimar la transferencia de dicha plaza de la Sede Central del Gobierno Regional Piura a la Gerencia Sub Regional; Que, con Informe N° 1437-2009/GRP-460000 del 05 de agosto de 2009, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal respecto al trámite del presente proyecto de Ordenanza Regional, y la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional cumple con alcanzar la propuesta de modifi catoria de CAP; siendo ratifi cado por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 178- 2010/GRP-460000 del 28 de enero de 2010 que concluye dando opinión favorable para la aprobación de la modifi cación del CAP de la Sede Central del Gobierno Regional Piura y de la Gerencia Sub Regional Luciano Castillo Colonna, debiéndose continuar con el trámite correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria N° 06-2010, de fecha 19 de abril de 2010, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; Ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL – CAP DE LA GERENCIA SUB REGIONAL LUCIANO CASTILLO COLONNA Y DE LA SEDE CENTRAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA Artículo Primero.- Aprobar, la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna” y de la Sede Central del Gobierno Regional Piura, con vigencia a la fecha de emisión de la Resolución Ejecutiva Regional N° 297-2009/GOB. REG.PIURA-PR, la cual autoriza las Notas para Modifi cación Presupuestaria, derivada de la Transferencia de Personal del cargo N° ORDEN: 007, denominación: Técnico Administrativo II, Código 457-02-20-AP, Clasifi cación: SP–AP. Total: 1 y situación de cargo: Ocupada 1, contenido en el FORMATO N° 1, Página 1, Resumen Cuantitativo: Total Ocupados: 270. Total Previstos: 131. Total General: 401 – Formato 2 (Página N° 33); a la Ofi cina Sub Regional de Asesoría Legal de la Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna”, con el N° ORDEN 9, Formato N° 1, página 2. Formato 2: Resumen Cuantitativo: Total Ocupados: 56, Total Previstos: 08. Total General 64; conforme a los cuadros que en anexo adjunto al presente, forman parte de esta Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.