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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de mayo de 2010 419148 denominado “Schedule”, los mismos que requieren ser suscritos previamente con las entidades fi nancieras de los Estados Unidos de América y/o internacionales con las cuales se celebran operaciones de cobertura de riesgos; Que, conforme al artículo 1º del acotado Decreto Supremo, mediante Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas se determinan las entidades fi nancieras de los Estados Unidos de América y/o internacionales con las cuales se suscribirá el indicado acuerdo marco y su anexo; Que, en el marco de lo dispuesto en el mencionado artículo 1º, se emitieron las Resoluciones Ministeriales Nºs 169-2005-EF/75, 463-2005-EF/75 y 499-2006-EF/75, en mérito a las cuales la República del Perú ha suscrito el indicado acuerdo marco y su anexo con el BNP Paribas, el Citibank N.A., el Deutsche Bank AG, el JP Morgan Chase Bank y Dresdner Bank AG, entre otros; Que, asimismo, mediante la Resolución Ministerial Nº 654-2007-EF/75, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 207-2008-EF/75, se designó a Merrill Lynch Capital Services, Inc., entre otras, a suscribir el ISDA Master Agreement y su anexo con la República del Perú; Que, producto de la crisis fi nanciera internacional, el banco de inversión Merrill Lynch & Co. Inc., incluidas sus afi liadas, fue adquirido por el BANK OF AMERICA, N.A., culminando dicho proceso el 1 de enero de 2009; Que, el BANK OF AMERICA, N.A. ha manifestado su interés en suscribir el ISDA Master Agreement y su anexo denominado “Schedule”, a fi n de celebrar operaciones de cobertura con la República del Perú, y ha considerado conveniente resolver el acuerdo marco y su anexo suscrito el 31 de octubre de 2007, entre la República del Perú y Merrill Lynch Capital Services, Inc.; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 y su modifi catoria, Ley del Poder Ejecutivo, y por el Decreto Supremo Nº 020-2005-EF y su modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- El BANK OF AMERICA, N.A. suscribirá el International Swap Dealers Association Inc. (ISDA) Master Agreement (versión 1992) y su anexo denominado “Schedule”, cuyos textos fueron aprobados mediante Decreto Supremo Nº 020-2005-EF y su modifi catoria. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 495575-1 EDUCACION Aprueban “Normas para la Organización y Desarrollo de la VII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2010” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0030-2010-ED Lima, 14 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0180–2004–ED, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 0178-2005-ED, se instituye la Olimpiada Nacional Escolar de Matemática como espacio que permite a los alumnos de las Instituciones de Educación Básica Regular-Secundaria del país contrastar sus aprendizajes en esta ciencia, con lo cual se estimula el estudio de la matemática, se promueve el desarrollo de jóvenes talentos, se fomenta el trabajo en equipo y se propicia la sana competencia, el compañerismo y, la amistad entre los participantes; Que, con la fi nalidad de implementar la “Movilización por los Aprendizajes” establecida en el literal e) del numeral 1 del capítulo VIII de la”Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2010, en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico-Productiva”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 0341-2009-ED, el Ministerio de Educación, entre otras actividades, ha previsto la realización de la VII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática. Que, en ese sentido, estando a lo opinado por la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular mediante Informe Nº 018-2010-DES/DIGEBR y en atención a los considerandos precedentes, resulta necesario regular la organización y desarrollo de la VII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2010; De conformidad con la Ley Nº 28044, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006 -2006 -ED y sus normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las “Normas para la Organización y Desarrollo de la VII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2010”, que en Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular, para que a través de la Dirección de Educación Secundaria, efectúe las coordinaciones con las Direcciones Regionales de Educación y demás instancias de gestión educativa descentralizadas, para la difusión, supervisión y adecuado cumplimiento de las normas aprobadas en el artículo precitado. Artículo 3º.- La presente Resolución y el Anexo correspondiente, serán publicados en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación www. minedu.gob.pe., en la misma fecha de la publicación ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Viceministro de Gestión Pedagógica 495509-1 PRODUCE Declaran improcedente solicitud de autorización de incremento de flota presentada por Pesquera Diamante S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 193-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 23 de marzo del 2010 Visto : Los escritos con Registro Nº 00020111 de fecha 27 de marzo de 2006, Nº 00009416-2009 de fecha 05 de febrero de 2009 y 00020111-2009-6 de fecha 20 de mayo, 00020111-2009-7 de fecha 21 de mayo de 2009, 00020111-2009-8 de fecha 08 de setiembre de 2009, 00020111-2009-9 de fecha 10 de noviembre de 2009, presentados por PESQUERA POLAR S.A. y como sucesora procesal por PESQUERA DIAMANTE S.A. CONSIDERANDO : Que, mediante Resolución Ministerial Nº 524-97-PE, de fecha 07 de octubre de 1997, se otorgó a CORPORACION DEL MAR S.A., permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada CARACOL con matrícula Nº CO-15313-PM y 314.38 m3 de volumen de bodega, con RSW como sistema de preservación a bordo, equipada con red de cerco de 1 ½ pulgada (38 mm) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción de los recursos hidrobiológicos jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que, con Resolución Directoral Nº 140-2003- PRODUCE/DNEPP del 28 de mayo del 2003, la administración reconoce a favor de CORPORACION DEL