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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2010 (19/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 34

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de mayo de 2010 419160 N.° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de las facultades otorgadas por el inciso u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto las designaciones como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de Cobranza Coactiva de las siguientes Intendencias Regionales, a los señores abogados que a continuación se indican: - INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA Jenny Mercedes Salas Zaraus - INTENDENCIA REGIONAL ICA Álvaro Manuel Montesinos Corro - INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD Pedro Ernesto Quinde Jaramillo Artículo 2°.- Designar como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de Cobranza Coactiva de las siguientes Intendencias Regionales, a los señores abogados que a continuación se señalan: - INTENDENCIA REGIONAL ICA Jennifer Karina Del Carpio Maraza - INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD Emiliano Wilfredo Ulloa Vásquez Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 494575-1 Dejan sin efecto designación de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 1431 Tacna, 10 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el primer párrafo del Art. 114° del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, y sus modifi catorias; en concordancia con el segundo párrafo del Art. 6° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT, el Ejecutor Coactivo actuará en el Procedimiento de Cobranza Coactiva con la colaboración de los Auxiliares Coactivos. Que, el artículo 4° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT establece que el Intendente de la Aduana Marítima del Callao, Intendente de la Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación de la Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, los Intendentes de las Aduanas Desconcentradas y los Intendentes Regionales de la SUNAT; están facultados para designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas intendencias. Que mediante Resolución de Intendencia N° 172- 3G0000/2009-000473 del 25 de Marzo del 2009, publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 04 de Abril del 2009, se designó al servidor CABRERA ZAPANA ANDRES FLORENTIN en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna. Que, por necesidad del servicio es necesario dejar sin efecto la designación del servidor CABRERA ZAPANA ANDRES FLORENTIN en el cargo de Auxiliar coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna. Por lo expuesto, en uso de las facultades contenidas en el Código Tributario y el Reglamento del procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la designación del servidor CABRERA ZAPANA, ANDRES FLORENTIN en el cargo de Auxiliar coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO BARRERA TELLO Intendente Intendencia de Aduana de Tacna 494579-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 1631 Tacna, 17 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en el primer párrafo del artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135- 99-EF y sus modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT; y lo señalado en el numeral 5.4.2 de la Circular Nº 009- 2005-SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la servidora GODINEZ AGUILAR MIRTHA MARIA como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO BARRERA TELLO Intendente Intendencia de Aduana de Tacna 494581-1