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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de mayo de 2010 419311 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 497434-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO Nº 113-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29467 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2010, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente; así como rehabilitar la infraestructura pública; Que, el literal b) del primer párrafo de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29467, establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es responsable por el adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7° de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01- Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29467- Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, señala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como, de solicitarlos a fi n de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos fi nancieramente; Que, en aplicación de lo antes señalado, el Instituto Nacional de Defensa Civil, a través de los Informes Técnicos Nºs 001-2010-INDECI/DNPE/EPEFT y 001- 2010-INDECI/14.0, ha determinado que es procedente solicitar la incorporación de recursos hasta por la suma de NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 99 556,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente al Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho para ser destinados al alquiler de maquinaria pesada para la recuperación de la transitabilidad de la infraestructura vial vecinal afectada por las lluvias intensas producidas durante el mes de enero del año en curso; Que, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fi n de moderar los efectos contraproducentes tanto en la población como en la economía nacional, incorporando para el efecto recursos por la suma de NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 99 556,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, en cumplimiento de la Directiva Nº 002- 2010-EF/68.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 011-2010-EF/15; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29467 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 y el artículo 45° de la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 99 556,00) para atender acciones de emergencia, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 99 556,00 --------------- TOTAL EGRESOS 99 556,00 ======== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil FUNCION 05 : Orden Público y Seguridad PROGRAMA FUNCIONAL 016 : Gestión de Riesgos y Emergencias SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0036 : Atención Inmediata de Desastres ACTIVIDAD 077985 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 99 556,00 --------------- TOTAL EGRESOS 99 556,00 ======== Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para