Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2010 (22/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de MORDAZA de 2010

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 084-2003GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR, de fecha 07 de marzo del 2003, se otorgo permiso de pesca a los armadores MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "JESUS DEL CARMEN" de matricula TA-4300-CM, de arqueo neto 24.70 y de 102.80 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1/2 y 1 1/2 pulgadas (13 y 38 mm) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 683-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 03 de septiembre del 2009, se declaro la caducidad del permiso de pesca, entre otros, a la embarcacion pesquera "JESUS DEL CARMEN" de matricula TA-4300-CM, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa; Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, de fecha 05 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy), y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano; Que, a la fecha, la embarcacion pesquera "JESUS DEL CARMEN" de matricula TA-4300-CM de 102.80 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE cuyo permiso de pesca se encuentra vigente para los recursos anchoveta y sardina para consumo humano directo y el recurso anchoveta para consumo humano indirecto; Que, mediante los escritos del visto, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA ECA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitan cambio de titular del permiso de pesca y autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la embarcacion pesquera en estado operativo "JESUS DEL CARMEN" de matricula TA-4300-CM de capacidad de bodega de 102.80 m3, sustentando su derecho de propiedad sobre la citada embarcacion a traves del Certificado Compendioso de Dominio de fecha 11 de marzo del 2010, expedido en la MORDAZA Registral Nº I ­ Sede MORDAZA, y adjuntando entre otros requisitos, el PreContrato de Construccion de Embarcacion Pesquera y MORDAZA simple del Certificado de Matricula; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge YOLANDAAYALA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA ECA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han cumplido con presentar los requisitos establecidos en los Procedimientos Nº 07 y 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion para el cambio de titular del permiso de pesca y autorizacion de incremento de flota de embarcacion pesquera en el ambito maritimo por sustitucion de embarcacion en estado operativo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; por lo que resulta procedente el cambio de titular del permiso de pesca y la autorizacion de incremento de flota via sustitucion solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 246-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;

Articulo 1º.- Aprobar a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA ECA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "JESUS DEL CARMEN" de matricula TA-4300-CM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere al Articulo 1º de la presente Resolucion debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinadas al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Aprobar a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA ECA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion de incremento de flota via sustitucion en estado operativo de la embarcacion pesquera "JESUS DEL CARMEN" de matricula TA-4300-CM, otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 084-2003-GOB.REG.PIURA/DIREPE-DR, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo y el recurso anchoveta para consumo humano indirecto, de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 4º.- La autorizacion otorgada en el articulo 3º, tendra vigencia por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la fecha de su notificacion, pudiendo ampliarse el plazo por veinticuatro (24) meses adicionales improrrogables, la referida ampliacion debe ser solicitada dentro del plazo original; y declarada, expresamente, por el Ministerio de la Produccion. Vencido el plazo inicial, o la prorroga, la autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho, en caso de no haberse verificado la construccion total de la embarcacion, mediante Resolucion Directoral se declarara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada. Asi mismo, sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion excediendo la capacidad de bodega autorizada o con caracteristicas diferentes a las que la sustentaron. Articulo 5º.- Ejecutada la autorizacion de incremento de flota, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA ECA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, deberan solicitar el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo de (01) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de construccion. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caduca en pleno derecho. Mediante Resolucion Directoral se declarara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada. Articulo 6º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "JESUS DEL CARMEN" de matricula TA-4300-CM otorgado a los senores MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a traves de la Resolucion Directoral Nº 084-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR. Articulo 7º.- Incorporar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA ECA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como los nuevos titulares del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "JESUS DEL CARMEN" de matricula TA-4300-CM, asi como la presente Resolucion en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE, excluyendo a los senores MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA consignado en dicho anexo. Articulo 8º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas

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