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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 24 de mayo de 2010 419450 ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección por la causal de de proveedor único de bien que no admite sustituto, para la adquisición del inmueble ubicado en Calle Manuel Tovar Nº 255 (Unidad Inmobiliaria Nº 1, Departamento A; Unidad Inmobiliaria Nº 2, Departamento B y Unidad Inmobiliaria Nº 3, Departamento C) y Calle Manuel Tovar Lote Nº 2 Manzana 68, Urbanización Santa Cruz - Mirafl ores, considerando un precio no mayor a US$875,000.00 (OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) o su equivalente en moneda nacional ascendente a S/. 2´485,875.00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo Segundo.- APROBAR la adquisición del inmueble indicado en el artículo precedente, el cual será destinado para el funcionamiento de la Casa del Adulto Mayor para la atención de los vecinos de las zonas 1, 2 y 3 del distrito; adquisición que se afectará a la Fuente de Financiamiento 2 - Recursos Directamente Recaudados, en la Específi ca de Gasto 2.6.12.14. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Logística, la realización de la contratación exonerada de acuerdo al procedimiento establecido en artículo 135º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; así como su publicación y registro en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General se comunique el presente Acuerdo a la Contraloría General de la República, con copia al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad; así como se disponga su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitido. Regístrese, comuníquese y cúmplase MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 497167-1 Expresan reconocimiento póstumo a ex alcalde del distrito y proponen a la Municipalidad Metropolitana de Lima la variación de nombre de circuito de playas de la Costa Verde por el de “Corredor Ribereño Ernesto Aramburú Menchaca” ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-2010-MM Mirafl ores, 17 de mayo de 2010 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Título Preliminar, artículo II señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la actual administración municipal tiene entre sus objetivos promover y difundir la memoria de aquellos ciudadanos, cuya invalorable actividad ha aportado muy importantes avances a la ciudad de Mirafl ores; Que, don ERNESTO ARAMBURÚ MENCHACA, ex Alcalde de Mirafl ores, creador e impulsor del Circuito de Playas de la Costa Verde, estudió en el Colegio La Salle y después en la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI), donde se tituló de Ingeniero-Arquitecto, perteneció a la Sociedad de Ingenieros del Perú y al Instituto de Planifi cación del Perú; ocupó además del cargo de Alcalde de Mirafl ores, otros cargos públicos como Director de Obras, Teniente Alcalde y Concejal en las Municipalidades de Lima Metropolitana, Jesús María y Pueblo Libre; Que, don ERNESTO ARAMBURÚ MENCHACA, es poseedor de un gran prestigio profesional que ha trascendido fronteras, siendo reconocido por el ex Presidente, Fernando Belaúnde Terry, como el “Padre de la Costa Verde”; Que, don ERNESTO ARAMBURÚ MENCHACA fue autor de importantes proyectos entre los que destacan: el denominado Circuito de Playas de la Costa Verde, en el que entregó gran parte de su vida, tanto en tiempo y dedicación, como en esfuerzos económicos, solventando pruebas y estudios que pudieron demostrar su factibilidad y que hoy en cuanto a su aspecto vial es una realidad y en algunos años será el nuevo frente de la ciudad, pues como el decía: “Lima le da la espalda al mar”; asimismo destacan la Vía Expresa del Paseo de la República, los puentes Santa Rosa y Ricardo Palma, las Ciudades Satélites de Ciudad de Dios, Ventanilla, Puente Piedra y Vitarte; Que, en el sector privado desarrolló múltiples proyectos de grandes urbanizaciones como Canto Grande, Huachipa, edifi cios comerciales y de viviendas; residenciales, particulares, iglesias y establecimientos industriales; así como las torres de Panamericana Televisión y Radio América Canal 4; Que, don ERNESTO ARAMBURÚ MENCHACA ha recibido diversos reconocimientos tales como: Medalla de Oro, otorgada por la Municipalidad Provincial de Lima, Medalla de Oro, otorgada por las Municipalidades de Magdalena, Mirafl ores y San Isidro; asimismo ha merecido el reconocimiento con diferentes Órdenes al Mérito, entre las cuales se encuentra la Medalla El Sol de Oro, en el grado de Comendador y la Orden al Mérito de la Guardia Civil; Que, el caso del arquitecto e ingeniero, don ERNESTO ARAMBURÚ MENCHACA representa un importante hito en el desarrollo de la ciudad de Lima y Mirafl ores en los últimos cincuenta (50) años, que debe ser destacado para conocimiento de las generaciones presentes y futuras, como ejemplo de vida al servicio de la ciudadanía; Que, de acuerdo al Sistema Vial Metropolitano, aprobado por Ordenanza N° 341-MML, el denominado Circuito de Playas de la Costa Verde está catalogado como una Vía Metropolitana, que es de competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima, correspondiéndole, por tanto, la modifi cación de la nomenclatura de dicha vía; En uso de las facultades conferidas por los Numerales 3) y 4) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha adoptado el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- EXPRESAR el reconocimiento póstumo al arquitecto, don ERNESTO ARAMBURÚ MENCHACA, Ex - Alcalde del distrito de Mirafl ores, como una justa y merecida gratitud por su destacada trayectoria como profesional en el campo de la arquitectura e ingeniería y su contribución en el desarrollo del proyecto de la Costa Verde. Artículo Segundo.- PROPONER a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la variación del nombre de la Vía Metropolitana denominada Circuito de Playas de la Costa Verde por el de “CORREDOR RIBEREÑO ERNESTO ARAMBURÚ MENCHACA”, en homenaje a tan ilustre mirafl orino y ciudadano limeño, quien consagró su vida al desarrollo arquitectónico y urbano de la ciudad de Lima Metropolitana. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Secretaría General. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 497185-1