Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2010 (24/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, lunes 24 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

419447

(ingresantes) - Actual Derecho de Pago S/, 800,00, Propuesta S/, 800,00, y, en lo que respecta a Pension Mensual de Residentado Medico: Actual Derecho de Pago S/, 100,00, - Propuesta S/, 400,00; Que el expediente cuenta con el Informe emitido por la Oficina Central de Asesoria Juridica Nº442-2010-OCAJ; Que, mediante Oficio Nº256-2010-VRADM, el senor Vicerrector Administrativo informa que habiendose emitido los informe tecnicos por parte de las Oficinas Centrales de Administracion y de Planificacion, su Despacho emite opinion favorable para que se efectue la modificatoria del Texto en mencion, en los terminos propuestos; Que, por las consideraciones expuestas, el mencionado organo de gobierno acordo autorizar la emision de la resolucion que modifique el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de nuestra Universidad especificamente, en lo que se refiere a la Matricula de Residentado Medico y Pension Mensual del Residentado Medico, solicitados por la Facultad de Medicina Humana, en los que se ha tenido en cuenta las disposiciones legales establecidas en el D.S. Nº079-2007-PCM, y contiene la base legal de conformidad con el MORDAZA parrafo del Articulo 6º de la citada Ley; Que, de acuerdo a lo previsto en el Articulo 38º numerales 38,1, 38,2, 38,3, 38,4, 38,5, 38,6, y la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; en uso de las atribuciones que confieren al Rector la Ley Universitaria Nº23733 y el Estatuto de la Universidad y, estando a lo acordado por el Consejo Universitario; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar la modificacion de la Resolucion Nº452008-CU, de fecha 17 de junio de 2008, en el extremo

denominado Seccion II - Unidad Organica: Facultades, correspondiente a los desagregados del Procedimiento Nº 27: Derecho de Pago por Matricula (ingresantes) y Pension Mensual de Residentado Medico, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. 2º.- Aprobar la modificacion de las tasas educativas de los derechos de tramite para los del Procedimiento Nº27 correspondiente a la Seccion II ­ Unidad Organica: Facultades, que como anexo en un folio forma parte de la presente resolucion. 3º.- Disponer, que la Oficina Central de Planificacion, se encargue de la difusion de la presente resolucion, remitiendo este a las correspondientes unidades organicas de la universidad, para su aplicacion y publicacion en lugares visibles y de facil acceso a los usuarios, bajo responsabilidad. 4º.- Autorizar, a la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial publique la presente resolucion, en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con el Art. 17º Acapite 17.1, del D. S. 079-2007-PCM. 5º.- Recomendar, al Organo de Control Institucional realice el seguimiento y brinde el apoyo necesario para el cumplimiento de la presente resolucion en aplicacion de lo dispuesto por el Art. 20º del D. S. 079-2007-PCM. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA VILLENA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General (e)

ANEXO DE LA RESOLUCION Nº 7-2010-CU PLIEGO: 523 U.N. MORDAZA MORDAZA GALLO CALIFICACION N° DE ORDEN DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS Base legal DERECHO DE PAGO EVALUACION AUTOMATICO POSITIVO NEGATIVO NO REGULADO AUTORIDAD DEPENDENCIA AUTORIDAD QUE QUE QUE SE INICIA APRUEBA EL RESUELVE EL TRAMITE TRAMITE EL RECURSO IMPUGNATIVO

I I.- UNIDAD ORGANICA: FACULTADES 27 MATRICULA RESIDENTADO MEDICO Y TITULACION Derecho de Pago por Matricula (Ingresantes) Pension Mensual Articulo 29 y 30 de la Ley Nº27444 800 400 5 dias Mesa de Partes Seccion de Postgrado Decano

496872-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 044-2010-GRA/PR-GGR VISTO: El Expediente Nº 067-2009-GRA/OOT, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado, de un terreno MORDAZA de 375.07 m2, ubicado entre el AA.HH. Nueva Alborada y AA.HH. Texas 2000 del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el articulo 62º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el inc. b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion

de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA, las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, el articulo 38º del Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, senala: "Articulo 38º.- Del procedimiento de aprobacion La primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolucion que dispone la primera inscripcion de dominio del predio del Estado, debera publicarse por unica vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentre el predio. La inscripcion de los bienes del Estado de dominio publico y de dominio privado se efectuara en el Registro de Predios a favor del Estado". Que, de conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Derogatoria del

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