Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2010 (24/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, lunes 24 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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resolucion, debera contratar como minimo un treinta por ciento (30%) de tripulantes peruanos, sujetandose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables conforme a la legislacion nacional. Articulo 7º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, sera causal de caducidad de los derechos otorgados o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca y su Reglamento. Articulo 8º.- La Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, efectuara las acciones correspondientes a efecto de vigilar el cumplimiento de los derechos administrativos otorgados a traves de la presente resolucion; debiendo informar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, para las acciones a que MORDAZA lugar. Articulo 9º.- La Autoridad Portuaria Nacional, a solicitud de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, impedira que la embarcacion a que se refiere el Articulo 1º abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vigencia de su permiso de pesca, registrara alguna obligacion pendiente frente al Ministerio de la Produccion, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente resolucion. Articulo 10º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 497414-7

Otorgan autorizacion de incremento de flota a favor de personas naturales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 255-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2010 Visto los escritos de registro Nº 00071536-2009, de fechas 10, 11 y 16 de setiembre, 10 de noviembre del 2009 y 20 de enero de 2010, presentados por los senores MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA PUICAN y senora MORDAZA URCIA DE ARROYO; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 045-99-PRE/ P, de fecha 10 de junio de 1999, se otorgo al armador MORDAZA MORDAZA PUICAN y Sra. permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional MORDAZA MORDAZA con matricula PL-2127-BM, de 35.00 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto, siendo este MORDAZA a traves de la Resolucion Directoral N° 2812003-PRODUCE de fecha 11 de setiembre de 2003 para la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo; Que, mediante Resolucion Directoral N° 046-99-PRE/ P de fecha 10 de junio de 1999, se otorgo al armador MORDAZA MORDAZA PUICAN permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional WILLY MORDAZA con matricula PL-6057-CM de 34.00 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto, siendo este MORDAZA a traves de la Resolucion Directoral N° 4262003-PRODUCE/DNEPP de fecha 27 de noviembre de 2003, para la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo; Que, mediante Resolucion Directoral N° 043-2004PRODUCE/DNEPP de fecha 23 de enero de 2004, se

otorgo al senor MORDAZA MORDAZA PUICAN y a su conyuge MORDAZA URCIA DE MORDAZA, autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega de las embarcaciones pesqueras MORDAZA MORDAZA de matricula PL-2127-CM de 35 m3 y WILLY MORDAZA de matricula PL-6057-CM de 34 m3, para la construccion de una nueva embarcacion pesquera de 69 m3 de capacidad de bodega, para el acceso a la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa unicamente para el consumo humano directo, utilizando redes de cerco con tamano minimo de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) respectivamente, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, y fuera de las diez (10) millas de la costa para la extraccion de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 032-2006PRODUCE de fecha 06 de febrero de 2006, se declaro, entre otras, que la Resolucion Directoral N° 043-2004PRODUCE/DNEPP de fecha 23 de enero de 2004, expedida por la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, ha sido emitida en agravio de la legalidad administrativa vigente y el interes publico, al MORDAZA de lo establecido en el articulo 11° de la Ley N° 27584; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 033-2006PRODUCE de fecha 06 de febrero de 2006, se autorizo a la Procuradora Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, para que en defensa de los intereses del Estado, asi como, en su nombre y representacion interponga las acciones legales y judiciales a fin que se declare la nulidad, entre otras, de la Resolucion Directoral N° 043-2004-PRODUCE/DNEPP, asi como de todos los actos administrativos vinculados a MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 169-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 16 de MORDAZA de 2006, se declaro IMPROCEDENTE la solicitud de permiso de pesca, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA PUICAN y su conyugue MORDAZA URCIA DE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-22258­CM, y 69.23 m3 de capacidad de bodega en la extraccion de los recursos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, en atencion a las Resoluciones Ministeriales N° 032-2006-PRODUCE y N° 033-2006PRODUCE de fecha 06 de febrero del 2006; Que, mediante Resolucion Directoral N° 193-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 07 de junio de 2006, en estricto cumplimiento de la Medida Cautelar y bajo responsabilidad del Primer Juzgado Mixto del Modulo Basico de Chulucanas, segun lo ordenado a traves de la Resolucion Numero UNO del 28 de MORDAZA de 2006 y precisado con relacion a los recursos hidrobiologicos a extraer por Resolucion Numero CINCO de fecha 02 de junio de 2006, Expediente N° 2006-0050-24-2012-JMCI-01, se otorgo permiso de pesca favor de MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA PUICAN para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA MORDAZA de matricula PL-22258-CM y con 69 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo; Que, mediante Resolucion Directoral N° 074-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 05 de febrero de 2007, en estricto cumplimiento del mandato judicial contenido en la Resolucion Numero CINCO de fecha 18 de setiembre de 2006, emitido por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en el Expediente N° 03142006-1 (2006-0050-40-2012-JM-CI-01), se dejo sin efecto en todos sus extremos la Resolucion Directoral N° 1932006-PRODUCE/DGEPP de fecha 07 de junio de 2006; y asimismo, se levanto la suspension de los permisos de pesca de la embarcacion MORDAZA MORDAZA con matricula PL-2127-BM de 35 m3 de capacidad de bodega otorgado por Resolucion Directoral N° 045-99-PRE/P de fecha 10 de junio de 1999 y ampliada por Resolucion Directoral N° 281-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de setiembre de 2003 y de la embarcacion WILLY MORDAZA con matricula PL-6057-CM de 34 m3 de capacidad de bodega otorgado por Resolucion Directoral

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