Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2010 (24/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 24 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

419449

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de inmueble por causal de proveedor unico de bien que no admite sustituto
ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2010-MM Miraflores, 17 de MORDAZA de 2010 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos, asi como el desarrollo integral de su jurisdiccion; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el literal e) del articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 1017 y el articulo 131º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento respectivamente, senalan que estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen cuando exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos. En los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; Que, asimismo, el articulo 21º de la mencionada ley establece que las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante Acuerdo del Concejo Municipal, segun corresponda, en funcion a los informes tecnico y legal previos que obligatoriamente deberan emitirse; Que, en tal sentido, la Gerencia de Desarrollo Social mediante Memorandum Nº 583-2010-GDS/MM e Informe Nº 025-2010-GDS/MM de fechas 19 de MORDAZA de 2010 y 2 de marzo de 2010 respectivamente, solicito la adquisicion de un inmueble ubicado en las zonas 1, 2 y 3 del distrito de Miraflores, con el objetivo de mejorar la atencion de aproximadamente 3,900 vecinos residentes de dichas zonas, por lo que cumple con senalar las especificaciones tecnicas, caracteristicas de dicho inmueble y beneficios (viabilidad institucional, viabilidad sociocultural, bienestar social y salud) del mismo; Que, asimismo, mediante Informe Nº 314-2010SL/GAF/MM, la Subgerencia de Logistica, concluye que habiendo justificado tecnicamente la Gerencia de Desarrollo Social, la necesidad de adquirir el inmueble ubicado en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 255 y 265, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA - Miraflores, solicita la aprobacion para ejecutar la adquisicion del referido inmueble, exonerandolo del MORDAZA de seleccion correspondiente, hasta por un monto de $ 875,000.00 DOLARES AMERICANOS o su equivalente en moneda nacional, por la causal de bien que no admite sustituto y proveedor unico; Que, de conformidad con los argumentos expuestos y los dispositivos legales precitados, la Gerencia

de Desarrollo Social y la Subgerencia de Logistica respectivamente, han emitido documentos que han cumplido con justificar la procedencia de la adquisicion del citado inmueble; asi como cumple con sustentar la necesidad de la exoneracion del MORDAZA de seleccion; Que, mediante Carta S/N de fecha 26 de marzo de 2010 y Carta Externa Nº 15078-2010 de fecha 5 de MORDAZA de 2010, el Gerente General de Las Cumbres Sociedad Inmobiliaria SAC, remitio ­entre otros­ su propuesta economica de los inmuebles ubicados en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 255 y 265 ­ Miraflores (area de terreno de 1,250 metros cuadrados), por un monto de $875,000.00 (OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS) o su equivalente en moneda nacional ascendente a la suma de 2´485,875.00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, con Memorandum de fecha 21de MORDAZA de 2010, la Subgerencia de Planificacion MORDAZA emite su opinion tecnica, en la cual manifiesta ­entre otros puntos­ que es conveniente la adquisicion del inmueble para los fines propuestos, respetando los parametros urbanisticos y edificatorios propios de la zona; Que, con Memorandum de fecha 26 de MORDAZA de 2010, la Subgerencia de Finanzas emite su informe economico, en el cual senala ­entre otros aspectos­ que la adquisicion que se pretende realizar es la mas beneficiosa economicamente y se cuenta con los recursos financieros para dicho fin. Asimismo, la Gerencia de Planificacion emite la disponibilidad presupuestal ascendente a S/ 2´485,875.00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para lo cual emite el Certificado Presupuestal Nº 198-2010/MM, tomando en consideracion un MORDAZA de cambio al 22 de MORDAZA de 2010, venta del dolar S/.2.841; Que, mediante Memorandum Nº 167-2010-SCFTGSAT/MM de fecha 11 de MORDAZA de 2010, la Subgerencia de Catastro y Fiscalizacion Tributaria, remite el Informe Tecnico Nº 611-2010-SCFT-GSAT/MM, respecto a la Inspeccion Catastral realizada a los inmuebles precitados, en merito a lo cual se ha cumplido con actualizar la informacion catastral de dichos predios, adjuntandose sus respectivos reportes catastrales; Que, en las normas anteriormente senaladas se exigen dos requisitos concurrentes para que pueda proceder la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal que se propone: 1) Proveedor unico y 2) Que el bien o servicio no admita sustituto; lo cual se desprende de los informes anteriormente descritos y de las especificaciones tecnicas y/o caracteristicas minimas requeridas para dicho inmueble; Que, teniendo como sustentos los informes y/u opiniones favorables de la Gerencia de Desarrollo Social, la Subgerencia de Logistica, la Subgerencia de Finanzas, la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Subgerencia de Catastro y Fiscalizacion Tributaria, respectivamente, existiendo la respectiva cobertura presupuestal, segun informo la Gerencia de Planificacion; resulta viable la adquisicion del predio ubicado en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 255 (Unidad Inmobiliaria Nº 1, Departamento A; Unidad Inmobiliaria Nº 2, Departamento B y Unidad Inmobiliaria Nº 3, Departamento C) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lote Nº 2 Manzana 68, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA - Miraflores, a traves de la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal de proveedor unico de bien que no admite sustituto, con lo cual se estaria cumpliendo con las dos exigencias de la normativa legal, segun lo informado por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 144-2010-GAJ/ MM de fecha 29 de MORDAZA de 2010; Que, estando a lo opinado favorablemente, por la Gerencia de Desarrollo Social, la Gerencia de Planificacion, la Gerencia de Administracion y Finanzas, la Gerencia de Asesoria Juridica, la Subgerencia de Logistica, la Subgerencia de Finanzas, la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y la Subgerencia de Catastro y Fiscalizacion Tributaria; En uso de las facultades conferidas por el articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y al MORDAZA de lo regulado en el Decreto Legislativo Nº 1017 y el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF respectivamente; y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, adopto el siguiente:

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