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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2010 (26/05/2010)

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TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de mayo de 2010 419484 mintra.gob.pe, y en la página web del portal del Estado Peruano, www.peru.gob.pe/poi en la misma fecha en que se publique la presente resolución, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística e Informática. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 498613-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en FM del departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 355-2010-MTC/03 Lima, 30 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, por Resolución Viceministerial N° 086-2004- MTC/03, ratifi cada por Resolución Viceministerial N° 746-2008-MTC/03 y modifi cada por Resoluciones Viceministeriales N°(s) 069-2009-MTC/03 y 457-2009- MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), para diversas localidades del departamento de Ayacucho; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 2027-2010- MTC/28, propone la incorporación de la localidad de Ayahuanco a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Ayacucho; Que, asimismo, la citada Dirección General, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión y las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003- MTC/03 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1° de la Resolución Viceministerial N° 086-2004-MTC/03, ratifi cada por Resolución Viceministerial N° 746-2008-MTC/03 y modifi cada por Resoluciones Viceministeriales N°(s) 069-2009-MTC/03 y 457-2009-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Ayacucho, a fi n de incorporar a la localidad de Ayahuanco, conforme se indica a continuación: Localidad: AYAHUANCO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 223 92.5 230 93.9 242 96.3 250 97.9 259 99.7 278 103.5 286 105.1 294 106.7 Total de canales: 8 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modifi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 497763-1 Otorgan autorización a la asociación PROCAM para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en el distrito de Río Negro, provincia de Satipo, departamento de Junín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 357-2010-MTC/03 Lima, 07 de mayo de 2010 VISTO, el Expediente Nº 2005-000178 presentado por la asociación EQUIPO DE PROMOCION Y CAPACITACION AMAZONICA – PROCAM, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Río Negro, provincia de Satipo, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso,