Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2010 (26/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2010

Que, mediante Informe Nº 2090-2010-MTC/28 se da cuenta que en las localidades de Huari-HuantarSan MORDAZA y MORDAZA Rosa-Jesus MORDAZA del servicio de radiodifusion sonora en frecuencia modulada (FM), el numero de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias o MORDAZA disponibles, razon por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusion deberan otorgarse por concurso publico; Que, el articulo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que configurada la situacion prevista en el articulo 40º del mismo cuerpo legal, se expedira la resolucion directoral senalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad seran otorgadas por concurso publico; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion, en las bandas de frecuencias y localidades que a continuacion se detallan, seran otorgadas mediante concurso publico: Modalidad del Servicio Radiodifusion Sonora Banda Localidad FM Huari-Huantar-San MORDAZA MORDAZA Rosa-Jesus MORDAZA Departamento MORDAZA La MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VELASQUEZ-LOPEZ Director General de Concesiones en Comunicaciones Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones (e) 497773-1

MORDAZA, Ley 27308 y en el articulo 363° del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG, se establece que los beneficiarios de las concesiones, autorizaciones y permisos forestales y de fauna MORDAZA seran sujetos de sanciones administrativas por infraccion a la legislacion de la materia; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.7 del articulo 3° del Decreto Legislativo N° 1085 concordado con el articulo 25° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2010-PCM, el Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA ­ OSINFOR, ejerce potestad sancionadora en el ambito de su competencia, aplicando sanciones a los titulares de los derechos de aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, por la comision de conductas antijuridicas tipificadas como infracciones y sancionadas en la legislacion forestal vigente; Que, mediante la Resolucion Presidencial N° 021-2009OSINFOR, se aprueba el Procedimiento Administrativo Unico del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA - OSINFOR, que establece el procedimiento administrativo para determinar la responsabilidad administrativa por la comision de infracciones y conductas que constituyen causales de caducidad del derecho de aprovechamiento otorgado a traves de los contratos de concesiones, permisos y autorizaciones, contempladas en las legislacion forestal y de fauna silvestre; Que, mediante Resolucion Presidencial N° 080-2010OSINFOR, se aprueba la Escala para la Imposicion de Multas del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA - OSINFOR, en Materia Forestal; Que, segun el Informe Tecnico N° 08-2010-OSINFORDSCFFS-DSPAFFS de fecha 17 de MORDAZA del 2010, las Direcciones de Linea del OSINFOR, han determinado los "Valores para la Categorizacion de las Especies", a efectos de aplicar la Escala para la Imposicion de Multas del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA OSINFOR, en Materia Forestal, aprobada por Resolucion Presidencial N° 080-2010OSINFOR, los mismos que se detallan a continuacion: 25% 20% 10% Especies incluidas en la Convencion CITES. Especies incluidas en la Categorizacion de Especies Amenazadas de MORDAZA Silvestre. Especies que no estan incluidas en la Convencion CITES, ni listadas en la Categorizacion de Especies Amenazadas de MORDAZA Silvestre;

ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA MORDAZA
Aprueban "Valores para la Categorizacion de las Especies" a efectos de aplicar la Escala para la Imposicion de Multas del OSINFOR en materia forestal
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 100-2010-OSINFOR MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Informe Tecnico N° 08-2010-OSINFOR-DSCFFS de fecha 17 de MORDAZA de 2010 de la Direccion de Supervision de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna MORDAZA - DSPAFFS y de la Direccion de Supervision de Concesiones Forestales y de Fauna MORDAZA - DSCFFS; y el Informe Legal N 093-2010-OSINFOR/SG/OAJ de fecha 18 de MORDAZA del 2010; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Titulo IX "Control, Infracciones y Sanciones" de la Ley Forestal y de Fauna

Que, las Direcciones de Linea han disenado el "Formato para la Determinacion de Multas" que consigna los valores anteriormente indicados, a efectos de ser aplicado en los Procedimientos Administrativos Unicos ­ PAU, que se siguen ante el OSINFOR; Que, conforme a las facultades conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA ­ OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 065-2009-PCM; Con las visaciones del Director de Supervision de Concesiones Forestales y de Fauna MORDAZA, del Director de Supervision de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna MORDAZA, del Jefe (e) de la oficina de Asesoria Juridica y del Secretario General; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los "Valores para la Categorizacion de las Especies", a efectos de aplicar la Escala para la Imposicion de Multas del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA - OSINFOR, en Materia Forestal, aprobada por Resolucion Presidencial N° 080-2010-OSINFOR, los mismos que se detallan a continuacion: 25% 20% 10% Especies incluidas en la Convencion CITES. Especies incluidas en la Categorizacion de Especies Amenazadas de MORDAZA Silvestre. Especies que no estan incluidas en la Convencion CITES, ni listadas en la Categorizacion de Especies Amenazadas de MORDAZA MORDAZA

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