Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2010 (27/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2010

Que, estando por vencer el plazo de vigencia del estado de emergencia, referido en los considerandos precedentes, y subsistiendo aun las condiciones que determinaron su declaratoria en las zonas requeridas por el Gobierno Regional de MORDAZA, es necesario prorrogar el periodo del estado de emergencia, con el fin de que se continuen las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes, a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; y, En uso de las atribuciones que confiere el inciso 1) del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del estado de emergencia Prorrogar a partir del 03 de junio de 2010, el estado de emergencia en el distrito de Chinchao de la provincia de MORDAZA, asi como en la provincia de Ambo, del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, el Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y demas instituciones y organismos del Estado, dentro de su competencia, continuaran ejecutando las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas, y a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros

Que, en vista de lo MORDAZA sustentado, resulta pertinente aprobar un MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA para el Despacho Presidencial, elaborado de conformidad con la normativa vigente; Que, el numeral 38.1 del articulo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, debe aprobarse mediante Decreto Supremo del Sector al que se encuentra adscrita la respectiva Entidad; De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 29091, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM y el Decreto Supremo N° 0042008-PCM; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Despacho Presidencial, que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual incluye el Formulario de Acceso a la Informacion Publica. Articulo 2°.- Publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano. El Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA a que se refiere el articulo 1° del presente Decreto Supremo, con el Formulario de Solicitud de Acceso a la Informacion Publica, debera ser publicado en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.servicioalciudadano. gob.pe) y el MORDAZA Institucional del Despacho Presidencial (www.presidencia.gob.pe), de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 29091 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. Articulo 3º.- Derogacion Deroguese el Decreto Supremo N° 007-2004-PCM y la Resolucion Ministerial N° 181-2008-PCM. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros

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Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Despacho Presidencial
DECRETO SUPREMO N° 062-2010-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2004-PCM se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Despacho Presidencial, modificado por Resolucion Ministerial N° 181-2008-PCM; Que, durante la vigencia de dicho instrumento normativo, se aprobaron y entraron en vigencia nuevos dispositivos legales y reglamentarios que, indirectamente, afectaron su contenido, como es el caso del Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, que establecieron nuevos tramites en materia de contratacion estatal, asi como el Decreto Supremo N° 149-2007-EF, que delego en la Oficina de Normalizacion Previsional la competencia para reconocer, declarar y calificar solicitudes derivadas de los derechos pensionarios del regimen del Decreto Ley N° 20530, conservando las Entidades aquellas directamente vinculadas al pago de los beneficios pensionarios; Que, mediante Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, se aprobo un MORDAZA formato para los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos;

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Autorizan viaje del Ministro de Defensa a MORDAZA y encargan su Despacho al Ministro de Relaciones Exteriores
RESOLUCION SUPREMA N° 124-2010-PCM
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, el senor Ministro de Defensa del Peru sostendra una entrevista con el senor Ministro de Defensa Nacional de MORDAZA, durante la visita oficial que realizara a dicho pais; Que, resulta necesario para el fortalecimiento de las relaciones entre ambos paises autorizar el viaje oficial del senor Ministro de Defensa a la Republica de MORDAZA y disponer la encargatura de la cartera, mientras dure su ausencia; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos modificada por la Ley Nº 28807; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010;

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