Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2010 (27/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2010

disposiciones que les fueran aplicables conforme a la legislacion nacional. Articulo 6°.- Terminada la vigencia del permiso de pesca otorgado mediante la presente resolucion, la empresa pesquera a traves de su representante legal en el MORDAZA, debera entregar mediante declaracion jurada expresa a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la captura realizada por la embarcacion pesquera por especies y expresadas en toneladas, para fines estadisticos del Ministerio de la Produccion. Articulo 7°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Directoral, sera causal de caducidad del permiso de pesca o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Articulo 8°.- La Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, efectuara las acciones correspondientes a efecto de vigilar el cumplimiento del derecho administrativo otorgado a traves de la presente Resolucion, debiendo informar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, para las acciones a que MORDAZA lugar. Articulo 9°.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, impedira que la embarcacion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vigencia de su permiso de pesca, registrara alguna obligacion pendiente frente al Ministerio de la Produccion, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente Resolucion. Articulo 10°.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion no exime a la empresa senalada en el Articulo 1º de la presente Resolucion, de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demas dependencias de la Administracion Publica. Articulo 11°.-Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Aprueban cambio de titularidad de permisos de pesca a favor de personas naturales y juridica
RESOLUCION DIRECTORAL N° 257-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2010 Visto: El escrito de Registro N° 00025327 de fecha 31 de marzo de 2010, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA CHANCAFE MOLOCHE. CONSIDERANDO: Que, el articulo 1° del Decreto Supremo N° 004-2007PRODUCE del 20 de febrero del 2007, sustituye el articulo 9° del Decreto Supremo N° 003-98-PE, estableciendo que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley N° 26920, se efectuaran conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde.

La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asi mismo, establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Directoral N° 341-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 02 de octubre de 2003, se otorgo permiso de pesca a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "RIVERA I" de matricula N° PL-14043-CM, de Arqueo Neto 08.86 equivalente a 38.26 m3 de capacidad de bodega en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, y utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, con el escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA CHANCAFE MOLOCHE, solicitan el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "RIVERA I" con matricula N° PL-14043-CM, en virtud al procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; Que, en el expediente administrativo obra el Certificado Compendioso de Dominio de fecha 22 de marzo de 2010, expedido por la MORDAZA Registral N° II ­ Sede Chiclayo de la SUNARP, que certifica que en la Partida N° 50000272 del Registro de Propiedad de Embarcaciones Pesqueras aparece inscrito el dominio de la embarcacion pesquera "RIVERA I" con matricula N° PL-14043-CM, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA CHANCAFE MOLOCHE; Estando a lo expuesto, y atendiendo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA CHANCAFE MOLOCHE, han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE, por lo que procede otorgar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe N° 272-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA CHANCAFE MOLOCHE, el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "RIVERA I" con matricula N° PL-14043-CM, en los mismos terminos y condiciones en los que fueron otorgados, por Resolucion Directoral N° 341-2003-PRODUCE/DNEPP, con acceso a la extraccion del recurso anchoveta para consumo humano directo e indirecto. Articulo 2°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "RIVERA I" con matricula N° PL-14043-CM otorgado a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA e incorporar al senor MORDAZA MORDAZA

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