Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2010 (27/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

419579

MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA CHANCAFE MOLOCHE, como el MORDAZA titular del permiso de pesca de la citada embarcacion, asi como, la presente resolucion al Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 085-2007PRODUCE, excluyendo a los armadores los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA RIVERA. Articulo 3°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

de pagos de derechos, razon por la cual consideramos pertinente aprobar el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun informe N° 283-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. el cambio de titularidad del Permiso de Pesca de la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 5" con matricula N° PS-3633PM, con una capacidad de bodega de 211.45 m3, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado mediante R.M. N° 252-95-PE. Articulo 2°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 5" con matricula N° PS-3633-PM otorgado a la empresa PESQUERA BUENOS AIRES S.R.LTDA; e incorporar a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. como el MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 5" con matricula N° PS-3633-PM, asi como la presente Resolucion, al Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 084-2007-PRODUCE. Articulo 3°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

498544-2 RESOLUCION DIRECTORAL N° 259-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2010 Vistos los escritos de Registro N°s 00025715 de fecha 05 y 08 de MORDAZA de 2010, presentado por la Dra. MORDAZA MORDAZA BIANCHI DE LOS MORDAZA representante Legal de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N°012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, referente a la transferencia del permiso de pesca, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asi mismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 252-95-PE de fecha 16 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, a quince (15) armadores pesqueros, para operar dieciseis (16) embarcaciones pesqueras de bandera nacional en cuya relacion se encuentra la empresa PESQUERA BUENOS AIRES S.R.LTDA. armador pesquero de la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 5" de matricula N° PS-3633-PM, la cual se dedicara a la extraccion de los recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante los escritos del visto, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., representada por su Gerente Legal Dra. MORDAZA MORDAZA BIANCHI DE LOS MORDAZA, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 5" con matricula N° PS-03633-PM, para lo cual presenta los requisitos de acuerdo al procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; asi mismo, senalan que desean que se reconozca la capacidad de bodega consignada en el Certificado de Matricula; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por D.S. N° 008-2009PRODUCE, acreditandose ademas que la embarcacion "SAN MORDAZA 5" con matricula N° PS-3633-PM no cuenta con deudas pendientes de pago por concepto

498544-4 RESOLUCION DIRECTORAL N° 260-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2010 Visto: El escrito de Registro N° 00025989 fecha 06 de MORDAZA de 2010, presentado por la senorita MORDAZA MORDAZA JACINTO. CONSIDERANDO: Que, el articulo 1° del Decreto Supremo N° 004-2007PRODUCE del 20 de febrero del 2007, sustituye el articulo 9° del Decreto Supremo N° 003-98-PE, estableciendo que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley N° 26920, se efectuaran conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, establece que "(...) El permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asi mismo, establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido

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