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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2010 (27/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de mayo de 2010 419579 RIVERA y la señora MARIA GUADALUPE CHANCAFE MOLOCHE, como el nuevo titular del permiso de pesca de la citada embarcación, así como, la presente resolución al Anexo I de la Resolución Ministerial N° 085-2007- PRODUCE, excluyendo a los armadores los armadores ESTEBAN ACOSTA RIVERA y ALEJANDRO ACOSTA RIVERA. Artículo 3°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL ERNESTO CAMOGLIANO PAZOS Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 498544-2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 259-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 16 de abril del 2010 Vistos los escritos de Registro N°s 00025715 de fecha 05 y 08 de abril de 2010, presentado por la Dra. OLGA CLAUDIA BIANCHI DE LOS RIOS representante Legal de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que, el artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N°012-2001-PE, modifi cado por el Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, referente a la transferencia del permiso de pesca, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Así mismo, no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolución Ministerial N° 252-95-PE de fecha 16 de mayo de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, a quince (15) armadores pesqueros, para operar dieciséis (16) embarcaciones pesqueras de bandera nacional en cuya relación se encuentra la empresa PESQUERA BUENOS AIRES S.R.LTDA. armador pesquero de la embarcación pesquera “SAN LORENZO 5” de matrícula N° PS-3633-PM, la cual se dedicará a la extracción de los recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante los escritos del visto, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., representada por su Gerente Legal Dra. OLGA CLAUDIA BIANCHI DE LOS RIOS, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “SAN LORENZO 5” con matrícula N° PS-03633-PM, para lo cual presenta los requisitos de acuerdo al procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; así mismo, señalan que desean que se reconozca la capacidad de bodega consignada en el Certifi cado de Matrícula; Que, de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por D.S. N° 008-2009- PRODUCE, acreditándose además que la embarcación “SAN LORENZO 5” con matrícula N° PS-3633-PM no cuenta con deudas pendientes de pago por concepto de pagos de derechos, razón por la cual consideramos pertinente aprobar el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según informe N° 283-2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. el cambio de titularidad del Permiso de Pesca de la embarcación pesquera “SAN LORENZO 5” con matrícula N° PS-3633- PM, con una capacidad de bodega de 211.45 m3, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado mediante R.M. N° 252-95-PE. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “SAN LORENZO 5” con matrícula N° PS-3633-PM otorgado a la empresa PESQUERA BUENOS AIRES S.R.LTDA; e incorporar a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. como el nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “SAN LORENZO 5” con matrícula N° PS-3633-PM, así como la presente Resolución, al Anexo I de la Resolución Ministerial N° 084-2007-PRODUCE. Artículo 3°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese RAÚL ERNESTO CAMOGLIANO PAZOS Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 498544-4 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 260-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 16 de Abril del 2010 Visto: El escrito de Registro N° 00025989 fecha 06 de abril de 2010, presentado por la señorita TORIBIA GORDILLO JACINTO. CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 004-2007- PRODUCE del 20 de febrero del 2007, sustituye el artículo 9° del Decreto Supremo N° 003-98-PE, estableciendo que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el régimen de la Ley N° 26920, se efectuarán conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, el artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, modifi cado por Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, establece que “(…) El permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Así mismo, establece que no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido