Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (15/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 15 de noviembre de 2010 429226 esté ubicado en zonas urbanas consolidadas y, (iii) que cuente con edifi caciones y servicios públicos; Que, mediante Informe Nº 077-2010-SCFT-GSAT/ MM del 23 de junio de 2010, la Subgerencia de Catastro y Fiscalización Tributaria manifi esta que revisada la base catastral se ha determinado que el inmueble denominado Ex - Planta de Transferencia de Residuos Sólidos cuenta con un área superfi cial de 7,573.32 m2, el cual está conformado por un área de 4,462.31 m2 que forma parte del terreno inscrito en la Partida Electrónica Nº 11092099, cuya titularidad registral la ostenta la Municipalidad de Mirafl ores en virtud al proceso de expropiación forzosa que se llevó a cabo contra la Compañía Urbanizadora Santa Cruz del Mar S.A., y una segunda área de 3,111.01 m2 que forma parte del terreno inscrito en la Partida Electrónica Nº 49014241 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, de propiedad de esta Comuna según Ley Nº 26306, en la que se reconoce la propiedad del Corredor Ribereño denominado Costa Verde a diversas municipalidades distritales de la provincia de Lima; Que, mediante Informe N° 265-2010-GAJ/MM, del 17 de septiembre de 2010, la Gerencia de Asesoría Jurídica da cuenta que, efectuada la revisión de las partidas registrales de los predios matrices antes mencionados, se verifi ca que no consta en ellas anotación o inscripción de habilitación urbana o urbanización, por lo que concluye que se trata de predios registralmente califi cados como rústicos, con lo cual se ha cumplido el primero de los presupuestos señalados en la Ley; Que, mediante Informe Nº 74-2010-SPU/GP/MM del 13 de septiembre de 2010, la Subgerencia de Planifi cación Urbana señala que el terreno materia de la presente resolución cuenta con condiciones de accesibilidad y está rodeado de edifi caciones e infraestructura con un actual carácter recreativo y deportivo, con perspectivas de desarrollo turístico, empresarial y cultural, elementos que en conjunto determinan la condición de consolidado del entorno urbano, por lo que deberá tenerse por cumplido el segundo de los presupuestos antes referidos; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 858-2010- SCFT-GSAT/MM emitido por la Subgerencia de Catastro y Fiscalización Tributaria, del 21 de julio de 2010, se realizó la inspección correspondiente verifi cándose la existencia de áreas construidas, con ambientes destinados a guardianía, ofi cina administrativa, depósito, vestuario y servicios higiénicos, los mismos que vienen siendo utilizados por el Equipo Funcional de Patrimonio y Servicios Generales perteneciente a la Subgerencia de Logística de la Municipalidad de Mirafl ores, asimismo, se constató que las construcciones levantadas en el inmueble son de material predominante ladrillo y el estado de conservación es regular; Que, mediante Memorandum N° 353-2010-SOPU/ GOSP/MM, del 17 de agosto de 2010, la Subgerencia de Obras Públicas señala que el inmueble cuenta con suministro de agua y desagüe, ambos servicios incluidos en la red de SEDAPAL, debiendo concluirse que el predio cuenta con edifi caciones y servicios públicos, y por lo tanto, deberá tenerse por cumplido el tercer presupuesto de la norma; Que, con Informe Nº 265-2010-GAJ/MM del 17 de septiembre de 2010, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la declaración de la Habilitación Urbana de Ofi cio del predio denominado Ex - Planta de Transferencia de Residuos Sólidos al cumplir con los presupuestos establecidos en la Ley, conforme a lo informado por las áreas competentes; Que, mediante Proveído N° 2087-2010-G/MM, del 17 de septiembre de 2010, la Gerencia Municipal requiere a la Gerencia de Autorización y Control para que, con carácter de urgente y en coordinación con la Gerencia de Asesoría Jurídica, proceda a formalizar el trámite tendiente a la Habilitación Urbana de Ofi cio del denominado Ex - Planta de Transferencia de Residuos Sólidos; Que, en el mismo sentido, el 27 de septiembre de 2010, la Gerencia de Asesoría Jurídica emitió el Informe Nº 280-2010-GAJ/MM, ratifi cando su opinión sobre la procedencia del trámite de Habilitación Urbana de Ofi cio del predio Ex - Planta de Transferencia de Residuos Sólidos; Estando a los Informes Nº 077-2010-SCFT-GSAT/ MM y Nº 116-2010-SCFT-GSAT/MM de la Subgerencia de Catastro y Fiscalización Tributaria, al Informe Nº 74- 2010-SPU/GP/MM de la Subgerencia de Planifi cación Urbana, a los Informes Nº 265-2010-GAJ/MM y Nº 280- 2010-GAJ/MM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, a las Leyes Nº 29090, Nº 27972, Nº 27444 y en ejercicio de la competencia conferida por Resolución de Alcaldía Nº 601-2010-ALC/MM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR habilitado de ofi cio el predio denominado “Ex - Planta de Transferencia de Residuos Sólidos” de propiedad de la Municipalidad de Mirafl ores, con un área de 7,573.32 m2, el cual está conformado por un área de 4,462.31 m2 que forma parte del terreno inscrito en la Partida Electrónica Nº 11092099 y una segunda área de 3,111.01 m2 que forma parte del terreno inscrito en la Partida Electrónica Nº 49014241 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, de acuerdo a la “Memoria Descriptiva” y los planos signados como “Plano Temático Referencial - SCFT-GSAT/MM”, “Ubicación y Localización” y “Levantamiento y Replanteo Topográfi co”, que como anexos I, II, III y IV, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DETERMINAR que el área bruta total de 7,573.32 m2 que se declara habilitada de ofi cio como urbana en el artículo precedente corresponde a un lote único físicamente identifi cado, conforme a la “Memoria Descriptiva” y los planos signados como “Plano Temático Referencial - SCFT- GSAT/MM”, “Ubicación y Localización” y “Levantamiento y Replanteo Topográfi co”. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE la inscripción registral del cambio de condición de “rústico” a “urbano” del predio al que se refi ere el artículo primero de la presente resolución, así como de todos aquellos actos que resulten necesarios para el saneamiento físico-legal del área cuya habilitación urbana se declara. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase JUAN MANUEL CAVERO SOLANO Gerente de Autorización y Control 566600-3 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Autorizan funcionamiento de equipos electrónicos denominados Tope Electrónico en la Avenida Dominicos, Provincia Constitucional del Callao DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000010 Callao, 29 de octubre de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO