Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2010 (15/11/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 15 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

429215

Imponen a empresas sancion administrativa de inhabilitacion temporal para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 2067-2010-TC-S1 Sumilla: Es pasible de sancion el postor que presenta documentos falsos, entendiendose por tales aquellos que no hayan sido expedidos por su emisor o que, siendo validamente emitidos, hayan sido adulterados en su forma o contenido, independientemente de quien MORDAZA sido su autor o de las circunstancias que condujeron a su falsificacion. MORDAZA, 29 de octubre de 2010 Visto en sesion de fecha 29 de octubre de 2010 de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente 2053/2009. TC referido al procedimiento administrativo sancionador iniciado contra las empresas GO´VIL S.A.C. y OVERALL E.I.RL., integrantes del CONSORCIO VIRGEN DE MORDAZA, por su presunta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta ante la Entidad, materia de la Licitacion Publica Nº 001-2009MPJ/CE-LP, convocada por la Municipalidad Provincial de MORDAZA, con el objeto de ejecutar la obra "Construccion de Tribuna Este del Estadio Municipal Vencedores de JuninJunin"; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 16 de MORDAZA de 2009, la Municipalidad Provincial de MORDAZA, en lo sucesivo la Entidad, convoco la Licitacion Publica Nº 001-2009-MPJ/CE-LP, para la ejecucion de la obra "Construccion de Tribuna Este del Estadio Municipal Vencedores de Junin-Junin", con un valor referencial ascendente a S/. 2´136,474.82 (Dos millones ciento treinta y seis mil cuatrocientos setenta y cuatro con 82/100 Nuevos Soles) incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV). 2. El 1º de junio de 2009, se llevo a cabo el acto de otorgamiento de la buena pro del MORDAZA, resultando adjudicado el Consorcio VIRGEN DE MORDAZA conformado por las empresas GO´VIL S.A.C. y OVERALL E.I.RL., en adelante el Consorcio. 3. Mediante Oficio Nº 0568-2009-MPJ/A de fecha 20 de agosto de 2009, recibido el 4 de setiembre del mismo mes y ano, y el Oficio Nº 0598-2009-MPJ/A de fecha 8 de setiembre de 2009, recibido el 9 del mismo mes y ano, la Entidad comunico al Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, que el Consorcio habia presentado documentos adulterados que sustentaron su experiencia en el MORDAZA de seleccion a fin de obtener una mayor calificacion. 4. Mediante decreto de fecha 11 de setiembre de 2009, previo al inicio del procedimiento sancionador, se solicito a la Entidad que cumpla con remitir el Informe Tecnico Legal sobre la procedencia y supuesta responsabilidad del Consorcio en los hechos denunciados, debiendo senalar cuales son los documentos presuntamente falsos e inexactos, asi como MORDAZA de la propuesta presentada en el MORDAZA de seleccion. 5. Mediante Oficio Nº 017-2010-MPJ/A de fecha 12 de enero de 2010, recibido el 25 del mismo mes y ano, la Entidad remitio de manera incompleta lo requerido y solicito se le otorgue un plazo de cinco dias para remitir MORDAZA de la propuesta del Consorcio. 6. Mediante decreto de fecha 28 de enero de 2010 se reitero el requerimiento, solicitandole que remita el informe tecnico legal, debiendo senalar de manera MORDAZA y precisa cuales son los documentos supuestamente falsos e inexactos, e indicar a cual de las empresas integrantes del Consorcio pertenece.

7. El 22 de febrero de 2010 vencio el plazo sin que la Entidad remita lo solicitado, por lo que mediante decreto de fecha 2 de marzo de 2010 se dispuso remitir el presente expediente a la Tercera Sala del Tribunal para que evaluara la procedencia del inicio del procedimiento sancionador contra el Consorcio. 8. Mediante decreto de fecha 15 de marzo de 2010 se solicito a la Entidad que remita MORDAZA de la propuesta presentada por el Consorcio. 9. Mediante decreto de fecha 30 de marzo de 2010, se dispuso reasignar y remitir el presente expediente a la Primera Sala del Tribunal, en vista de la designacion de Vocales y de la conformacion de las MORDAZA del Tribunal, realizadas mediante Resolucion Nº 044-2010-EF de fecha 23 de marzo de 2010 y Resolucion Nº 190-2010-OSCE/ PRE de fecha 29 de marzo de 2010, respectivamente. 10. Mediante decreto de fecha 31 de marzo de 2010 se dispuso dejar sin efecto el decreto de fecha 2 de marzo de 2010. 11. Mediante decreto de fecha 7 de MORDAZA de 2010, notificado el 12 del mismo mes y ano, se reitero a la Entidad el requerimiento realizado mediante decreto de fecha 15 de marzo de 2010. 12. Mediante decreto de fecha 7 de MORDAZA de 2010 se solicito a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) que indique cuando fue la fecha de inscripcion y la fecha de inicio de actividades de las empresas OVERALL E.I.R.L. y GO´VIL S.A.C. Asimismo, se solicito a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos que indique cual es la fecha del testimonio de constitucion de la empresa OVERAL E.I.R.L. que obra en la Partida Registral Nº 11048860 del Registro de Personas Juridicas, asi como de la empresa GO´VIL S.A.C. que obra en la Partida Registral Nº 11109427. 13. Mediante decreto de fecha 27 de MORDAZA de 2010, notificado el 7 de MORDAZA de 2010, se reitero a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos el requerimiento realizado con decreto de fecha 7 de MORDAZA de 2010, pues la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos no cumplio con remitir lo solicitado. 14. Mediante decreto de fecha 29 de MORDAZA de 2010, notificado el 12 de MORDAZA de 2010, se reitero a la Entidad el requerimiento realizado con decreto de fecha 7 de MORDAZA de 2010, pues la Entidad no cumplio con remitir lo solicitado. 15. Mediante Oficio Nº 643-2010-SUNAT-2R0000 de fecha 30 de MORDAZA de 2010, recibido el 4 de MORDAZA del mismo ano, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria remitio lo solicitado. 16. Mediante Oficio Nº 0226-2010-MPJ/A de fecha 13 de MORDAZA de 2010 recibido el 17 del mismo mes y ano, la Entidad manifesto que los documentos ya habian sido remitidos. 17. Mediante decreto de fecha 14 de MORDAZA de 2010, se dispuso hacer efectivo el apercibimiento decretado de resolver con la documentacion obrante en autos, pues la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos no cumplio con remitir lo solicitado con decretos de fechas 7 y 27 de MORDAZA de 2010. 18. Mediante Oficio Nº 353-2010-SUNARP-GR/SG de fecha 28 de MORDAZA de 2010, recibido el 31 del mismo mes y ano, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos remitio de manera extemporanea lo solicitado. 19. Mediante Acuerdo Nº 298/2010.TC-S1 de fecha 31 de MORDAZA de 2010, la Primera Sala del Tribunal dispuso iniciar el procedimiento administrativo sancionador contra las empresas GO´VIL S.A.C y OVERALL E.I.R.L., integrantes del CONSORCIO VIRGEN DE MORDAZA, por su presunta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta ante la Entidad. Asimismo, se solicito a la Entidad que remita MORDAZA de la propuesta tecnica presentada por el Consorcio, en el MORDAZA de seleccion materia de autos. 20. Mediante Acuerdo Nº 307/2010.TC-S1 de fecha 8 de junio de 2010, la Primera Sala del Tribunal rectifico el error material detectado en la parte resolutiva del Acuerdo Nº 298/2010.TC-S1 de fecha 31 de MORDAZA de 2010. 21. Mediante decreto de fecha 8 de junio de 2010, se inicio el procedimiento administrativo sancionador contra las empresas GO´VIL S.A.C y OVERALL E.I.R.L., integrantes del CONSORCIO VIRGEN DE MORDAZA,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.