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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (15/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 15 de noviembre de 2010 429219 de doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la comisión de la infracción tipifi cada en el en el literal i) del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Legislativo N° 1017, concordante con el literal i) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, por los fundamentos expuestos, la cual entrará en vigencia a partir del sexto de día de notifi cada la presente Resolución. 2. Imponer a la empresa GO´VIL S.A.C. sanción administrativa de inhabilitación temporal por el periodo de catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la comisión de la infracción tipificada en el en el literal i) del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Legislativo N° 1017, concordante con el literal i) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, por los fundamentos expuestos, la cual entrará en vigencia a partir del sexto de día de notificada la presente Resolución. 3. Poner la presente Resolución en conocimiento de la Subdirección del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de Ley. 4. Poner la presente Resolución en conocimiento del Ministerio Público, para que en uso de sus competencias atribuciones, adopte las medidas legales correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BASULTO LIEWALD RAMÍREZ MAYNETTO FONSECA OLIVEIRA 566138-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reasignan a magistrados como jueces supernumerarios en diversos juzgados de paz letrados de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 067-2010-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 12 de noviembre del 2010 VISTO: La Resolución Administrativa Nº 334-2010-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, la Resolución Administrativa Nº 062-2010-P-CSJLIMASUR/ PJ, expedida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Ley Nº 25680 y Ley Nº 28765, el Distrito Judicial de Lima se desconcentró en Lima Norte, Lima Sur y Lima Este. Por Resolución Nº 269-2008- CE-PJ, se dispuso que la sede de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur se ubique en el Distrito de Villa María del Triunfo; asimismo, se determinó que su competencia territorial comprendería los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Mirafl ores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac (excluyéndose la zona del Centro Poblado Lomas de Manchay, la Resolución Nº 292-2008-CE-PJ precisa que la exclusión se trata del Centro Poblado Los Huertos de Manchay), Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana. Por Resolución Administrativa Nº 334-2010-CE-PJ de fecha 06 de octubre del 2010, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 07 de octubre del 2010, se ha dispuesto el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a partir del 13 de octubre del 2010. Por Acuerdo de Sala Plena Nº 003-2010, de fecha 11 de noviembre del 2010, se acordó por unanimidad Especializar a los Juzgados de Paz Letrados del Distrito Judicial de Lima Sur; decisión que se ofi cializó mediante Resolución Administrativa Nº 062-2010-P-CSJLIMASUR/ PJ, de fecha 11 de noviembre del 2010. En tal sentido, habiéndose determinado la Especialización de los Juzgados de Paz Letrado de Lima Sur; a fi n de lograr los objetivos que se buscan alcanzar con dicha Especialización, corresponde, de ser necesario, reasignar a los Jueces Supernumerarios de este Distrito Judicial de acuerdo a su especialidad, teniendo como referencia la información de sus hojas de vida remitidas a esta Corte Superior de Justicia. En el caso de designaciones de Jueces Provisionales o Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, éstas se realizan bajo un estricto análisis de los perfi les de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la judicatura, para lo cual se tiene en consideración su capacidad e idoneidad, además de lo previsto en el artículo 2º de la Ley de la Carrera Judicial Nº 29277, y los requisitos exigidos por ley. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- REASIGNAR a la doctora ERIKA NUÑEZ ORIHUELA, Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil-Laboral de San Juan de Mirafl ores (antes Tercer Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Mirafl ores), como Juez Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado Penal de Villa María del Triunfo (antes Tercer Juzgado de Paz Letrado de Villa María del Triunfo), a partir del 15 de noviembre del presente año. Artículo Segundo.- REASIGNAR al doctor JUAN ALBERTO SOTELO SICHE, Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Penal de Villa María del Triunfo (antes Tercer Juzgado de Paz Letrado de Villa María del Triunfo), como Juez Supernumerario del Quinto Juzgado de Paz Letrado Penal Turno “A” de San Juan de Mirafl ores (antes Quinto Juzgado de Paz Letrado Turno “A” de San Juan de Mirafl ores), a partir del 15 de noviembre del presente año. Artículo Tercero.- REASIGNAR a la doctora GINA FRESIA ALVA HORNA, Juez Supernumeraria del Quinto