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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de noviembre de 2010 429410 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 04 de noviembre del 2010, el Dictamen Nº 186-2010-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 1415-MML, EN LA QUE SE ESTABLECE LOS USOS DE SUELO PERMITIDOS Y APRUEBA EL SISTEMA VIAL DEL AREA CORRESPONDIENTE AL ARTICULO 13º DE LA ORDENANZA Nº 1015-MML Artículo Primero.- Modifíquese el Cuadro Nº 1 del Anexo Nº 02 de la Ordenanza Nº 1415-MML, que quedara redactado de la siguiente manera: CUADRO Nº 1 Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de la Zona de Reglamentación Especial – ZRE-3 del Sector de la Escuela de Aviación Civil del Perú (Collique) Zona Usos Permitidos Lote Mínimo (m2) Frente mínimo Altura de edifi cación máximo (pisos) Area libre mínima Estacionamiento (mínimo) Resi- dencial Multifamiliar 300 10 8 35% Las edifi caciones tendrán como mínimo un estacionamiento por cada tres unidades de vivienda (3) Multifamiliar 450 10 1.5 (a+r) (1) 40% Conjunto habitacional 2500 25 1.5 (a+r) 50% Comercial Uso compatible residencial existente según proyecto - 1.5 (a+r) No exigible para uso comercial. Los pisos destinados a vivienda dejaran el área libre que se requiere en uso residencial 1 cada 50 m2 Notas: (1) Frente a parques y avenidas con un ancho igual o mayor a 20 ml. (2) Toda unidad de vivienda deberá contar necesariamente con ambientes de estar, comedor, dormitorio, cocina, baño y lavandería. Los ambientes de estar, comedor y dormitorio tienen como dimensiones y áreas mínimas las establecidas en el Reglamento Nacional de Edifi caciones con una tolerancia de 10%. Al respecto podrán aprobarse proyectos con ambientes de dimensiones menores, siempre que el diseño sustente su funcionalidad. Las dimensiones y áreas de los ambientes se cocina lavandería serán las resultantes del diseño del mobiliario y equipamiento domestico que se proponga. (3) Para el caso de proyectos de promoción al acceso a la vivienda (viviendas de interés social Techo Propio y Nuevo Crédito Mi Vivienda), la dotación de estacionamientos será en concordancia con lo que plantee el Proyecto que revise la Municipalidad de Comas. Artículo Segundo.- Incorpórense los artículos Nºs. 4º y 5º en la Ordenanza Nº 1415-MML, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo Cuarto.- Disponer que para los procesos de Independización y/o Habilitación Urbana del terreno de 642,874.03 m2, que forma parte de la totalidad de la Zona de Reglamentación Especial (ZRE-3), correspondiente al Sector de la Escuela de Aviación Civil del Perú (Collique), los Aportes Reglamentarios Obligatorios para Servicios Públicos Complementarios establecidos en el Cuadro Nº 2 del Anexo Nº 02, de la Ordenanza Nº 1415-MML, que ascienden a 12,857.48 m2 (2%), deben ubicarse dentro del área, cuya asignación de usos permitidos está como Otros Usos - OU (2,156.49 m2) y Educación – E1 (10,700.98 m2) que como Anexo Nº 1 (Lámina Nº 1), forma parte de la presente Ordenanza, debiendo ubicarse el resto de la obligación dentro de cada uso permitido. El remanente del terreno de la Zona de Reglamentación Especial (ZRE-3) deberá cumplir con la obligación urbanística de los Aportes Reglamentarios Obligatorios, conforme los porcentajes de cada uso y de acuerdo al Cuadro Nº 2 del Anexo Nº 02 de la Ordenanza Nº 1415- MML.” “Artículo Quinto.- Precisar que las Vías que se integran al Sistema Vial Metropolitano, con sus respectivas secciones, los Usos del Suelo permitidos y los Aportes reglamentarios obligatorios que se aprobaron con la Ordenanza Nº 1415, constituyen el Planeamiento Integral, válido para los procesos de Independización, Habilitación Urbana y Edificación, que corresponde al Sector de la Escuela de Aviación Civil del Perú (Collique)”. POR TANTO Mando se registre, comunique y cumpla. En Lima, 9 de noviembre de 2010 MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 568256-4 Aprueban reajuste integral de zonificación de los usos del suelo del distrito de Miraflores ORDENANZA N° 1457 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de noviembre del 2010, el Dictamen N° 177-2010-MML- CMDUVN, de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura. Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE INTEGRAL DE ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DEL DISTRITO DE MIRAFLORES APROBADO POR ORDENANZA N° 920-MML Artículo Primero.- Precisar por Corrección Gráfica el Plano de Zonificación del Distrito de Miraflores aprobado por Ordenanza Nº 920-MML publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de marzo del 2006, restituyendo la calificación a Hospital General - H3, al predio correspondiente a la Clínica Oncológica Miraflores, ubicada en Calle Independencia Nº 1055; de conformidad con lo establecido en los Planos de Zonificación anteriores del Distrito de Miraflores aprobados por Ordenanza Nº 143 y 237-MML, del 19 de abril del año 1998 y 20 de octubre del año 1999, respectivamente. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de Mirafl ores, la corrección gráfi ca aprobada en Artículo Primero de la presente Ordenanza.