Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2010 (19/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de noviembre de 2010

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 04 de noviembre del 2010, el Dictamen Nº 186-2010-MMLCMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 1415-MML, EN LA QUE SE ESTABLECE LOS USOS DE SUELO PERMITIDOS Y APRUEBA EL SISTEMA VIAL DEL AREA CORRESPONDIENTE AL ARTICULO 13º DE LA ORDENANZA Nº 1015-MML Articulo Primero.- Modifiquese el Cuadro Nº 1 del Anexo Nº 02 de la Ordenanza Nº 1415-MML, que quedara redactado de la siguiente manera: CUADRO Nº 1 Parametros Urbanisticos y Edificatorios de la MORDAZA de Reglamentacion Especial ­ ZRE-3 del Sector de la Escuela de Aviacion Civil del Peru (Collique)
Lote Frente Minimo minimo (m2) 300 450 2500 10 10 25 8 1.5 (a+r) (1) 1.5 (a+r) Altura de edificacion Area libre MORDAZA minima (pisos) 35% 40% 50%

que como Anexo Nº 1 (Lamina Nº 1), forma parte de la presente Ordenanza, debiendo ubicarse el resto de la obligacion dentro de cada uso permitido. El remanente del terreno de la MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE-3) debera cumplir con la obligacion urbanistica de los Aportes Reglamentarios Obligatorios, conforme los porcentajes de cada uso y de acuerdo al Cuadro Nº 2 del Anexo Nº 02 de la Ordenanza Nº 1415MML." "Articulo Quinto.- Precisar que las Vias que se integran al Sistema Vial Metropolitano, con sus respectivas secciones, los Usos del Suelo permitidos y los Aportes reglamentarios obligatorios que se aprobaron con la Ordenanza Nº 1415, constituyen el Planeamiento Integral, valido para los procesos de Independizacion, Habilitacion MORDAZA y Edificacion, que corresponde al Sector de la Escuela de Aviacion Civil del Peru (Collique)". POR TANTO Mando se registre, comunique y cumpla. En MORDAZA, 9 de noviembre de 2010 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 568256-4

MORDAZA

Usos Permitidos Multifamiliar

Estacionamiento (minimo) Las edificaciones tendran como minimo un estacionamiento por cada tres unidades de vivienda (3)

Residencial

Multifamiliar Conjunto habitacional

Comercial

existente Uso compatible segun residencial proyecto

1.5 (a+r)

No exigible para uso comercial. Los pisos destinados a vivienda 1 cada 50 m2 dejaran el area libre que se requiere en uso residencial

Aprueban reajuste integral de zonificacion de los usos del suelo del distrito de Miraflores
ORDENANZA N° 1457 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 de noviembre del 2010, el Dictamen N° 177-2010-MMLCMDUVN, de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura. Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE INTEGRAL DE ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DEL DISTRITO DE MIRAFLORES APROBADO POR ORDENANZA N° 920-MML Articulo Primero.- Precisar por Correccion Grafica el Plano de Zonificacion del Distrito de Miraflores aprobado por Ordenanza Nº 920-MML publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de marzo del 2006, restituyendo la calificacion a Hospital General - H3, al predio correspondiente a la Clinica Oncologica Miraflores, ubicada en MORDAZA Independencia Nº 1055; de conformidad con lo establecido en los Planos de Zonificacion anteriores del Distrito de Miraflores aprobados por Ordenanza Nº 143 y 237-MML, del 19 de MORDAZA del ano 1998 y 20 de octubre del ano 1999, respectivamente. Articulo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificacion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, incorpore en el Plano de Zonificacion del Distrito de Miraflores, la correccion grafica aprobada en Articulo Primero de la presente Ordenanza.

Notas: (1) Frente a parques y avenidas con un ancho igual o mayor a 20 ml. (2) Toda unidad de vivienda debera contar necesariamente con ambientes de estar, comedor, dormitorio, cocina, bano y lavanderia. Los ambientes de estar, comedor y dormitorio tienen como dimensiones y areas minimas las establecidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones con una tolerancia de 10%. Al respecto podran aprobarse proyectos con ambientes de dimensiones menores, siempre que el diseno sustente su funcionalidad. Las dimensiones y areas de los ambientes se cocina lavanderia seran las resultantes del diseno del mobiliario y equipamiento domestico que se proponga. (3) Para el caso de proyectos de promocion al acceso a la vivienda (viviendas de interes social Techo Propio y MORDAZA Credito Mi Vivienda), la dotacion de estacionamientos sera en concordancia con lo que plantee el Proyecto que revise la Municipalidad de Comas. Articulo Segundo.- Incorporense los articulos Nºs. 4º y 5º en la Ordenanza Nº 1415-MML, los que quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo Cuarto.- Disponer que para los procesos de Independizacion y/o Habilitacion MORDAZA del terreno de 642,874.03 m2, que forma parte de la totalidad de la MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE-3), correspondiente al Sector de la Escuela de Aviacion Civil del Peru (Collique), los Aportes Reglamentarios Obligatorios para Servicios Publicos Complementarios establecidos en el Cuadro Nº 2 del Anexo Nº 02, de la Ordenanza Nº 1415-MML, que ascienden a 12,857.48 m 2 (2%), deben ubicarse dentro del area, cuya asignacion de usos permitidos esta como Otros Usos - OU (2,156.49 m 2) y Educacion ­ E1 (10,700.98 m 2)

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