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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de noviembre de 2010 429400 Superior Provisional de la Primera Sala de Familia de Lima, del día 17 al 30 de noviembre del presente año, mientras dure la licencia por salud y el período vacacional de la doctora Rosario Victorina Donayre Mavila, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera: Primera Sala de Familia de Lima: Dra. Luz María Capuñay Chavez Presidenta Dra. Carmen Julia Cabello Matamala (T) Dra. Cecilia Gabriela Gonzalez Fuentes (P) Artículo Segundo: DESIGNAR al doctor JORGE EZEQUIEL SALAZAR SANCHEZ, como Juez Supernumerario del Décimo Sexto Juzgado de Familia de Lima, del 17 al 30 de noviembre del presente año, por la promoción de la Doctora Cecilia Gabriela Gonzalez Fuentes. Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, comuníquese, cúmplase y archivese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 568817-1 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Designan Comité Electoral Externo a fin de organizar y conducir el proceso electoral para conformar la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y Consejos de Facultad de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1118-2010-ANR Lima, 15 de noviembre de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El acuerdo de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria reunida en sesión extraordinaria el 10 de noviembre de 2010; escrito de fecha 28 de setiembre de 2010 presentado por el Vicerrector Académico y Vicerrector Administrativo de la UNPRG; Ofi cio Nº 175- 2010-SE/P de fecha 24 de setiembre de 2010; Ofi cios Nº 1202-2010-R y Nº 984-2010-SG-UNPRG, de fecha 30 de setiembre de 2010, respectivamente; Ofi cio Nº 0370-10/ R-USS de fecha 04 de noviembre de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Nacional de Rectores, en mérito a lo previsto por el artículo 90º de la Ley Universitaria Nº 23733, tiene por fi nalidad coordinar, orientar las actividades académicas y administrativas de las universidades del país y velar por la gobernabilidad institucional y la autonomía universitaria; Que, la Ley Nº 26490 ampliada por Ley Nº 27602 estableció la atribución para la Asamblea Nacional de Rectores de intervenir de ofi cio ante graves irregularidades a las universidades públicas y privadas; Que, mediante documento de fecha 28 de setiembre de 2010 con registro de Mesa de Partes Nº 130508 recepcionado el 30 de setiembre de 2010, los señores Vicerrectores, algunos Decanos y representantes de la Federación de Docentes, del Sindicato Único de Trabajadores Administrativos, Estudiantes y representantes de organizaciones políticas universitarias, organizadas de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, Lambayeque, solicitan a la Asamblea Nacional de Rectores se designe un Comité Electoral Externo para la referida casa de estudios, con la autonomía y atribuciones previstas en el artículo 39º de la Ley Universitario Nº 23733; a fi n de organizar y conducir el proceso electoral que permita conformar la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y los Consejos de Facultad, mediante la elección de representantes docentes, estudiantiles y graduados; y la elección de los Decanos en las respectivas Facultades; Que, asimismo, hacen de conocimiento que en la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, la Asamblea Universitaria y el Consejo Universitario, órganos de gobierno fundamentales para el normal funcionamiento de la vida institucional, vienen funcionando con solo diecisiete miembros: un Rector, dos Vicerrectores, catorce Decanos, de los cuales once son encargados y el Director de la Escuela de Posgrado, sin representación docente, estudiantil y de graduados, por la falta de implementación de procesos electorales y de acuerdo a Ley; Que, el día 21 de setiembre de 2010, el Comité Electoral pretendió desarrollar el proceso electoral para elegir a los representantes estudiantiles ante la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y Consejo de Facultad, sin respetar la normatividad universitaria y otros hechos extrauniversitarios, ante lo cual los alumnos amparados en un mandato judicial impidieron el desarrollo del proceso electoral protagonizándose hechos que han sido de conocimiento de la opinión pública gracias a los medios informativos. Situación que, entre otras, ha conllevado a que tres miembros del cuestionado Comité Electoral presenten sus cartas de renuncia con carácter irrevocable; Que, mediante Ofi cio Nº 1294-2010-SE/SG de fecha 14 de octubre de 2010, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores, se dirige al Presidente del CRI-Norte, solicitándole con carácter de urgente, hacer llegar un informe sobre los acontecimientos ocurridos en la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, con motivo del proceso electoral para elegir autoridades y representantes de docentes y estudiantes ante los órganos de gobierno de la citada Universidad; Que, con Ofi cio Nº 0370-10/R-USS, el Rector de la Universidad Señor de Sipán y Presidente del CRI-Norte, da respuesta al Ofi cio Nº 1294-2010-SE/SG y hace llegar los siguientes documentos: Ofi cio Nº 1317-2010- R de fecha 29/10/2010 presentado por el Ing. Francis Villena Rodríguez, rector de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, y el Informe Ejecutivo Nº 001-2010- VRADM-UNPRG de fecha 22/10/2010 presentado por el doctor Manuel Tafur Morán, vicerrector administrativo de la UNPRG; Que, el Ingeniero Francis Villena Rodríguez, rector de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, mediante los ofi cios de vistos, pone en conocimiento de la Asamblea Nacional de Rectores la situación del proceso de elecciones de representantes estudiantiles y el funcionamiento académico y administrativo de la citada casa superior de estudios; Que, asimismo, comunica que el Comité Electoral Universitario con fecha 15 de agosto de 2010 publicó en diarios de circulación local y regional, la convocatoria y el cronograma del proceso electoral para elegir a los representantes estudiantiles ante la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y Consejos de Facultad;