Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (19/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de noviembre de 2010 429409 2.2 Elaborar los Estudios de Impacto Vial e Impacto Ambiental respectivos, tal como lo establece el Artículo 3º de la Norma A.070 del Reglamento Nacional de Edifi caciones. Artículo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de Ate, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.-Establecer que los propietarios del predio mencionado en el Artículo Primero, soliciten a la Municipalidad Metropolitana de Lima la expedición del correspondiente Certifi cado de Zonifi cación y Vías, para efectos de aplicación de la zonifi cación aprobada, el mismo que deberá ser inscrito en los Registros Públicos de Lima. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los 22 de octubre de 2010 MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 568256-2 ORDENANZA N° 1454 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 04 de noviembre del 2010, el Dictamen Nº 182 -2010-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE PACHACAMAC APROBADO POR ORDENANZA Nº 1146-MML Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonificación del Distrito de Pachacamác, Provincia y Departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1146 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de junio del 2008, de Residencial de Casa Huerta 1 (CH-1) y Casa Huerta 2 (CH-2) a Residencial de Densidad Media (RDM) del predio denominado Predio Rural Predio Las Palmas – Matriz Sub Parcela 11843- B Fundo Las Palmas, Código Catastral 11843-B, con un área de 34.1836 Hectáreas, de propiedad de la Empresa Inversiones y Desarrollos Prados Verdes S.A.C., cuya propuesta urbana estará condicionada a un tratamiento arquitectónico y sostenible con la naturaleza, para mantener el equilibrio en ambas actividades, preservando el medio ambiente y protegiendo el entorno próximo a las laderas del río, respetando así, el Plan Urbano del Distrito. Artículo Segundo.- Disponer que en el proceso de Habilitación Urbana, el propietario deberá cumplir con: 2.1 Presentar un Planeamiento Integral con criterio Urbano – Ambiental, que defi na la integración del predio del recurso a la trama urbana inmediata, los aportes reglamentarios, las vías internas de acceso y sus respectivas secciones viales, de conformidad con la normatividad vigente. 2.2 Considerar una Vía Colectora Normativa 30, que afecte parte del predio colindante al Rio Lurín, conforme lo indica el Plano del Sistema Vial Metropolitano aprobado con Ordenanza Nº 341-MML. 2.3 Elaborar un Estudio de Impacto Vial, regulado por la Ordenanza Nº 1268-MML, a cargo de la Gerencia de Transporte Urbano. 2.4 Elaborar un Estudio de Impacto Ambiental, regulado por la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación Ambiental. 2.5 Elaborar un Plan de Gestión de Residuos Sólidos, regulado por la Ordenanza Nº 295-MML, a cargo de la Subgerencia de Medio Ambiente de la Gerencia de Servicios a la Ciudad. 2.6 Respetar la Faja Marginal del Río Lurín, la que deberá ser fijada por la Autoridad Administrativa del Agua, de acuerdo con los criterios establecidos en el Reglamento de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de marzo del 2010. 2.7 Considerar una vía de amortiguamiento (franja arborizada) con una sección de 3.00 ml. entre el Cementerio (OU) y el terreno materia de cambio de zonifi cación. Artículo Tercero.- Establecer que para las edifi caciones, serán de aplicación los siguientes Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios serán los siguientes: Uso: Vivienda Unifamiliar Lote Mínimo: 120 m2 Area Libre: 30% Altura Máxima: 2 piso Artículo Cuarto.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de Carabayllo, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Establecer que los propietarios del predio mencionado en el Artículo Primero, soliciten a la Municipalidad Metropolitana de Lima la expedición del correspondiente Certifi cado de Zonifi cación y vías para efectos de aplicación de la zonifi cación aprobada, el mismo que deberá ser inscrito en los Registros Públicos de Lima. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los 9 de noviembre de 2010 MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 568256-3 Modifican la Ordenanza Nº 1415-MML, que establece usos de suelo permitidos y aprueba el sistema vial del área correspondiente al artículo 13º de la Ordenanza Nº 1015-MML ORDENANZA N° 1455 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;