Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2010 (19/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de noviembre de 2010

Que, en consecuencia, es necesario aprobar la Estructura de Cargos Clasificados, el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP y la determinacion de los Cargos de Confianza de la Contraloria General de la Republica, elaborados por la Gerencia de Gestion y Desarrollo Humano; En uso de las facultades conferidas por el articulo 32° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y de conformidad con el articulo 15° de los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las Entidades de la Administracion Publica, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2004PCM; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA, del 20 al 30 de noviembre del 2010 inclusive, y en tanto dure la ausencia de la Defensora del Pueblo, conforme a lo establecido por el articulo 8º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; Con los visados de la Primera Adjuntia, de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, y de conformidad con lo establecido en los literales d), f) y p) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 029-2008/ DP, modificado mediante Resolucion Defensorial Nº 019-2009/DP; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Aprobar la Estructura de Cargos Clasificados de la Contraloria General de la Republica, conforme se detalla en Anexo 1 de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Contraloria General de la Republica, el mismo que en Anexo 2 forma parte de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Determinar como Cargos de Confianza de la Contraloria General de la Republica los senalados en Anexo 3 de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General adopte las acciones de su competencia, a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el MORDAZA de la Contraloria General de la Republica (www.contraloria.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica 568949-1

Articulo Unico.- ENCARGAR la atencion del Despacho de la Defensora del Pueblo al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Primer Adjunto a la Defensora del Pueblo, del 20 al 30 de noviembre del 2010, inclusive; y en tanto dure la ausencia de la Titular de la entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 568274-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Comunican a la ONPE que debe efectuar correcciones al "Reglamento para el Tratamiento de las Actas Electorales para el Computo de Resultados"
RESOLUCION N° 4642-2010-JNE MORDAZA, diecisiete de noviembre de dos mil diez VISTO el "Reglamento para el Tratamiento de las Actas Electorales para el Computo de Resultados", aprobado por la Resolucion Jefatural N° 186-2010-J/ONPE de la Jefa Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. CONSIDERANDO El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha tomado conocimiento del "Reglamento para el Tratamiento de las Actas Electorales para el Computo de Resultados", aprobado por Resolucion Jefatural N° 186-2010-J/ONPE de la Jefa Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, de fecha 12 de noviembre de 2010 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 14 de noviembre de 2010. Por ello, en ejercicio de sus competencias constitucionales de fiscalizar y garantizar la legalidad del MORDAZA electoral, establecidas en el articulo 178 de la Constitucion Politica del Peru, ha evaluado su contenido y encuentra necesario intervenir y establecer algunas previsiones sobre el particular. El procesamiento de las actas electorales constituye una actividad de fundamental importancia dentro de todo MORDAZA electoral y, por tanto, requiere de las maximas garantias para que todo MORDAZA contabilizado sea el reflejo de la voluntad expresada en las urnas. Por ello, este Colegiado expresa su preocupacion en el sentido de que el citado reglamento establezca como causal de observacion del acta electoral articulo 6, numeral 7- el supuesto de "Acta sin Firmas", entendido como aquel en que no se consigna ninguna firma de los miembros de mesa en cada una de las tres secciones del acta electoral. Ello significa que los

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Encargan la atencion del Despacho de la Defensoria del Pueblo al Primer Adjunto
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 0025-2010/DP MORDAZA, 17 de noviembre del 2010 VISTO: El Memorando Nº 198-2010-DP/GA, remitido por el Jefe de Gabinete, por el que solicita la emision de la resolucion que encargue el Despacho de la Defensora del Pueblo, del 20 al 30 de noviembre del 2010 inclusive, por motivos personales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru, la Defensoria del Pueblo es un organismo MORDAZA con rango constitucional que se rige por lo establecido en su Ley Organica, Ley Nº 26520; Que, mediante el documento de visto se comunica que la Defensora del Pueblo se ausentara de la Institucion por motivos personales, del 20 al 30 de noviembre del 2010 inclusive; Que, en consecuencia, a efectos de asegurar la continuidad de la gestion institucional, resulta necesario encargar la atencion del Despacho de la Defensora del Pueblo al Primer Adjunto, abogado MORDAZA MORDAZA

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