Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2010 (19/11/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

429414

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de noviembre de 2010

y funciones estan descritas en la Ley 28579. Asimismo, mediante Decreto Legislativo Nº 1037 publicado el 25 de junio del 2008, se establecio que en el ejercicio de su objeto social y a efectos de incrementar la oferta de viviendas de interes social, el Fondo MIVIVIENDA S.A. podra promover la oferta de financiamiento para las inversiones en habilitacion MORDAZA, pudiendo a su vez financiar las mismas. Que, asimismo, el Fondo MIVIVIENDA S.A. se encuentra supervisado por la SBS en sus actividades financieras, para lo cual se emitio la Resolucion SBS Nº 980-2006, y por la CONASEV, en sus actividades del MORDAZA de valores, para lo cual se emitio la Resolucion CONASEV Nº 059-2007-EF/94.01.1. Que, en virtud de la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley de Conversion MORDAZA referida, se estipulo que el Fondo MIVIVIENDA S.A. puede continuar recibiendo el encargo de administrar el Programa Techo Propio y los Fondos del MORDAZA Familiar Habitacional, en base a la suscripcion de Convenios. Sin embargo, mediante el Decreto Legislativo Nº 1037, se derogo dicha Disposicion Transitoria y, asimismo, se modifico la Ley Nº 27829 facultandose al Fondo MIVIVIENDA S.A., para realizar con cargo a sus Recursos Propios, la administracion del MORDAZA Familiar Habitacional. Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 0082009-VIVIENDA publicada el 10 de MORDAZA de 2009 se declara de interes prioritario el desarrollo de programas de vivienda en el area rural, por lo que se otorgaran Bonos Familiares Habitacionales en el area rural para Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Para ello se faculta al Fondo MIVIVIENDA S.A. a suscribir convenios de colaboracion interinstitucional con el BANMAT que permitan implementar este otorgamiento. Que, mediante Ley Nº 29033 publicada el 7 de junio del 2007, se crea el MORDAZA del Buen Pagador (BBP) como una de las acciones de politica de acceso de la poblacion a la vivienda, con el objetivo de incentivar y promover el cumplimiento oportuno de los pagos mensuales del credito MIVIVIENDA otorgado en Nuevos Soles. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1037 publicado el 25 de junio del 2008, se modifico el literal c) del articulo 4º de la Ley Nº 29033, en el sentido que el valor del inmueble a adquirir debe ser mayor a catorce (14) UIT y no exceda de veinticinco (25) UIT. El Reglamento fue aprobado por el D.S. 003-2008-VIVIENDA. Que, mediante Ley Nº 27829, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) que es un subsidio otorgado por una sola vez a los beneficiarios, sin cargo a ser devuelto por estos, como un incentivo y complemento de su ahorro y esfuerzo constructor, a fin de destinarlo a la adquisicion, construccion en sitio propio, o mejoramiento de una vivienda de interes social en el MORDAZA del Programa Techo Propio. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1037 publicado el 25 de junio del 2008, se modifico la Ley Nº 27829, facultandose al Fondo MIVIVIENDA S.A., para realizar con cargo a sus Recursos Propios, la administracion del MORDAZA Familiar Habitacional. Asimismo, se establecio que el valor MORDAZA de una Vivienda de Interes Social (VIS) seria equivalente a catorce (14) UIT. Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2009VIVIENDA publicada el 10 de MORDAZA de 2009 se declara de interes prioritario el desarrollo de programas de vivienda en el area rural, por lo que se otorgaran Bonos Familiares Habitacionales en el area rural para Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Para ello se faculta al Fondo MIVIVIENDA S.A., a suscribir convenios de colaboracion interinstitucional con el BANMAT que permitan implementar este otorgamiento. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 054-2002VIVIENDA, se creo el Proyecto Techo Propio bajo el ambito del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, encargandose su administracion al Fondo MIVIVIENDA. Luego de su conversion a Sociedad Anonima mediante la Ley 28579, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1037, el Fondo MIVIVIENDA S.A. continua con dicha administracion. Los fines del

Proyecto Techo Propio son promover los mecanismos que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda MORDAZA, en concordancia con sus posibilidades economicas, y estimular la participacion del sector privado en la construccion masiva de viviendas de interes social. A fin de asistir a estos sectores populares para la adquisicion, construccion en sitio propio, o mejoramiento de una vivienda de interes social, mediante Ley Nº 27829, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) que es un subsidio otorgado por una sola vez a los beneficiarios sin cargo a ser devuelto por estos, como un incentivo y complemento de su ahorro, y esfuerzo constructor. Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 008-2009-VIVIENDA se declara de interes prioritario el desarrollo de programas de vivienda en el area rural, por lo que se otorgaran Bonos Familiares Habitacionales en el area rural para Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Para ello se faculta al Fondo MIVIVIENDA S.A., a suscribir convenios de colaboracion interinstitucional con el BANMAT que permitan implementar este otorgamiento. Que, mediante Ley Nº 27677, se establecio que los recursos provenientes de la liquidacion del FONAVI serian intangibles y utilizados por el Ministerio de Economia y Finanzas, para financiar viviendas de interes social. Asimismo, se dispuso que el Fondo MIVIVIENDA fuera el encargado de la administracion de estos fondos, su recuperacion y canalizacion a traves de las instituciones financieras intermediarias (IFIS). Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 064-2002, se establecio que el fondo creado mediante Ley Nº 27677, en adelante "Fondo Ley Nº 27677", se constituiria a partir de la transferencia de recursos que efectue el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la COLFONAVI, al Fondo MIVIVIENDA. Que, mediante D.S. Nº 109-2003-EF, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 27677, el mismo que senala el uso que se MORDAZA al Fondo Ley Nº 27677, las condiciones de los prestamos que se otorgaran, quienes son sus beneficiarios, su canalizacion a traves de las IFIS, y las facultades que el Fondo MIVIVIENDA tendra como su administrador. Que, La Ley Nº 28452 autorizo al Ministerio de Economia y Finanzas a transferir al Fondo MIVIVIENDA el saldo de los activos resultantes a valor de realizacion del FONAVI en liquidacion y de la UTE FONAVI, asi como la informacion y acervo documentario correspondientes. Asimismo, autorizo al Fondo MIVIVIENDA a registrar estos activos a partir de lo cual se constituira el Fondo Ley Nº 27677. Por otro lado, estipulo que el Ministerio de Economia y Finanzas encargara al Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la ejecucion, culminacion y liquidacion tecnico-financiera de las obras y proyectos de la UTE FONAVI que estuviesen inconclusas a la entrada en vigencia de la Ley Nº 28111. Dicho encargo culminaria con la entrega de las obras a las Entidades correspondientes, luego de lo cual, la cartera en cobranza vinculada a estas obras a valor de realizacion seria transferida al Fondo MIVIVIENDA, para que proceda a su registro correspondiente. Que, conforme a lo MORDAZA indicado es tambien de interes del Gobierno Local promover los programas sociales que desarrollo el Gobierno Nacional en aplicacion a lo dispuesto en al articulo VII de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades que a letra disponen: "Los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones especificas municipales se cumplen en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo".

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.