Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (22/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de noviembre de 2010 429594 de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 433-2010- PRODUCE/DGEPP de fecha 08 de julio del 2010, se aprobó a favor del señor MAURO EBERTH ALCANTARA LLUMPO, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “MI SAN MARTIN II”, con matrícula Nº PL-29686-CM de 34.67 m3 de volumen de bodega, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado por Resolución Directoral Nº 084-2000-CTAR-PIURA/ DIREPE-DR; Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2002- PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo; Que, a través del escrito del visto, FERNANDO RICHARD BARRETO PAREDES, solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 084-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR de fecha 30 de octubre del 2000 y modifi cada por Resolución Directoral Nº 433-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 08 de julio del 2010, así como la modifi cación de las resoluciones antes citadas por cambio de nombre de la embarcación pesquera de madera denominada “MI SAN MARTIN II” (hoy ALEXITO) de matrícula Nº PL-29686-CM y 34.67 m3 de volumen de bodega, en los mismos términos y condiciones en los que fue otorgado, de acuerdo a lo establecido en los procedimientos Nº 7 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, sustentando la posesión actual de la citada embarcación a través del Certifi cado Compendioso de Dominio y la Escritura Pública de Compraventa inscrita en la Partida Nº 11119493 del Registro de Embarcaciones de Chiclayo, que presenta el administrado; Que, de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo correspondiente a la señalada embarcación se ha determinado, que el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos Nº 7 y 20 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE y demás modifi catorias, razón por la cual resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 716-2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi, ampliado con Informe Nº 226- 2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modifi cado por Decreto Supremo Nº 015-2007- PRODUCE, los procedimientos Nºs. 7 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE y demás modifi catorias, la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car la aprobación automática al procedimiento de modifi cación de resolución autoritativa por cambio en el nombre de la embarcación pesquera “MI SAN MARTIN II”, debiéndose consignar el nombre de la embarcación pesquera “ALEXITO”, manteniéndose los demás términos y condiciones del permiso de pesca. Artículo 2º.- Aprobar a favor del señor FERNANDO RICHARD BARRETO PAREDES, el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “ALEXITO” con matrícula Nº PL-29686-CM de 34,67 m3 de volumen de bodega, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado por Resolución Directoral Nº 084- 2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR de fecha 30 de octubre del 2000 y modifi cada por Resolución Directoral Nº 433- 2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 08 de julio del 2010. Artículo 3º.- El permiso de pesca a que se refi ere el artículo 2º de la presente Resolución, deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, en el que se establece, que el recurso sardina, entre otros, serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a MAURO EBERTH ALCANTARA LLUMPO por Resolución Directoral Nº 433- 2010-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera “MI SAN MARTIN II” (ahora ALEXITO) con matrícula Nº PL-29686-CM. Artículo 5º.- Incorporar a FERNANDO RICHARD BARRETO PAREDES, como nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “ALEXITO” de matrícula Nº PL-29686-CM, así como la presente Resolución al Anexo correspondiente de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo a MAURO EBERTH ALCANTARA LLUMPO y la Resolución Directoral Nº 433-2010-PRODUCE/DGEPP, consignados en dicho Anexo. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ALFONSO DE LA TORRE UGARTE SERVAT Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 569013-5 Aprueban cambio de titular de licencia de operación a favor de Inversiones Himalaya S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 640-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 01 de octubre del 2010 Visto: el Escrito con Registro Nº 58732 y sus Adjuntos 01, 02, 03, 04 y 05 de fechas 24 de julio, 02, 15, 20, 21 y 23 de setiembre, respectivamente, presentado por la empresa INVERSIONES HIMALAYA S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N°135-2010- PRODUCE/DGEPP del 04 de marzo del 2010 resuelve, entre otros, modifi car la Resolución Ministerial N° 341-97- PE, en el extremo referido a la capacidad instalada de la Planta de Congelado, entendiéndose que la capacidad de la planta es de 31 t/día. Asimismo, en su artículo 3° aprueba el cambio de titular de la licencia de operación otorgada a CONSERVERA GARRIDO S.A mediante Resolución Ministerial N° 341-97-PE de fecha 08 de julio de 1997, a favor de la empresa INVERSIONES HIMALAYA S.A con vigencia hasta el 31 de julio de 2010 para dedicarse a la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos en la Planta de Congelado instalada de su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Km 17.2 de la Carretera Sechura Bayóvar (Caleta Constante), distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura, con una capacidad instalada de 11 t/día; Que, el Artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que durante la vigencia de la licencia de operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la