Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2010 (22/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 22 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

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la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada; Que, en este sentido, corresponde que en estricto cumplimiento de lo establecido por el Articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, la Administracion autorice el incremento de flota para la embarcacion pesquera "MARIA DEL PILAR" de matricula HO-8914 con una capacidad de bodega de 152.17 m3; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, Informe Nº 807 -2010PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En estricto cumplimiento del Mandato Judicial contenido en la Resolucion Numero OCHENTIDOS de fecha 24 de septiembre de 2010, emitida por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, otorgar a Empresa Pesquera Atlanta SRL, autorizacion de incremento de flota para la construccion o adquisicion de embarcacion pesquera, via sustitucion de igual volumen de bodega de la embarcacion siniestrada "MARIA DEL PILAR" de matricula HO-8914 con 152.17 m3 de capacidad de bodega, para dedicarla a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando para ello redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa. Articulo 2º.- La autorizacion de incremento de flota para la construccion o adquisicion de embarcacion pesquera tendra vigencia por un plazo de dieciocho (18) meses, prorrogables por doce (12) meses improrrogables, la referida ampliacion debe ser solicitada con treinta (30) dias de anticipacion al vencimiento del plazo original; y declarada, expresamente por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. Vencido el plazo inicial, o la ampliacion, si esta hubiese sido otorgada; y, de no haberse acreditado la construccion total o la adquisicion de la embarcacion pesquera dentro del plazo, la referida autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho, sin que sea necesaria la notificacion al titular por parte del Ministerio de la Produccion. La inspeccion tecnica efectuada por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion acreditara el termino de la construccion de la embarcacion pesquera, dicha inspeccion tecnica puede ser efectuada de oficio o a pedido del administrado. En este ultimo caso la solicitud debe presentarse, necesariamente, dentro del plazo original o su ampliacion, de ser el caso. Articulo 3º.- Ejecutada la construccion o adquisicion de embarcacion pesquera, via sustitucion de igual volumen de bodega de la embarcacion siniestrada "MARIA DEL PILAR" de matricula HO-8914, la Empresa Pesquera Atlanta SRL, debera solicitar el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo de un (1) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de construccion o adquisicion, segun corresponda. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caduca de pleno derecho. Mediante Resolucion Directoral se declarara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada. Articulo 4º.- Incluir la presente Resolucion en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de

Defensa y al MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 569013-8

ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Encargan funciones de Secretario General a Director de la Oficina de Administracion
RESOLUCION DIRECTORAL N° 259-2010-COFOPRI/DE MORDAZA, 18 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 256-2010COFOPRI/DE se autorizo el viaje en comision de servicios, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General (e) del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, a la MORDAZA de Nueva Delhi, Gobierno de la MORDAZA, del 22 al 30 de noviembre de 2010, para participar en una reunion previamente pactada, con funcionarios del Gobierno de la MORDAZA - Ministerio de Desarrollo MORDAZA, y en el evento denominado, MORDAZA Nacional sobre titulacion de tierras en el Peru y desafios en la India; Que, segun el numeral 73.1 del articulo 73º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, el desempeno de los cargos de los titulares de los organos administrativos puede ser suplido temporalmente en caso de vacancia o ausencia justificada, por quien designe la autoridad competente para efectuar el nombramiento de aquellos; Que, en consecuencia, se ha visto por conveniente encargar al funcionario que desempenara las funciones de Secretario General del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, en tanto dure la ausencia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General (e) de COFOPRI; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Con el Visado de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar las Funciones de Secretario General del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, al senor MORDAZA MORDAZA Poggi MORDAZA, Director de la Oficina de Administracion, en tanto dure el viaje en comision de servicios del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General (e) del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, autorizado por Resolucion Directoral Nº 256-2010-COFOPRI/DE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva de COFOPRI 569465-1

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