Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de noviembre de 2010 429844 d) Elaborar e implementar los instrumentos de gestión necesarios para la efi ciente administración Consejo Directivo. e) Dirigir y controlar la actividad del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA, siendo responsable de la administración y la conservación de su patrimonio. f) Ejecutar la representación legal por delegación del Directorio; así como realizar toda clase de operaciones bancarias, las que se realizarán bajo la modalidad de doble fi rma, pudiendo ser la de dos funcionarios Titulares o la de un Titular con un Suplente; tales como abrir y cerrar cuentas bancaria, realizar gestiones para celebrar contratos de créditos , así como girar, aceptar, endosar, reaceptar, descontar, cobrar, y remover cualquier clase de documentos mercantiles y civiles, así como otorgar garantías, fi anzas, avales con opinión de las áreas competentes o comisiones que con tal fi n se formen y de acuerdo con la normatividad legal vigente. g) Dirigir las operaciones del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA y celebrar los actos y contratos correspondientes a su objeto en concordancia con las normas legales en vigencia. h) Representar del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA ante todo tipo de entidades públicas y privadas, administrativas judiciales y de cualquier índole; para lo cual goza de las facultades generales y especiales señaladas en los artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil. i) Someter anualmente a consideración de la Dirección Ejecutiva del proyecto de Presupuesto y Plan de Acción Institucional del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA para su aprobación, así como la escala remunerativa y de otras modalidades de pago; administrar y controlar su ejecución una vez aprobados y proponer las modifi caciones que sean necesarias. j) Velar porque la contabilidad del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA se encuentre actualizada de acuerdo a la normativa vigente. k) Someter a consideración del Consejo Directivo la memoria, el Balance General y los Balances de comprobación. l) Proponer al Consejo Directivo, la celebración de convenios con entidades públicas y privadas nacionales o internacionales, para el mejor cumplimiento de los fi nes institucionales. m) Expedir resoluciones en materia propias de su competencia y en las expresamente delegadas por el Consejo Directivo. n) Realizar las demás funciones que el Consejo Directivo le encargue. CAPÍTULO IV ÓRGANOS DE APOYO Y ASESORAMIENTO De la Gerencia de Administración Artículo Vigésimo Segundo: La Gerencia de Administración es el órgano de apoyo encargado de la gestión de los recursos humanos, fi nancieros y materiales, e incluye la elaboración de los Estados Financieros, recaudación y control de los ingresos monetarios y el pago a los servidores y acreedores del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA. Depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo Vigésimo Tercero: Son funciones del Gerente de Administración: a) Planear, dirigir, coordinar y controlar las actividades y procesos inherentes a las labores de de contrataciones y adquisiciones, relaciones laborales o compensaciones, contabilidad y fi nanzas; de acuerdo a los lineamientos, políticas, técnicas de control y otras normativas del Sector Público. b) Planear, coordinar y ejecutar los programas de capacitación de personal, así como evaluar su impacto en el mejoramiento los procesos en las áreas respectivas. c) Proponer el proyecto de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA. d) Planear, dirigir, ejecutar y controlar el sistema de abastecimiento del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA. e) Elaborar, ejecutar y controlar el Plan Anual de Adquisiciones de Bienes y Contrataciones de Servicios, informando mensualmente al Gerente General los resultados obtenidos. f) Supervisar y conducir la afectación presupuestaria de los compromisos de gastos del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA. g) Controlar el registro único de información relacionada con la administración fi nanciera del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA y el uso obligatorio del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) como el medio ofi cial para el registro, procesamiento y generación de dicha información del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA. h) Autorizar y controlar la asignación y el pago de los servicios públicos de energía eléctrica, telefonía, agua y sistemas de comunicaciones. i) Planear, organizar y optimizar la administración fi nanciera del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA y proporcionar la información contable adecuada y oportuna para facilitar la toma de decisiones. j) Planear, supervisar y custodiar los fondos y valores fi nancieros del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA, elaborando para ello las respectivas políticas de captación y colocaciones, cronogramas de pago y fl ujos proyectados de carácter fi nanciero. k) Brindar asistencia técnica y especializada a las unidades orgánicas, en aspectos de costos, a través de la elaboración de trabajos específi cos. l) Analizar y evaluar los estados y costos fi nancieros, así como proponer y emitir normas que regulen la gestión de sus unidades orgánicas. m) Planear, organizar y elaborar, los informes destinados a evaluar la gestión económica y fi nanciera del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA, así como los estudios económicos relativos a la gestión recaudatoria, al costeo de operaciones, a la administración de los recursos fi nancieros y el seguimiento de la coyuntura económica. n) Administrar toda la documentación institucional que se encuentre en el ámbito de su competencia, conforme a la normatividad vigente. o) Proponer a la Alta Dirección los proyectos normativos en asuntos inherentes a las actividades técnicas de contrataciones y adquisiciones, relaciones laborales o compensaciones, contabilidad y fi nanzas, de conformidad con las normas técnicas y legales vigentes. p) Mantener actualizados los registros estadísticos de la Gerencia. q) Informar a la Gerencia General sobre el desarrollo de sus actividades. r) Otras que le asigne la Gerencia General. De la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto Artículo Vigésimo Cuarto: La Gerencia de Planifi cación y Presupuesto es el órgano de asesoramiento responsable de conducir, coordinar, supervisar y evaluar los procesos derivados de los sistemas de planifi cación y presupuesto en el SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA, de conformidad a lo establecido en la normatividad correspondiente. Para el logro de sus objetivos mantiene relaciones funcionales con los órganos de la Municipalidad, organismos rectores de los sistemas administrativos a su cargo y otras entidades vinculadas al ámbito de su competencia. Artículo Vigésimo Quinto: Son funciones de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto: a) Planear, organizar, dirigir y controlar los procesos de planeamiento, presupuesto, racionalización y estadística del SISTEMA DE SALUD MUNICIPAL DE VENTANILLA en armonía con la legislación vigente. b) Asesorar a la Gerencia General y demás dependencias en materia de Planifi cación, diseño de políticas, proceso presupuestario y en la defi nición de las metas y objetivos del organismo.